# Qué es una ganancia patrimonial en el IRPF y a qué tipo tributa

> En España, lo que ganas en el IRPF cuando el valor de tu patrimonio cambia por vender, cambiar o regalar algo: acciones, fondos, cripto o una vivienda.

- Diccionario financiero de Skilio: https://skilio.com/calculadoras/glosario/ganancia-patrimonial/
- También se dice: ganancia o pérdida patrimonial, pérdida patrimonial, pérdidas patrimoniales

Una ganancia patrimonial es, en el IRPF de España, el aumento del valor de tu patrimonio que sale a la luz cuando **cambia su composición**: vendes unas acciones, un fondo, una criptomoneda o una vivienda, o los cambias por otra cosa. Si el resultado es negativo, es una pérdida patrimonial. Lo define el [artículo 33 de la Ley del IRPF](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764#a33). Este término es solo de España.

Mientras no vendes, la subida es una ganancia en papel y no se declara. Se declara en la renta del año en que vendes.

## Cómo se calcula

```
ganancia patrimonial = valor de transmisión − valor de adquisición
```

Al valor de venta le restas los gastos de la venta, y al de compra le sumas los gastos de la compra. Si en un mismo año ganas en una venta y pierdes en otra, los dos resultados se juntan: se llama integrar y compensar.

## A qué tipo tributa

Las ganancias por vender o cambiar bienes van a la [base del ahorro](https://skilio.com/calculadoras/glosario/base-del-ahorro/), con una escala que suma la parte del Estado y la de tu comunidad: 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 30 % por encima ([artículos 66 y 76](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764#a66)). Las que no vienen de una venta, como un premio de un concurso, van a la base general, con la escala del sueldo.

## Ejemplo

Vendes unas acciones y ganas 10.000 €. El mismo año vendes un fondo con 3.000 € de pérdida:

| Concepto | Importe |
| --- | --- |
| Ganancia de una venta | 10.000 € |
| Pérdida de otra venta | −3.000 € |
| Saldo, tu base del ahorro | 7.000 € |
| Primeros 6.000 € al 19 % | 1.140 € |
| Los 1.000 € restantes al 21 % | 210 € |
| Impuesto | 1.350 € |

Sin la pérdida habrías pagado 1.980 €. Calcula tu caso en la [calculadora de impuestos de inversiones](https://skilio.com/calculadoras/impuestos-inversiones/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuándo no cuenta una pérdida patrimonial?

Si vendes valores cotizados con pérdida y compras otros iguales en los dos meses anteriores o posteriores, esa pérdida no se resta hasta que vendas los nuevos ([artículo 33.5](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764#a33)). En valores no cotizados el plazo es de un año.

### ¿Hay ganancias patrimoniales que no pagan?

Sí. Por ejemplo, la que sale de vender tu vivienda habitual si tienes más de 65 años, o la de venderla y reinvertir el dinero en otra vivienda habitual, con las condiciones de la ley. Lo calculas en la [calculadora del IRPF por vender una vivienda](https://skilio.com/calculadoras/irpf-venta-vivienda-espana/).

### ¿Se pueden usar las pérdidas de otros años?

Sí. Las que te sobran se pueden restar durante los 4 años siguientes ([artículo 49](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764#a49)).

## Fuentes

- Artículo 33 de la Ley del IRPF — Boletín Oficial del Estado (BOE): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764#a33
