# Calculadora de despido de trabajadora embarazada en Costa Rica: cuánto se paga

> Calcula cuánto debe pagar el patrono si despide a una embarazada en Costa Rica: salarios hasta los ocho meses, subsidio y cesantía. Gratis y sin registro.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/despido-trabajadora-embarazada-costa-rica/
- Solo Costa Rica.

## En resumen

- En Costa Rica despedir a una embarazada está prohibido salvo falta grave comprobada; si ocurre, el patrono paga salarios hasta completar ocho meses de embarazo y el subsidio de maternidad.
- Con ₡600 000 al mes y 20 semanas de embarazo, los salarios hasta los ocho meses son unos ₡2 076 923,08 y el subsidio de 4 meses, ₡2 400 000.
- Si la trabajadora termina el contrato, se suma la cesantía: con 3 años de trabajo, ₡1 230 000,00 y un total de unos ₡5 706 923,08.
- Si elige la reinstalación no hay cesantía y el total del ejemplo baja a unos ₡4 476 923,08.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Sueldo bruto mensual: ₡600 000
- Semanas de embarazo el día del despido: 20 semanas
- Qué elige la trabajadora: Terminar el contrato
- Fecha en que entró: 2023-05-01
- Día del despido: 2026-10-31
- Semanas que equivalen a ocho meses de embarazo: 35 semanas

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Total estimado: ₡5 706 923
- Salarios hasta los ocho meses: ₡2 076 923
- Subsidio de maternidad: ₡2 400 000

## ¿Cuánto debe pagar el patrono si despide a una embarazada en Costa Rica?

Debe pagar los salarios que dejó de recibir hasta completar ocho meses de embarazo, el subsidio de preparto y posparto y, si la trabajadora termina el contrato, la cesantía. Así lo dice el artículo 94 bis del [Código de Trabajo](https://www.mtss.go.cr/elministerio/marco-legal/documentos/codigo_trabajo_cr.pdf).

Esta calculadora es solo para Costa Rica. El resultado es una estimación para que tengas una idea clara: el monto final depende de tu caso y de tus sueldos reales.

## Qué dice la ley

- **Artículo 94:** el patrono no puede despedir a una trabajadora embarazada o en lactancia. La excepción es una falta grave que compruebe ante el Ministerio de Trabajo. Para estar protegida, la trabajadora debe avisar de su embarazo al patrono.
- **Artículo 94 bis:** si la despiden de todos modos, puede elegir entre la reinstalación inmediata o dar por terminado el contrato con responsabilidad patronal.
- **Artículo 95:** la licencia de maternidad es de un mes antes del parto y tres meses después.
- **Artículo 29:** la cesantía depende del tiempo trabajado: 7 días de 3 a 6 meses, 14 días de más de 6 meses a un año, y desde un año una tabla de días por año, con tope de 8 años.

## Cómo usar la calculadora

1. **Sueldo bruto mensual:** el de antes de las rebajas de la CCSS y del impuesto.
2. **Semanas de embarazo el día del despido:** cuántas tenía cuando se lo comunicaron.
3. **Qué elige la trabajadora:** terminar el contrato o la reinstalación.
4. **Fechas:** solo si termina el contrato. Sirven para la cesantía.

En Opciones avanzadas puedes cambiar cuántas semanas son «ocho meses de embarazo». La ley no da una cifra en semanas; la calculadora usa 35.

## Fórmula

```
Meses que faltan = (35 − semanas de embarazo) × 12 / 52
Salarios         = sueldo × meses que faltan
Subsidio         = 4 × sueldo
Cesantía         = sueldo / 30 × días del artículo 29
Total            = salarios + subsidio + cesantía
```

Un mes equivale a 52/12 semanas, unas 4,33. Si ya pasaron 35 semanas, los salarios son 0, pero el subsidio se mantiene. Con la reinstalación, la cesantía es 0.

## Ejemplo: 20 semanas de embarazo y ₡600 000

La trabajadora entró el 1 de mayo de 2023 y la despiden el 31 de octubre de 2026. Termina el contrato.

| Concepto | Cálculo | Monto |
| --- | --- | --- |
| Salarios hasta los ocho meses | 3,46 meses × ₡600 000 | ₡2 076 923,08 |
| Subsidio de preparto y posparto | 4 meses × ₡600 000 | ₡2 400 000,00 |
| Cesantía | 61,5 días × ₡20 000 | ₡1 230 000,00 |
| Total | Suma | ₡5 706 923,08 |

Faltan 15 semanas para las 35, es decir 3,46 meses. Los 3 años de trabajo dan 20,5 días × 3 = 61,5 días de cesantía. Con la reinstalación, el total sería ₡4 476 923,08.

## Cómo cambia el total según las semanas

Cuantas menos semanas tenga, más salarios se suman. Con el mismo sueldo de ₡600 000:

| Semanas de embarazo | Salarios hasta los ocho meses |
| --- | --- |
| 4 | ₡4 292 307,69 |
| 20 | ₡2 076 923,08 |
| 34 | ₡138 461,54 |
| 35 o más | ₡0,00 |

## Qué no incluye este cálculo

- El **preaviso**, que se calcula aparte: mira el [preaviso por despido sin justa causa](https://skilio.com/calculadoras/preaviso-despido-sin-justa-causa-costa-rica/).
- Las **vacaciones** y el **aguinaldo** proporcionales: están en la [liquidación laboral](https://skilio.com/calculadoras/liquidacion-costa-rica/).
- Los daños y perjuicios en la lactancia, que fija quien resuelva el caso.
- Una parte del subsidio puede cubrirla la CCSS en la práctica; aquí se estima completo a cargo del patrono, por prudencia. Para la licencia, mira la [licencia de maternidad](https://skilio.com/calculadoras/licencia-maternidad-costa-rica/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Se puede despedir a una trabajadora embarazada en Costa Rica?

Solo por una falta grave de las del artículo 81, y el patrono debe comprobarla ante el Ministerio de Trabajo. Sin ese trámite, el despido va contra el artículo 94.

### ¿Tengo que avisar de mi embarazo para estar protegida?

Sí. El artículo 94 pide avisar al patrono. Puedes aportar una certificación médica o una constancia de la CCSS, y el patrono debe darte hasta un día con goce de salario para conseguirla.

### ¿Qué es mejor, la reinstalación o terminar el contrato?

La ley deja la elección a la trabajadora. Con la reinstalación vuelve a su puesto y recibe salarios y subsidio. Si termina el contrato, se suma además la cesantía. Esta calculadora te muestra las dos cifras para que las compares.

### ¿Por qué cuentan solo hasta los ocho meses de embarazo?

Porque así lo fija el artículo 94 bis: los salarios se pagan desde el despido hasta completar ocho meses de embarazo. Cuanto más avanzado el embarazo, menos meses faltan.

### ¿Y si estoy en período de lactancia?

El artículo 94 bis dice que tienes derecho a la cesantía y a los daños y perjuicios que se fijen en sentencia. Esta calculadora cubre el caso del embarazo.

### ¿Cuántas semanas son ocho meses de embarazo?

La ley no lo dice. Se usan 35 semanas, porque 8 meses por 4,33 semanas dan unas 34,7. Puedes cambiarlo en Opciones avanzadas.

## Fuentes

- Código de Trabajo — Ministerio de Trabajo de Costa Rica: https://www.mtss.go.cr/elministerio/marco-legal/documentos/codigo_trabajo_cr.pdf
