# Coeficiente de copropiedad (Colombia): cálculo con el área privada

> Calcula el coeficiente de copropiedad de tu apartamento con el área privada construida, parqueaderos y depósitos, según la Ley 675 de Colombia.

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## En resumen

- El coeficiente de copropiedad es tu área privada construida dividida entre el área privada total del edificio, según el artículo 26 de la Ley 675.
- Con 62 m² de vivienda, un parqueadero de 12 m² y un depósito de 4 m² en un edificio de 5.000 m², tu coeficiente es de 1,56 %.
- Con ese 1,56 %, de cada $ 100.000 de gastos comunes pagas unos $ 1.560.
- Es una estimación para Colombia: el coeficiente que vale es el del reglamento de propiedad horizontal de tu edificio.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Área privada construida de tu vivienda o local: 62 m²
- Parqueaderos privados: 1
- Área de cada parqueadero: 12 m²
- Depósitos: 1
- Área de cada depósito: 4 m²
- Área privada total del edificio o conjunto: 5.000 m²
- Ponderación de parqueaderos y depósitos: 100 %

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Coeficiente de copropiedad: 1,56 %
- Área propia contada: 78

## ¿Cómo se calcula el coeficiente de copropiedad?

El coeficiente de copropiedad se calcula dividiendo el área privada construida de tu unidad entre el área privada total del edificio o conjunto. Así lo fija el artículo 26 de la [Ley 675 de 2001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4162), el régimen de propiedad horizontal de Colombia.

```
coeficiente (%) = área privada de tu unidad ÷ área privada total × 100
```

El coeficiente dice qué parte del edificio es tuya. Con él se reparten las expensas comunes y pesa en los votos de la asamblea. Por eso conviene saber de dónde sale.

## Qué área cuenta

Cuenta el **área privada construida**: lo que está dentro de tus muros. No cuentan las zonas comunes (pasillos, ascensores, portería, jardines) y, por lo general, tampoco los balcones o terrazas descubiertas. El área privada libre, si existe, la fija el reglamento, en proporción al área construida y con sus factores de ponderación escritos.

El dato del área total está en el reglamento de propiedad horizontal. Es la suma del área privada de todas las unidades del edificio.

## Parqueaderos y depósitos

El parágrafo del artículo 26 permite **ponderar** el área y la destinación de parqueaderos y depósitos. Esto quiere decir que el reglamento puede contarlos por su área completa o por una parte.

- Con una ponderación de 100 %, un parqueadero de 12 m² suma 12 m².
- Con una ponderación de 50 %, ese mismo parqueadero suma 6 m².

La calculadora lo tiene en opciones avanzadas. Si no sabes cuál usa tu edificio, déjalo en 100 % y compara el resultado con el de tu escritura. Recuerda que el área total del edificio debe estar medida con la misma ponderación.

## Ejemplo

Un apartamento tiene 62 m² de área privada, un parqueadero de 12 m² y un depósito de 4 m². El edificio tiene 5.000 m² de área privada total.

| Parte | Área | Coeficiente |
| --- | --- | --- |
| Vivienda | 62 m² | 1,24 % |
| Parqueadero | 12 m² | 0,24 % |
| Depósito | 4 m² | 0,08 % |
| Total | 78 m² | 1,56 % |

Si el reglamento pondera parqueadero y depósito al 50 %, el área propia baja a 70 m² y el coeficiente, a 1,4 %. Con tres parqueaderos de 12 m² (ponderación de 100 %), el área propia sube a 102 m² y el coeficiente, a 2,04 %.

## Qué hacer con tu coeficiente

- **Cuota de administración:** se calcula con el coeficiente sobre el presupuesto de gastos. Con 1,56 %, de cada $ 100.000 de gastos comunes pagas unos $ 1.560. Puedes calcularla en la [cuota de administración](https://skilio.com/calculadoras/cuota-administracion-propiedad-horizontal-colombia/).
- **Votos:** en la asamblea, cada propietario vota según su coeficiente.

## Uso mixto y comercial

En edificios de uso mixto o de comercio, el artículo 27 pide un valor inicial que pondere el área, la destinación y las características de cada bien. Ese valor no tiene que coincidir con el valor comercial. Esta calculadora no cubre ese caso: usa el coeficiente del reglamento.

## Si el coeficiente tiene errores

El artículo 28 permite que la asamblea apruebe reformas al reglamento sobre los coeficientes cuando hubo errores aritméticos o no se aplicaron los parámetros legales. Se necesita el voto favorable de propietarios que representen al menos el 70 % de los coeficientes.

## Preguntas frecuentes

### ¿Dónde veo el coeficiente oficial de mi apartamento?
En el reglamento de propiedad horizontal y, normalmente, en la escritura. La administración también puede dártelo. Ese es el que se usa para cobrar.

### ¿El coeficiente depende del valor de mi apartamento?
No en un edificio de vivienda: depende del área, no del precio. Solo en uso mixto o comercial entra una ponderación de la destinación (art. 27).

### ¿Los parqueaderos suman al coeficiente?
Si son bienes privados, sí. El reglamento puede ponderarlos con un factor. Si son comunes, no suman a tu coeficiente.

### ¿Por qué mi resultado no coincide con el de la escritura?
Puede haber una ponderación distinta, un área total con otra medida o un redondeo. Compara cada dato con el reglamento.

### ¿Cuántos decimales tiene un coeficiente?
La ley no fija un número. Muchos reglamentos usan cuatro o más decimales para que todos los coeficientes sumen 100 %.

### ¿Esta calculadora sirve para casas en conjunto cerrado?
Sí, si el reglamento reparte por área privada construida. Si incluye área privada libre, suma esa área con el factor que diga el reglamento.

## Fuente

Ley 675 de 2001, artículos 26 a 28, en el [régimen legal de Bogotá](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4162). Es una estimación informativa: el reglamento de tu edificio manda.

## Fuentes

- Ley 675 de 2001 — alcaldiabogota.gov.co: https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4162
