# Calculadora de prestaciones por fallecimiento de un trabajador en Venezuela

> Calcula lo que cobran los familiares de un trabajador fallecido en Venezuela: prestaciones, vacaciones y utilidades, y cuánto toca a cada uno.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/fallecimiento-trabajador-venezuela/
- Solo Venezuela.

## En resumen

- En Venezuela, cuando muere un trabajador, sus prestaciones sociales se reparten a partes iguales entre hijos, cónyuge o pareja estable, padres y nietos huérfanos (art. 145 de la LOTTT).
- Con un sueldo de Bs. 60.000 al mes y 4 años y 3 meses de trabajo, las prestaciones son de Bs. 606.683,33; entre 3 familiares, cada uno recibe Bs. 202.227,78.
- A las prestaciones se suman vacaciones, bono vacacional y utilidades fraccionadas: Bs. 69.000 en el ejemplo, para un total de Bs. 675.683,33.
- La empresa queda libre de responsabilidad si paga a los familiares que lo pidan dentro de los 3 meses siguientes al fallecimiento.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Último salario mensual del trabajador: Bs. 60.000
- Fecha en que entró a trabajar: 2022-08-01
- Fecha del fallecimiento: 2026-10-31
- Familiares con derecho a las prestaciones: 3 personas
- Días de sueldo que no se le pagaron: 0 días
- Días de utilidades que paga la empresa: 30 días
- Años de vacaciones sin disfrutar ni cobrar: 0 años
- Utilidades que ya cobró este año: Bs. 0
- Anticipos de prestaciones que ya cobró: Bs. 0

Según el modo que elijas, también:

- Garantía depositada (sin intereses): Bs. 0

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Total a pagar a la familia: Bs. 675.683,33
- Prestaciones sociales: Bs. 606.683,33
- Por cada familiar (3 personas): Bs. 202.227,78

## ¿Qué cobran los familiares cuando muere un trabajador en Venezuela?

Cobran sus prestaciones sociales, más las vacaciones, el bono vacacional y las utilidades que todavía no se habían pagado, y el sueldo pendiente si lo hay. Con un sueldo de Bs. 60.000 al mes y 4 años y 3 meses de trabajo, las prestaciones son de Bs. 606.683,33 y el resto suma Bs. 69.000: en total, Bs. 675.683,33.

La muerte termina la relación de trabajo por una causa ajena a la voluntad de las dos partes (art. 76 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, LOTTT). Los artículos que mandan aquí están en el [texto oficial de la LOTTT del Ministerio del Trabajo](https://www.mpppst.gob.ve/mpppstweb/wp-content/uploads/2014/03/LEY_ORGANICA_DEL_TRABAJO_LOS_TRABAJADORES_Y_LAS_TRABAJADORAS.pdf).

Esta calculadora sirve solo para Venezuela. Es una estimación: el pago real depende del contrato, de los recibos y de lo que la empresa ya haya depositado.

## ¿Quién tiene derecho a cobrarlas?

El artículo 145 de la LOTTT nombra, en este orden de lista, a:

- los hijos;
- el cónyuge que no tramitó la separación de cuerpos, o la pareja de unión estable de hecho;
- el padre y la madre;
- los nietos huérfanos.

Ninguno tiene preferencia sobre otro. Si varios lo piden, las prestaciones se reparten **a partes iguales** entre las personas. Es lo que hace la calculadora con el número que escribes. La empresa queda libre de responsabilidad si paga a los familiares que lo pidan dentro de los **3 meses** siguientes al fallecimiento.

## Cómo usar la calculadora

1. **Último salario mensual.** Sin los bonos que no son salario, como el cestaticket. Si cambiaba cada mes, el promedio de los últimos seis meses.
2. **Fecha de entrada y fecha del fallecimiento.** La calculadora cuenta sola los trimestres, los años y los meses.
3. **Familiares con derecho.** Cuenta cada persona de la lista de arriba.
4. **Días de sueldo sin pagar.** Los del último mes que no se cobraron. Si ya estaba pagado, déjalo en 0.

En **Opciones avanzadas** puedes sumar la indemnización del artículo 92, cambiar los días de utilidades, añadir años de vacaciones sin disfrutar, restar utilidades o anticipos ya cobrados y escribir la garantía que de verdad se depositó.

## Cómo se calculan las prestaciones

Se paga lo mayor entre dos cuentas (art. 142 de la LOTTT), siempre con el salario integral, que es el sueldo más la parte de utilidades y de bono vacacional de cada día (art. 122):

```
Salario diario    = Salario mensual ÷ 30
Salario integral  = Diario + Diario × Días utilidades ÷ 360 + Diario × Días bono vacacional ÷ 360
Garantía          = (Trimestres × 15 + Días adicionales) × Salario integral
Retroactivo       = Años × 30 × Salario integral
Prestaciones      = la mayor de las dos
```

- **Garantía:** 15 días por cada trimestre que se empezó, y 2 días más por año desde el segundo, que se acumulan hasta 30.
- **Retroactivo:** 30 días por cada año de servicio, o fracción de más de 6 meses.
- **Menos de 3 meses de trabajo:** 5 días de salario por cada mes o fracción.

Si hubo anticipos de las prestaciones, se restan (art. 144).

## Vacaciones, bono vacacional y utilidades pendientes

No son prestaciones sociales, pero también se pagan:

- **Vacaciones y bono vacacional del año en curso:** en proporción a los meses completos. Son 15 días más 1 por cada año de servicio, hasta 30 (arts. 190, 192, 195 y 196).
- **Utilidades fraccionadas:** sueldo mensual × días de utilidades × meses completos del año ÷ 360 (art. 131). Si la empresa paga 30 días, son 30.
- **Sueldo pendiente:** el sueldo diario por los días sin pagar.

El reparto de estos pagos depende de quiénes sean los herederos, así que la calculadora solo los suma.

## Ejemplo: Bs. 60.000 al mes, 4 años y 3 meses, 3 familiares

Con los valores de ejemplo de la calculadora (del 1 de agosto de 2022 al 31 de octubre de 2026):

| Paso | Importe |
| --- | --- |
| Salario integral diario | Bs. 2.272,22 |
| Garantía: 17 trimestres × 15 días + 12 días adicionales = 267 días | Bs. 606.683,33 |
| Retroactivo: 4 años × 30 días = 120 días | Bs. 272.666,67 |
| Prestaciones sociales (la mayor de las dos) | Bs. 606.683,33 |
| Vacaciones fraccionadas (19 días × 3/12) | Bs. 9.500,00 |
| Bono vacacional fraccionado (19 días × 3/12) | Bs. 9.500,00 |
| Utilidades fraccionadas (30 días × 10/12 meses) | Bs. 50.000,00 |
| Total a pagar | Bs. 675.683,33 |

Los 12 días adicionales son 2 + 4 + 6, por el segundo, tercer y cuarto año. Entre 3 familiares, las prestaciones dan Bs. 202.227,78 a cada uno.

## ¿Y la indemnización del artículo 92?

El artículo 92 prevé, cuando el trabajo termina por una causa ajena a la voluntad del trabajador, una indemnización igual a las prestaciones. No es seguro que se aplique a un fallecimiento: depende del caso y del contrato. Por eso la calculadora no la suma salvo que marques la casilla, y te enseña siempre cuánto subiría el total. En el ejemplo, con ella las prestaciones serían de Bs. 1.213.366,66 y cada familiar recibiría Bs. 404.455,55.

## Lo que esta calculadora no incluye

- Intereses de la garantía ni de mora.
- Seguros o beneficios del contrato colectivo.
- La pensión de sobrevivientes del IVSS: mira la [pensión de sobrevivientes](https://skilio.com/calculadoras/pension-sobreviviente-ivss-venezuela/) y la [indemnización única del IVSS](https://skilio.com/calculadoras/indemnizacion-unica-ivss-venezuela/).
- Impuesto sobre sucesiones.

Para ver el cálculo de un caso en vida del trabajador, usa la [calculadora de prestaciones sociales](https://skilio.com/calculadoras/prestaciones-sociales-venezuela/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Los hijos cobran más que la viuda?

No. El artículo 145 no da preferencia a ninguna persona de la lista. Si varios piden las prestaciones, se reparten por partes iguales, con independencia del parentesco.

### ¿Qué pasa si nadie las pide en 3 meses?

La empresa queda libre de responsabilidad solo si paga a quienes las pidan dentro de los 3 meses siguientes. Si nadie se presenta en ese plazo, la norma no fija lo que ocurre después; conviene preguntar a la inspectoría del trabajo de la zona.

### ¿Las prestaciones pagan impuesto sobre la renta?

No: las prestaciones sociales están exentas del ISLR. Los demás conceptos y la herencia pueden tener otro trato.

### ¿Cuenta el cestaticket para el cálculo?

No. Solo cuenta el salario normal. Los bonos sin carácter salarial quedan fuera.

### ¿Cómo se reparte el sueldo pendiente y las utilidades?

Forman parte de la herencia, y se reparten según quiénes sean los herederos. La calculadora los suma al total, pero no los divide por persona.

### ¿Por qué mi resultado es distinto del que dio la empresa?

Puede ser el salario que se usó, los días de utilidades, los anticipos o que la empresa ya depositó la garantía. Escribe esos datos en las opciones avanzadas para acercarte.

## Fuentes

- Texto oficial de la LOTTT del Ministerio del Trabajo — mpppst.gob.ve: https://www.mpppst.gob.ve/mpppstweb/wp-content/uploads/2014/03/LEY_ORGANICA_DEL_TRABAJO_LOS_TRABAJADORES_Y_LAS_TRABAJADORAS.pdf
