# Calculadora de embargo de salario en Paraguay: cuánto te pueden retener

> Calcula cuánto te pueden embargar del sueldo en Paraguay: hasta 50 % por alimentos, 40 % por vivienda y 25 % en otros casos, con el tope del 50 %.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/embargo-salario-paraguay/
- Solo Paraguay.

## En resumen

- En Paraguay, de un sueldo de Gs. 4.000.000 se pueden embargar como máximo Gs. 1.000.000 por otras deudas (25 %) y te quedan Gs. 3.000.000.
- Por pensión alimenticia el máximo es el 50 %: Gs. 2.000.000 de ese sueldo; por habitación o alimentos comprados, el 40 %: Gs. 1.600.000.
- Entre todos los embargos no se puede pasar del 50 % del sueldo: con Gs. 1.500.000 ya embargados, solo se podrían retener Gs. 500.000 más por otras deudas.
- El aguinaldo no se puede embargar (Código del Trabajo, art. 245).

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Sueldo mensual: Gs. 4.000.000
- Por qué se embarga: Otras deudas (hasta 25 %)
- Cuota mensual que piden retener: Gs. 0
- Embargos que ya te descuentan al mes: Gs. 0

Según el modo que elijas, también:

- Aporte obrero al IPS: 9 %

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Te pueden retener como máximo: Gs. 1.000.000
- Te queda: Gs. 3.000.000

## ¿Cuánto me pueden embargar del salario en Paraguay?

Depende del motivo. El artículo 245 del [Código del Trabajo](https://www.bacn.gov.py/leyes-paraguayas/2608/ley-n-213-establece-el-codigo-del-trabajo-br) pone tres límites: **hasta el 50 %** del salario para pensiones alimenticias, **hasta el 40 %** para pagar la habitación donde vives o alimentos que compraste, y **hasta el 25 %** en los demás casos. Es decir, de cada 100 guaraníes de sueldo, pueden retener como mucho 25 si es una deuda común.

Esta calculadora es solo para Paraguay y para quien trabaja en relación de dependencia. Es una estimación: la cuota exacta la fija quien ordena el embargo, siempre dentro de estos máximos.

Los porcentajes se aplican sobre el salario de cada mes, de modo que si tu sueldo cambia, el máximo embargable cambia con él. Antes de usar el resultado, confirma en el texto oficial del Código del Trabajo qué límite corresponde a tu caso.

## Cómo usar la calculadora

1. Escribe tu **sueldo mensual**.
2. Elige **por qué se embarga**: pensión alimenticia, habitación o alimentos comprados, u otras deudas.
3. Mira el máximo que se puede retener y lo que te queda.

En las opciones avanzadas puedes poner la cuota que te piden, los embargos que ya te descuentan y si quieres calcular sobre el sueldo después del IPS.

## Cómo se calcula

```
máximo por el motivo = sueldo x 50 % | 40 % | 25 %
tope entre todos los embargos = sueldo x 50 %
disponible = tope - embargos que ya tienes
máximo embargable = el menor entre el máximo por el motivo y lo disponible
te queda = sueldo - embargos que ya tienes - retenido
```

El Código no aclara si el salario es antes o después del descuento del IPS (9 %). Por defecto se usa el sueldo escrito, antes del IPS. Si lo cambias, la base baja y también el máximo: con Gs. 4.000.000, el IPS son Gs. 360.000, la base queda en Gs. 3.640.000 y el máximo por otras deudas baja a Gs. 910.000.

## Ejemplo

Cobras Gs. 4.000.000 al mes y te embargan por una deuda común.

| Dato | Importe |
| --- | --- |
| Sueldo | Gs. 4.000.000 |
| Máximo por otras deudas (25 %) | Gs. 1.000.000 |
| Tope entre todos los embargos (50 %) | Gs. 2.000.000 |
| Te queda | Gs. 3.000.000 |

Con el mismo sueldo, por pensión alimenticia el máximo sube a Gs. 2.000.000 y por habitación o alimentos comprados, a Gs. 1.600.000.

## Varios embargos a la vez

Si tienes más de un embargo, la suma no puede pasar del 50 % de tu salario. Con Gs. 4.000.000 de sueldo, el tope es de Gs. 2.000.000. Si ya te descuentan Gs. 1.500.000, solo quedan Gs. 500.000 disponibles: el nuevo embargo por otras deudas no podría retener más que eso, aunque el 25 % sería Gs. 1.000.000.

Con el sueldo mínimo de Gs. 3.044.000, el 25 % son Gs. 761.000 y te quedan Gs. 2.283.000. Compara con tu [sueldo neto en Paraguay](https://skilio.com/calculadoras/salario-neto-paraguay/).

## Qué no se puede embargar

- **El aguinaldo** es inembargable (art. 245). Consulta el [aguinaldo en Paraguay](https://skilio.com/calculadoras/aguinaldo-paraguay/).
- **Las herramientas y útiles de trabajo** que son tuyos (art. 246).
- **La asignación familiar** no se cede ni se embarga (art. 268).

## Preguntas frecuentes

### ¿Pueden embargarme todo el sueldo?

No. Ni siquiera por pensión alimenticia: el máximo es el 50 %. Entre varios embargos, la suma tampoco pasa del 50 % del salario básico.

### ¿Qué porcentaje es por pensión alimenticia?

Hasta el 50 % del salario. Es el límite más alto que fija el artículo 245 y, aun así, nunca se puede superar ese tope entre todos los embargos juntos.

### ¿El embargo se calcula antes o después del IPS?

El artículo 245 solo habla del «salario». Esta calculadora usa por defecto el sueldo antes del IPS y deja cambiarlo en avanzadas.

### ¿El aguinaldo de Paraguay está protegido del embargo?

Sí. El Código del Trabajo dice que el aguinaldo es inembargable.

### ¿Qué pasa si ya tengo un embargo?

Se descuenta del tope del 50 %. Solo se puede retener lo que falte hasta ese tope, y nunca más que el porcentaje de su motivo.

### ¿El resultado es la cuota que me van a descontar?

No, es el máximo legal. La cuota la fija quien ordena el embargo; puede ser menor, pero no mayor.

## Fuentes

- Código del Trabajo — bacn.gov.py: https://www.bacn.gov.py/leyes-paraguayas/2608/ley-n-213-establece-el-codigo-del-trabajo-br
