# Asistencia médica del pensionado del IMSS en México: cuánto cuesta y quién la paga

> Calcula la cuota del 1.5 % que paga la asistencia médica de los pensionados del IMSS y cuánto aportan patrón, trabajador y Estado. Solo México.

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## En resumen

- Con un salario base de cotización de $517.75 al día, la cuota que paga la asistencia médica de los pensionados del IMSS es de $236.09 en un mes de 30.4 días.
- Esa cuota es el 1.5 % del salario: el patrón paga 1.05 % ($165.27), el trabajador 0.375 % ($59.02) y el Estado 0.075 % ($11.80).
- El pensionado por invalidez, vejez, viudez, orfandad o riesgo de trabajo recibe la asistencia médica sin pagar cuota propia (artículo 84).
- La base tiene tope de 25 UMA: con un SBC de $5,000 al día se calcula con $2,932.75 y la cuota es de $1,337.33. Solo para México.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- ¿Qué dato tienes?: Salario base de cotización
- Salario base de cotización (SBC) diario: $517.75
- Días del mes: 30.4 días
- Zona del salario mínimo: Resto del país (315.04)
- Valor de la UMA: Febrero a diciembre (117.31)

Según el modo que elijas, también:

- Sueldo bruto al mes: $15,000
- UMA diaria: $117.31
- Días de aguinaldo: 15 días
- Días de vacaciones: 12 días
- Prima vacacional: 25 %

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Paga el patrón al mes: $165.27
- Le descuentan al trabajador: $59.02
- Aporta el Estado: $11.80

## ¿Quién paga la asistencia médica de un pensionado del IMSS?

La pagan los trabajadores en activo. La Ley del Seguro Social (artículo 25) fija una cuota del 1.5 % del salario base de cotización (SBC) para cubrir la atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria de los pensionados y sus beneficiarios. De cada 100 pesos de esa cuota, el patrón paga 70, el trabajador 25 y el Estado 5. El pensionado no paga nada por recibir la asistencia.

Con un SBC de $517.75 al día, la cuota de un mes de 30.4 días es de $236.09. Es una estimación: el IMSS usa los días reales del mes.

## ¿Quién tiene derecho a esta asistencia médica?

El artículo 84 de la [Ley del Seguro Social](https://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/pdf/leyes/LSS.pdf) protege al asegurado y también al pensionado por:

- Incapacidad permanente, total o parcial.
- Invalidez.
- Cesantía en edad avanzada y vejez.
- Viudez, orfandad o ascendencia.

Además, protege a su cónyuge o concubina o concubino, y a los hijos y otros familiares que la ley señala. El artículo 93 añade que los padres del asegurado o pensionado fallecido conservan el derecho a los servicios médicos.

## Cómo usar la calculadora

1. Elige si tienes el **salario base de cotización** (SBC) diario o el **sueldo mensual**. El SBC suele venir en el recibo de nómina.
2. Mira el reparto: lo que paga el patrón, lo que descuentan al trabajador y lo que aporta el Estado.
3. En las opciones avanzadas puedes cambiar los días del mes, la zona del salario mínimo y la UMA.

No necesitas ser pensionado para usarla: sirve para saber cuánto de tus cuotas va a la atención médica de los pensionados.

## Fórmula

```
Base = menor entre SBC y 25 × UMA
Cuota = Base × 1.5 % × días del mes
Patrón = Base × 1.05 % × días
Trabajador = Base × 0.375 % × días
Estado = Base × 0.075 % × días
```

El SBC no puede ser menor que el salario mínimo ($315.04 diarios en la zona general en 2026) ni mayor que 25 UMA ($2,932.75 con la UMA de $117.31). Si ganas el salario mínimo, el patrón paga también tu parte (artículo 36).

## Ejemplo

SBC de $517.75 al día en un mes de 30.4 días (base de $15,739.60):

| Quién paga | % del SBC | Importe |
| --- | --- | --- |
| Patrón | 1.05 % | $165.27 |
| Trabajador | 0.375 % | $59.02 |
| Estado | 0.075 % | $11.80 |
| Total | 1.5 % | $236.09 |

## Qué cubre la asistencia médica y por cuánto tiempo

Los pensionados reciben atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria. En enfermedad no profesional, el artículo 91 da el tratamiento hasta 52 semanas para el mismo padecimiento y el artículo 92 lo puede ampliar 52 semanas más con dictamen médico. Para quien está pensionado, la atención sigue mientras mantenga la pensión.

## Errores comunes

- Creer que el pensionado paga una cuota. No la paga: la financian los trabajadores en activo, los patrones y el Estado.
- Confundir esta cuota con la de prestaciones en dinero (1 %), que es otra.
- Usar el sueldo en lugar del SBC: el SBC es mayor porque incluye aguinaldo y prima vacacional.

## Preguntas frecuentes

### ¿Pago algo por la atención médica si soy pensionado del IMSS?

No. La atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria del pensionado se paga con la cuota del 1.5 % que aportan los trabajadores en activo, sus patrones y el Estado.

### ¿Mi esposa o mis hijos también tienen atención médica?

Sí. El artículo 84 incluye a la cónyuge, o a la concubina con la que has hecho vida marital cinco años, y a los hijos que la ley reconoce. Para el detalle de los hijos, mira [hijos derechohabientes del IMSS](https://skilio.com/calculadoras/hijos-derechohabientes-imss-mexico/).

### ¿La cuota sube si gano más?

Sí, hasta el tope de 25 UMA. Con un SBC mayor a $2,932.75 al día, la cuota ya no crece.

### ¿Por qué el patrón paga más que el trabajador?

Porque la ley reparte la cuota así: 1.05 puntos para el patrón, 0.375 para el trabajador y 0.075 para el Estado, sobre un total de 1.5.

### ¿Esta calculadora da el monto exacto que cobra el IMSS?

No, es una estimación. El IMSS calcula con los días reales del mes y con tus faltas e incapacidades. Para saber tus cuotas oficiales, consulta al IMSS.

## Fuentes

- Ley del Seguro Social — IMSS: https://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/pdf/leyes/LSS.pdf
