# Calculadora de embargo de sueldo en Perú: cuánto te pueden retener

> Embargo de sueldo en Perú: calcula cuánto te pueden retener con las 5 URP inembargables y el tercio del exceso, o el 60 % por alimentos.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/embargo-remuneracion-peru/
- Solo Perú.

## En resumen

- En Perú, tu remuneración es inembargable hasta 5 URP (S/ 2,750.00 con la URP vigente); del exceso solo se puede embargar hasta un tercio.
- Con S/ 4,500.00 y descuentos de ley del 13 %, por una deuda común te pueden retener S/ 388.33 al mes y te quedan S/ 3,526.67.
- Por una pensión de alimentos el tope sube al 60 % de tus ingresos después de descuentos de ley: con el mismo sueldo, S/ 2,349.00.
- Si después de descuentos cobras S/ 2,750.00 o menos, una deuda común no puede embargar nada de tu remuneración.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Remuneración mensual: S/ 4,500
- El embargo es por: Deuda común
- Descuentos de ley (ONP o AFP): 13 %
- Valor de la URP (unidad de referencia procesal): S/ 550

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Te pueden retener al mes: S/ 388.33
- Te quedan: S/ 3,526.67

## ¿Cuánto te pueden embargar del sueldo en Perú?

Por una deuda común, te pueden embargar hasta un tercio de lo que pase de 5 URP. Por una pensión de alimentos, hasta el 60 % de tus ingresos. Lo dice el [Código Procesal Civil](https://leyes.congreso.gob.pe/Documentos/DecretosLegislativos/00768.pdf), artículo 648, inciso 6.

La URP es la unidad de referencia procesal. En 2026 vale S/ 550.00, el 10 % de la UIT de S/ 5,500.00. Por eso 5 URP son S/ 2,750.00.

Es una estimación y es solo para Perú. El monto exacto lo fija el juez y tu empleador cumple su orden.

## Cómo usar la calculadora

1. Escribe tu **remuneración mensual** bruta, la de tu boleta antes de descuentos.
2. Elige si el embargo es por una **deuda común** o por una **pensión de alimentos**.

En «Opciones avanzadas» puedes cambiar los descuentos de ley (13 % por defecto, como en la ONP; con AFP mira tu boleta) y el valor de la URP.

## Cómo se calcula el embargo

Primero se restan los descuentos de ley. Después se aplica la regla de cada caso.

```
Remuneración después de descuentos = remuneración − descuentos de ley
Deuda común:  embargable = (remuneración después de descuentos − 5 URP) ÷ 3
Alimentos:    embargable = 60 % × remuneración después de descuentos
Te quedan = remuneración − descuentos de ley − embargable
```

Si la remuneración después de descuentos no pasa de 5 URP, en una deuda común el embargable es 0.

> El artículo dice «descuentos establecidos por ley» solo para los alimentos. Aquí se usa la misma base para la deuda común, por prudencia. Con 0 % de descuentos, el cálculo es sobre el bruto.

## Ejemplo con S/ 4,500.00

Remuneración de S/ 4,500.00 y descuentos de ley del 13 %.

| Concepto | Deuda común | Alimentos |
|---|---|---|
| Descuentos de ley | S/ 585.00 | S/ 585.00 |
| Después de descuentos | S/ 3,915.00 | S/ 3,915.00 |
| Inembargable (5 URP) | S/ 2,750.00 | no aplica |
| Exceso | S/ 1,165.00 | no aplica |
| Te pueden retener | S/ 388.33 | S/ 2,349.00 |
| Te quedan | S/ 3,526.67 | S/ 1,566.00 |

En la deuda común, de cada 100 soles que cobras se retienen unos 9. En alimentos, unos 52.

## Deuda común o alimentos

La deuda común tiene un límite más bajo: protege las primeras 5 URP y solo toca un tercio del resto. La obligación de alimentos es distinta: no hay tramo protegido y el tope es el 60 %.

Las pensiones alimentarias que tú recibes también son inembargables (artículo 648, inciso 7). Si lo que buscas es el descuento de una pensión que debes pagar, mira el [descuento por pensión de alimentos](https://skilio.com/calculadoras/descuento-pension-alimentos-peru/), que incluye gratificación y monto fijo.

## Qué cuenta como remuneración

Esta calculadora usa un solo mes de remuneración. Si cobras una gratificación, tu sueldo neto del mes cambia: revisa la [gratificación](https://skilio.com/calculadoras/gratificacion-peru/) y tu [sueldo neto](https://skilio.com/calculadoras/sueldo-neto-peru/). Tu orden judicial dice si se aplica sobre esos pagos. El mínimo legal de referencia está en la [remuneración mínima vital](https://skilio.com/calculadoras/remuneracion-minima-vital-peru/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Pueden embargar mi sueldo si gano el mínimo?
Por una deuda común, no. La remuneración mínima está muy por debajo de 5 URP (S/ 2,750.00), así que es inembargable. Por alimentos sí se retiene hasta el 60 %.

### ¿Qué pasa si cobro justo S/ 2,750.00 después de descuentos?
Una deuda común no puede embargar nada. Con S/ 2,753.00, el exceso es S/ 3.00 y se retiene S/ 1.00.

### ¿El tercio es de todo el sueldo?
No. Es un tercio del exceso sobre 5 URP. Con S/ 3,915.00 después de descuentos, el exceso es S/ 1,165.00 y el tercio, S/ 388.33.

### ¿La URP cambia cada año?
Sí. Sigue a la UIT: es su 10 %. Si cambia, edítala en «Opciones avanzadas».

### ¿Se pueden embargar la gratificación o la CTS?
Esta calculadora no lo decide. Tu orden judicial indica qué pagos alcanza. Puedes ver la [CTS](https://skilio.com/calculadoras/cts-peru/) para conocer ese beneficio.

### ¿Qué hago si mi empleador retiene más?
La calculadora solo estima el tope legal. Compara con tu orden y con tu boleta de pago.

## Fuentes

- [Código Procesal Civil, art. 648](https://leyes.congreso.gob.pe/Documentos/DecretosLegislativos/00768.pdf) (texto de la Ley 26599).
- [D.S. 301-2025-EF, valor de la UIT](https://www.gob.pe/institucion/mef/normas-legales/7540449-301-2025-ef).

## Fuentes

- Código Procesal Civil — Congreso del Perú: https://leyes.congreso.gob.pe/Documentos/DecretosLegislativos/00768.pdf
- D.S. 301-2025-EF, valor de la UIT — Gobierno del Perú: https://www.gob.pe/institucion/mef/normas-legales/7540449-301-2025-ef
