# Calculadora para compensar pérdidas por vender acciones en Ecuador

> Calcula en Ecuador cuánto impuesto pagas por vender acciones si restas tus pérdidas bursátiles. Tarifa de 10 %, límite del 25 % y pérdida que te queda.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/compensar-perdidas-venta-acciones-impuesto-ecuador/
- Solo Ecuador.

## En resumen

- En Ecuador la ganancia por vender acciones de sociedades ecuatorianas paga un impuesto a la renta único de 10 %: de cada 100 dólares de ganancia, 10 son impuesto.
- Solo quien lleva contabilidad puede compensar pérdidas: se restan de ganancias de los 5 períodos siguientes, sin pasar del 25 % de la ganancia de cada uno.
- Con $12.000 de ganancias, $5.000 de pérdidas y $4.000 de pérdida anterior, la base es $5.250 y pagas $525; sin restar pérdidas serían $1.200.
- Las ventas en bolsa ecuatoriana tienen un límite exento anual y una tarifa de 5 % si superas el 25 % del capital de la empresa.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Ganancias de tus ventas del año: $12.000
- Pérdidas de tus ventas del año: $5.000
- Pérdida de años anteriores: $4.000
- Tarifa del impuesto: 10 %: venta fuera de bolsa

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Impuesto a pagar: $525.00
- Lo que ahorras con tus pérdidas: $675.00
- Pérdida que te queda: $2,250.00

## ¿Se pueden compensar las pérdidas de acciones en Ecuador?

Sí, pero solo si llevas contabilidad. La Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI), en su artículo 11, deja a las sociedades y a las personas naturales obligadas a llevar contabilidad compensar la pérdida de un año con las utilidades de los 5 años siguientes. En cada año no se puede pasar del 25 % de las utilidades obtenidas. Quien no lleva contabilidad paga su tarifa sobre cada ganancia, sin restar pérdidas. Es una estimación y la ley puede cambiar.

## Cómo usar la calculadora

- **Ganancias del año:** suma lo que ganaste en las ventas con ganancia.
- **Pérdidas del año:** suma lo que perdiste en las ventas con pérdida.
- **Pérdida de años anteriores:** lo que arrastras de ejercicios pasados.
- **Llevo contabilidad:** actívalo si eres sociedad o persona obligada a llevarla.
- **Tarifa (avanzado):** 10 % por defecto; 5 % o 0 % para ventas en bolsa ecuatoriana.

## Fórmula

```
neto = ganancias − pérdidas del año
pérdida usada = el menor entre la pérdida anterior y 25 % × neto
base = neto − pérdida usada
impuesto = base × tarifa
```

Si el neto es negativo, la base es 0 y esa pérdida se suma a lo que arrastras. Las cifras salen en dólares.

## Ejemplo

Ganancias de $12.000, pérdidas de $5.000 y $4.000 de pérdida anterior, con contabilidad y tarifa de 10 %.

| Paso | Importe |
| --- | --- |
| Resultado neto del año | $7.000,00 |
| Pérdida anterior usada (máximo 25 % del neto) | $1.750,00 |
| Base del impuesto | $5.250,00 |
| Impuesto con 10 % | $525,00 |
| Impuesto sin restar pérdidas | $1.200,00 |
| Ahorro | $675,00 |
| Pérdida que te queda | $2.250,00 |

De cada 100 dólares de ganancia pagas unos 4,38 en este caso, en vez de 10.

## Qué tarifa se aplica

La ley fija un impuesto único de 10 % sobre la utilidad por vender acciones de sociedades ecuatorianas. Para ventas en bolsas de valores ecuatorianas, el artículo 9 (número 24) exime las utilidades hasta 50 fracciones básicas con tarifa cero al año, siempre que lo vendido sea menos del 25 % del capital de la empresa. Si lo superas, el exceso paga 5 %. Mira el valor vigente de la fracción en la [tabla del SRI](https://www.sri.gob.ec/impuesto-renta).

## Cómo leer los resultados

- **Impuesto a pagar:** lo que resulta de aplicar la tarifa a la base, después de restar las pérdidas permitidas.
- **Lo que ahorras con tus pérdidas:** la diferencia entre lo que pagarías sin restar nada y lo que pagas al compensar.
- **Pérdida que te queda:** la parte de la pérdida anterior que no cupo este año por el límite del 25 %, más cualquier pérdida del año que no se pudo absorber. Es lo que te llevas al año siguiente.

Si el resultado neto del año es negativo, no hay base y no pagas impuesto. Por ejemplo, con ganancias de $2.000 y pérdidas de $5.000, el neto es de menos $3.000 y esa cifra se suma a la pérdida que arrastras.

## Qué no puedes restar

- Pérdidas de ventas entre partes relacionadas (familiares, socios o empresas vinculadas).
- Pérdidas contra tu sueldo: las rentas de trabajo en relación de dependencia no se afectan con pérdidas.

La fuente es la [Ley de Régimen Tributario Interno en el SRI](https://www.sri.gob.ec/impuesto-renta). Para tu caso concreto, consulta al SRI.

## Preguntas frecuentes

### ¿Puedo restar mis pérdidas de acciones de mis ganancias en Ecuador?
Si llevas contabilidad, sí, con el límite del 25 % de las utilidades de cada año. Si no la llevas, la ley no prevé esa resta.

### ¿Cuántos años puedo arrastrar una pérdida de acciones en Ecuador?
Hasta 5 períodos siguientes, según el artículo 11 de la ley. La calculadora no controla ese plazo.

### ¿Qué tarifa pagan las ganancias por vender acciones?
Un impuesto único de 10 %. En bolsa ecuatoriana hay un límite exento y, si superas el 25 % del capital, 5 % sobre el exceso.

### ¿Se puede restar una pérdida anterior de una ganancia del mismo año?
Sí, con contabilidad: primero se resta la pérdida del año y luego la anterior, con el máximo del 25 %.

### ¿Esta calculadora es una declaración?
No. Es una estimación para entender la idea. Declara en el portal del SRI.

## Fuentes

- Tabla del SRI: https://www.sri.gob.ec/impuesto-renta
