# Calculadora de beneficios del trabajador a domicilio en Perú

> Calcula las vacaciones y la CTS (8.33 % de lo cobrado en el año) y el Primero de Mayo del trabajador a domicilio en Perú, con pago adelantado.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/beneficios-trabajador-a-domicilio-peru/
- Solo Perú.

## En resumen

- En Perú, el trabajador a domicilio recibe como vacaciones el 8.33 % de lo cobrado en el año: con S/ 24,000.00, son S/ 1,999.20.
- La CTS también es el 8.33 %, la paga directamente quien emplea y con S/ 24,000.00 son otros S/ 1,999.20.
- El Primero de Mayo es una treintava parte del último mes: con S/ 2,000.00 son S/ 66.67.
- En total, con estas cifras, los tres beneficios suman S/ 4,065.07.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- ¿Qué quieres calcular?: Un año de servicios cumplido
- Total cobrado en el año de servicios: S/ 24,000
- Total cobrado en el último mes trabajado: S/ 2,000
- Porcentaje de vacaciones y de CTS: 8.33 %
- Partes del mes del Primero de Mayo: 30

Según el modo que elijas, también:

- Meses de interrupción: 1

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Total de beneficios: S/ 4,065.07
- Vacaciones: S/ 1,999.20
- CTS: S/ 1,999.20

## Qué beneficios tiene el trabajador a domicilio

El trabajador a domicilio hace su labor en su casa o en el lugar que elige, sin que quien lo contrata lo supervise de forma directa. Su régimen está en el Título IV del [TUO de la Ley de Fomento del Empleo, Decreto Supremo 003-97-TR](https://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con4_uibd.nsf/BE35EA4B0DF56C0A05257E2200538D4C/$FILE/1_DECRETO_SUPREMO_003_27_03_1997.pdf). Su artículo 94 le da tres derechos:

- **Vacaciones:** el 8.33 % del total cobrado en el año de servicios anterior.
- **CTS** (compensación por tiempo de servicios): también el 8.33 % de ese total.
- **Primero de Mayo:** una treintava parte de lo cobrado el mes anterior.

> Es una estimación. Si tu contrato o un convenio dice algo distinto, manda lo pactado.

## Cómo se calculan

No se usan días ni sueldos fijos, porque se le paga por producción. Se suma todo lo cobrado en el año y se aplica el porcentaje. Con S/ 24,000.00 en el año:

1. Vacaciones: 24,000 × 8.33 % = S/ 1,999.20.
2. CTS: 24,000 × 8.33 % = S/ 1,999.20.
3. Primero de Mayo: S/ 2,000.00 del último mes ÷ 30 = S/ 66.67.

El total es de S/ 4,065.07. De cada 100 soles cobrados en el año, unos 17 son de vacaciones y CTS.

## Cómo leer el resultado

La calculadora te da tres cifras: vacaciones, CTS y Primero de Mayo, y su suma. También muestra el promedio al mes, que es el total dividido entre 12; sirve para hacerse una idea de cuánto significan estos beneficios en el presupuesto de cada mes. Si cobras distinto cada mes, escribe la suma real de los doce meses, no un promedio, y en el último mes pon lo que cobraste ese mes completo.

## Cuándo y cómo se pagan

Las vacaciones se pagan junto con la remuneración del mes en que se cumple el año de servicios. La CTS la paga directamente quien emplea, dentro de los 10 días siguientes a cumplir el año, y no hay depósito en un banco. Ese pago cancela la CTS de ese año.

El Primero de Mayo solo se paga si ya hay derecho acumulado a las vacaciones o a la CTS. Si desmarcas esa casilla, la calculadora lo pone en cero.

## Pago adelantado

Si el trabajo se interrumpe o se suspende por un mes o más, el trabajador puede pedir el pago adelantado (artículo 95). Entonces se calcula sobre lo cobrado en el período realmente trabajado. Elige «Pago adelantado por interrupción» y escribe los meses. Con S/ 4,000.00 cobrados, son S/ 333.20 de vacaciones y otros S/ 333.20 de CTS. Ese pago adelantado también cancela.

## Qué no incluye

- Los aportes a pensiones y a salud: el trabajador a domicilio está en el Sistema Nacional de Pensiones y en el régimen de prestaciones de salud que fija el artículo 96.
- Las gratificaciones de julio y diciembre: este régimen no las nombra.
- Lo que se pacte por encima de la ley.

Para otros regímenes mira la [calculadora de los beneficios del trabajador del hogar](https://skilio.com/calculadoras/beneficios-trabajador-hogar-peru/), la de [CTS](https://skilio.com/calculadoras/cts-peru/) o la de [vacaciones](https://skilio.com/calculadoras/vacaciones-peru/). La de [gratificación](https://skilio.com/calculadoras/gratificacion-peru/) es del régimen general.

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuánto cobra de vacaciones un trabajador a domicilio?

El 8.33 % de lo cobrado en el año. Con S/ 24,000.00 son S/ 1,999.20. Se pagan con la remuneración del mes en que cumple el año.

### ¿La CTS se deposita en un banco?

No. La paga directamente quien emplea, dentro de los 10 días siguientes al año cumplido. Con S/ 24,000.00 son S/ 1,999.20.

### ¿Qué es el Primero de Mayo?

Un pago de una treintava parte de lo cobrado el mes anterior. Con S/ 2,000.00 son S/ 66.67. Exige derecho acumulado a vacaciones o a CTS.

### ¿Puede pedir los beneficios antes de cumplir el año?

Sí, si el trabajo se interrumpe o suspende por un mes o más. Se calcula sobre lo cobrado en ese período.

### ¿El trabajador a domicilio es lo mismo que el del hogar?

No. El trabajo del hogar tiene su propia ley y no cuenta como trabajo a domicilio. Cada régimen tiene beneficios distintos.

## Fuentes

- TUO de la Ley de Fomento del Empleo, Decreto Supremo 003-97-TR — Congreso del Perú: https://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con4_uibd.nsf/BE35EA4B0DF56C0A05257E2200538D4C/$FILE/1_DECRETO_SUPREMO_003_27_03_1997.pdf
