# Calculadora para compensar pérdidas al vender acciones en El Salvador

> Calcula en El Salvador cuánto impuesto ahorras al compensar pérdidas de capital del año y de 5 años anteriores con tus ganancias por vender acciones.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/compensar-perdidas-venta-acciones-impuesto-el-salvador/
- Solo El Salvador.

## En resumen

- En El Salvador, las pérdidas por vender acciones se restan de las ganancias de capital del mismo año y, si sobran, de las de los 5 años siguientes (Ley del Impuesto sobre la Renta, arts. 14 y 14-A).
- Con $9,000.00 de ganancias y $2,000.00 de pérdidas, la ganancia neta del año es de $7,000.00; con $3,000.00 de pérdidas de hace 2 años, queda en $4,000.00 y pagas $400.00.
- Sin compensar pagarías $900.00: las pérdidas te ahorran $500.00. De cada $100 de pérdida que usas, ahorras $10.
- La pérdida solo cuenta si la declaraste y registraste, y a los 5 años siguientes vence: una pérdida de hace 6 años ya no sirve.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Ganancias de capital de este año: $9,000
- Pérdidas de capital de este año: $2,000
- De hace 1 año: $0
- De hace 2 años: $3,000
- De hace 3 años: $0
- De hace 4 años: $0
- De hace 5 años: $0
- De hace 6 años o más: $1,000
- Tasa del impuesto: 10 %

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Impuesto a pagar: $400.00
- Impuesto que ahorras: $500.00
- Pérdida para el año siguiente: $0.00

## ¿Se pueden compensar pérdidas al vender acciones en El Salvador?

**Sí, pero solo contra ganancias de capital.** Si eres persona natural domiciliada y vendes acciones, la pérdida de una venta se resta de la ganancia de otras ventas del mismo año. Si la pérdida es mayor, el saldo se puede usar en los 5 años siguientes. Lo dice la [Ley del Impuesto sobre la Renta](https://ssf.gob.sv/images/stories/descarga_otras_leyes/Ley_impuesto_sobre_la_renta.pdf) en sus artículos 14, 14-A y 42.

Esta página es solo para El Salvador. Es una estimación con la ley, no una asesoría: tu caso puede tener detalles que aquí no entran. Para calcular el impuesto de una sola venta, usa la [calculadora de impuesto por vender acciones](https://skilio.com/calculadoras/ganancia-capital-venta-acciones-el-salvador/).

## Cómo usar la calculadora

1. **Ganancias de capital de este año:** suma las ventas en las que ganaste.
2. **Pérdidas de capital de este año:** suma las ventas en las que perdiste.
3. En **Opciones avanzadas** escribe lo que te queda sin usar de pérdidas de hace 1 a 5 años, y la tasa si cambia la ley.

El resultado sale al momento con los valores de ejemplo.

## Cómo se calcula

La ganancia neta es lo que queda de las ganancias después de restar todas las pérdidas que puedes usar. El impuesto es el 10 % de esa ganancia neta.

```
Ganancia neta del año = ganancias - pérdidas del año
Ganancia gravada = ganancia neta del año - pérdidas anteriores usadas
Impuesto = ganancia gravada × 10 %
Ahorro = (ganancias × 10 %) - impuesto
```

Reglas que sigue la calculadora:

- Primero se restan las pérdidas **del mismo año**.
- Después se usan las pérdidas de años anteriores, **de la más antigua a la más reciente**, para que no venzan.
- Si las pérdidas superan a las ganancias, no pagas impuesto y el saldo pasa al año siguiente.
- A los 5 años siguientes la pérdida que no usaste se pierde.

## Ejemplo

Ganaste $9,000.00 en unas ventas y perdiste $2,000.00 en otras. Además tienes $3,000.00 de pérdida sin usar de hace 2 años.

| Paso | Monto |
| --- | --- |
| Ganancias del año | $9,000.00 |
| Pérdidas del año | -$2,000.00 |
| Ganancia neta del año | $7,000.00 |
| Pérdida de hace 2 años usada | -$3,000.00 |
| Ganancia neta gravada | $4,000.00 |
| Impuesto al 10 % | $400.00 |
| Impuesto sin compensar | $900.00 |
| Impuesto que ahorras | $500.00 |

Si además tuvieras $1,000.00 de pérdida de hace 6 años, no cuenta: ya venció.

## Qué pérdidas no valen

No toda pérdida se puede restar:

- **Pérdidas que no son de capital:** una pérdida de capital no baja el impuesto de tu sueldo ni de otras rentas.
- **Pérdidas con sujetos relacionados** o con personas en paraísos fiscales: la ley no las admite (art. 29-A).
- **Pérdidas en el exterior:** solo compensan ganancias obtenidas también en el exterior (art. 14-A).
- **Pérdidas sin declarar:** deben declararse y registrarse en el formulario de cálculo de ganancia de capital.

Si vendes antes de 12 meses desde la compra, la ganancia no tributa al 10 %: se suma a tu renta ordinaria (art. 42). Esta calculadora no calcula ese caso. Para ver el efecto de un cambio de moneda en acciones del exterior, mira la [calculadora de acciones extranjeras](https://skilio.com/calculadoras/impuesto-venta-acciones-extranjeras-cambio-el-salvador/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuántos años puedo usar una pérdida por vender acciones?

Puedes usarla en el año en que ocurrió y en los 5 años siguientes. Pasado ese plazo, la pérdida que no usaste se pierde. La calculadora marca en la tabla cuál vence el año siguiente.

### ¿Puedo restar la pérdida de las acciones a mi sueldo?

No. La pérdida de capital solo se resta de ganancias de capital. Tu sueldo y otras rentas se calculan aparte, por ejemplo con la [devolución de renta](https://skilio.com/calculadoras/devolucion-renta-el-salvador/).

### ¿Pago algo si vendí acciones con más pérdidas que ganancias en El Salvador?

No pagas impuesto por ventas de acciones ese año. La diferencia queda como saldo para los 5 años siguientes, si la declaras. La calculadora la muestra en «Pérdida para el año siguiente».

### ¿Qué pérdida se usa primero?

La del mismo año va primero. Luego esta calculadora usa las anteriores de la más antigua a la más reciente, así ninguna vence sin usarse. La ley no obliga a otro orden: es el criterio más prudente.

### ¿Hay que registrar la pérdida para poder usarla?

Sí. El artículo 14-A pide que la pérdida se haya declarado y registrado. Se hace con el formulario de cálculo de ganancia de capital que adjuntas a la declaración de renta.

### ¿Y los dividendos de esas acciones?

Son otro cálculo y no se mezclan con las pérdidas de capital. Mira la [retención de dividendos](https://skilio.com/calculadoras/retencion-dividendos-el-salvador/).

## Fuentes

- Ley del Impuesto sobre la Renta — ssf.gob.sv: https://ssf.gob.sv/images/stories/descarga_otras_leyes/Ley_impuesto_sobre_la_renta.pdf
