# Calculadora de descanso compensatorio no otorgado en Argentina: recargo del 100 %

> Calcula en Argentina cuánto cobras si trabajaste en tu descanso semanal y no te dieron el franco compensatorio: recargo del 100 % y fecha para tomarlo.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/descanso-compensatorio-no-otorgado-recargo-cien-argentina/
- Solo Argentina.

## En resumen

- Si trabajas en tu descanso semanal y no te dan el compensatorio, el artículo 207 de la LCT te permite tomarlo y cobrar el salario habitual con un 100 % de recargo.
- Con un sueldo de $ 1.500.000, un día vale $ 50.000 (sueldo dividido por 30): por un día sin compensatorio cobras $ 100.000, con $ 50.000 de recargo.
- Puedes tomar el descanso desde el primer día hábil de la semana subsiguiente, avisando por escrito con al menos 24 horas de antelación.
- Por 3 días trabajados sin compensatorio, con ese mismo sueldo, cobras $ 300.000.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Cómo cobras: Sueldo mensual
- Tu sueldo bruto mensual: $ 1.500.000
- Días de descanso trabajados sin compensatorio: 1 día
- Promedio mensual de lo variable: $ 0
- Fecha del descanso trabajado: 2026-11-08
- Fecha en que avisas por escrito: 2026-11-13

Según el modo que elijas, también:

- Tu jornal bruto por día: $ 60.000

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Total a cobrar: $ 100.000
- Recargo del 100 %: $ 50.000
- Descanso desde: lunes 16 de noviembre de 2026

## ¿Cuánto cobras si trabajaste en tu descanso y no te dieron el compensatorio?

Cobras el salario habitual de ese día con un **100 % de recargo**: es decir, el doble. Lo dice el artículo 207 de la [Ley de Contrato de Trabajo](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/25552/texact.htm) (LCT). Esta calculadora es **solo para Argentina** y da una estimación en bruto.

## Cómo funciona el artículo 207

El artículo 204 prohíbe ocupar al trabajador desde las 13 horas del sábado hasta las 24 horas del domingo, salvo excepciones. Cuando trabajas en esas horas, te corresponde un descanso compensatorio de la misma duración.

Si el empleador no te lo da en tiempo y forma, puedes pedirlo así:

1. Esperas al primer día hábil de la **semana subsiguiente** a la del descanso trabajado.
2. Lo comunicas por escrito, con al menos **24 horas** de antelación.
3. Tomas el día y el empleador te paga el salario habitual con el 100 % de recargo.

## Cómo usar la calculadora

- **Cómo cobras:** elige sueldo mensual o jornal por día.
- **Sueldo o jornal:** el bruto de tu recibo.
- **Días trabajados:** cuántos días de descanso trabajaste sin compensatorio.
- **Opciones avanzadas:** el promedio de lo variable, la fecha del descanso trabajado y la fecha de tu aviso.

Verás el valor del día, el recargo, el total y la fecha más temprana para tomar el descanso.

## Fórmula

```
valor del día = sueldo mensual / 30   (o el jornal)
recargo = valor del día × días
total = 2 × valor del día × días
```

El sueldo mensual se divide por 30 para sacar el valor de un día. Si cobras por jornal, el valor del día es tu jornal.

## Ejemplo

Con un sueldo de $ 1.500.000 y 1 día de descanso trabajado sin compensatorio:

| Concepto | Importe |
| --- | --- |
| Valor del día ($ 1.500.000 / 30) | $ 50.000,00 |
| Salario habitual | $ 50.000,00 |
| Recargo del 100 % | $ 50.000,00 |
| Total a cobrar | $ 100.000,00 |

Con 3 días, el total sería $ 300.000. Si el descanso trabajado fue un domingo 8 de noviembre de 2026, puedes tomarlo desde el lunes 16 de noviembre de 2026, avisando antes.

## Un ejemplo con dos fechas

Imagina que trabajaste el domingo 8 de noviembre de 2026. La semana de ese domingo va del lunes 2 al domingo 8. La semana subsiguiente es la que empieza dos semanas después del lunes 2, es decir, el lunes 16. Si avisas por escrito el viernes 13, esa fecha más 24 horas llega al sábado 14, que es anterior al lunes 16: manda el lunes 16.

Si en cambio avisas tarde, por ejemplo el viernes 20, el día siguiente es sábado 21 y, como es fin de semana, la calculadora lo pasa al lunes 23. El aviso nunca adelanta la fecha: solo puede retrasarla.

## Qué incluye el pago y qué no

- **Incluye** el salario habitual del día y un recargo igual, por cada día de descanso trabajado y sin compensatorio.
- **Suma lo variable.** Si cobras comisiones u horas extra de forma habitual, indica su promedio mensual en las opciones avanzadas y se añade al sueldo antes de dividir por 30.
- **No incluye** descuentos de aportes ni impuestos: la cifra es bruta.
- **No cubre** otros conceptos, como las horas extra de esa jornada si las hubo. Para eso hay otras calculadoras.

## Casos que conviene mirar

- **Tu descanso es otro día.** Si tu descanso semanal no es el domingo (por turnos o convenio), lo que cuenta es tu día de descanso.
- **Convenio colectivo.** Puede dar más que la ley; si es así, vale lo de tu convenio.
- **Feriados.** La calculadora no los descuenta al buscar el primer día hábil.

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué es el descanso compensatorio?

Es un día libre que reemplaza el descanso semanal que trabajaste. Debe tener la misma duración y se da en la forma y momento que fije la norma aplicable.

### ¿Cuánto es el recargo si no me lo dieron?

Es del 100 % sobre el salario habitual. De cada 100 pesos de tu día, cobras 200.

### ¿Cuándo puedo tomar el descanso?

Desde el primer día hábil de la semana subsiguiente, con un aviso formal de al menos 24 horas.

### ¿Cómo se calcula el valor del día si cobro por mes?

Se divide el sueldo mensual por 30. Con $ 1.500.000, un día vale $ 50.000.

### ¿El resultado es lo que llega a mi cuenta?

No. Es un importe bruto y estimado: del pago se descuentan aportes. Tu recibo tendrá la cifra exacta.

## Fuentes

- Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744) — InfoLEG (normas de Argentina): https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/25552/texact.htm
