# Calculadora de impuesto por comisiones de afiliados en Colombia: renta e IVA

> Calcula en Colombia el impuesto de renta y el IVA de tus comisiones de afiliados, con costos o 25 % exento, retenciones y la tabla en UVT de la DIAN.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/impuesto-comisiones-afiliados-ingresos-colombia/
- Solo Colombia.

## En resumen

- En Colombia, quien cobra $ 120.000.000 al año en comisiones de afiliados, con $ 18.000.000 de costos y $ 13.680.000 de aportes, paga unos $ 4.304.000 de impuesto de renta.
- Esa persona toma el 25 % exento ($ 26.580.000) porque restar los costos daría $ 5.934.000 de renta: ahorra $ 1.630.000.
- No eres responsable de IVA si tus comisiones no llegan a 3.500 UVT al año, unos $ 183.309.000 con la UVT vigente, y cumples las demás condiciones.
- Desde 3.500 UVT, si te pagan desde Colombia sumas 19 % de IVA; si te paga una empresa del exterior sin negocios en Colombia, el servicio va a tarifa 0 % si cumples los requisitos.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Comisiones de afiliados cobradas en el año: $ 120.000.000
- Desde dónde te pagan: Desde Colombia
- Costos y gastos de tu actividad: $ 18.000.000
- Aportes a salud y pensión del año: $ 13.680.000
- Retenciones en la fuente del año: $ 0
- IVA pagado en compras de tu actividad: $ 0
- Personas a cargo (dependientes): 0
- Otras deducciones y rentas exentas: $ 0
- Valor de la UVT del año: $ 52.374

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Impuesto de renta: $ 4.304.000
- IVA a pagar a la DIAN: $ 0
- Te quedan en el año: $ 84.016.000

## ¿Qué impuestos pagas por comisiones de afiliados en Colombia?

Pagas impuesto de renta sobre lo que ganas y, si superas cierto nivel de ingresos, también IVA. Las comisiones de afiliados son un ingreso de trabajo por cuenta propia: el [artículo 103 del Estatuto Tributario](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6533) cuenta las comisiones y los honorarios como rentas de trabajo.

Esta página es solo para Colombia y para personas naturales residentes. No sirve para sociedades ni para el régimen simple de tributación.

- **Renta:** se declara cada año. Dependiendo de tus ingresos y consignaciones puede que ni estés obligado a declarar.
- **IVA:** solo si eres responsable. Es un impuesto que cobras a quien te paga y entregas a la DIAN.
- **Retención en la fuente:** un adelanto de renta que a veces te descuentan quienes te pagan desde Colombia.

## Cómo se calcula la renta

Se restan a las comisiones del año los aportes a salud y pensión. Después eliges una sola opción: restar tus costos reales o tomar el 25 % exento. Lo que queda es la renta líquida gravable, que se pasa a UVT (la unidad de valor que usa la DIAN) y se aplica la tabla del artículo 241.

```
Renta líquida = comisiones − aportes − (costos  o  25 % exento) − otras deducciones − dependientes
Impuesto = tabla del art. 241 aplicada a la renta líquida en UVT
```

- **Costos:** publicidad, dominio, hosting y herramientas, con factura electrónica. Restas lo que de verdad gastaste.
- **25 % exento:** restas una cuarta parte de lo que queda tras los aportes, hasta 790 UVT al año ($ 41.375.000 con la UVT de 2026). No necesita facturas.
- **Límite:** entre exentas y deducciones no puedes restar más del 40 % ni más de 1.340 UVT. Los dependientes (72 UVT cada uno, hasta 4) van aparte.

No pagas renta mientras tu renta líquida no pase de 1.090 UVT. La calculadora compara las dos opciones y te muestra la que da menos impuesto.

## ¿Cobras IVA por tus comisiones?

Depende de cuánto cobres y de quién te pague. La tarifa general del IVA es del 19 % (artículo 468). Pero no eres responsable si prestas servicios y cumples todo esto (artículo 437, parágrafo 3):

1. Tus ingresos brutos del año anterior o del actual son inferiores a 3.500 UVT.
2. Tienes un solo local, oficina o sede.
3. No trabajas bajo franquicia ni concesión.
4. No eres usuario aduanero.
5. No tienes contratos gravados de 3.500 UVT o más.
6. Tus consignaciones bancarias de actividades gravadas no pasan de 3.500 UVT.

Si eres responsable y te pagan desde Colombia, sumas el 19 % a tu comisión y entregas a la DIAN la diferencia entre el IVA que cobras y el IVA de tus compras. Si te paga una empresa del exterior sin negocios en Colombia y el servicio se usa solo fuera, es una exportación de servicios y va a tarifa 0 % (artículo 481, literal c), con el soporte de la operación.

## Ejemplo

Una persona cobra $ 120.000.000 en el año de comisiones de afiliados, tiene $ 18.000.000 de costos y pagó $ 13.680.000 de aportes. Usa la UVT de 2026 ($ 52.374).

| Concepto | Con costos | Con 25 % exento |
| --- | --- | --- |
| Renta líquida gravable | $ 88.320.000 | $ 79.740.000 |
| Impuesto de renta | $ 5.934.000 | $ 4.304.000 |

Gana el 25 % exento ($ 26.580.000) y se ahorran $ 1.630.000. Sus comisiones son menores de 3.500 UVT ($ 183.309.000), así que no es responsable de IVA. Después de costos, aportes y renta le quedan $ 84.016.000 en el año. Es decir, de cada 100 pesos cobrados paga unos 3,6 de renta.

Si cobrara $ 250.000.000 desde Colombia, sí sería responsable: cobraría $ 47.500.000 de IVA y los entregaría a la DIAN, menos el IVA de sus compras.

## Errores comunes

- **Contar el IVA como ingreso.** El IVA que cobras no es tuyo y no entra en la renta.
- **Olvidar que la opción es una sola.** No puedes restar costos y tomar el 25 % exento sobre los mismos ingresos.
- **Medir mal el límite del IVA.** Se mira el ingreso bruto, no lo que te queda después de costos.
- **Restar costos sin factura.** Los costos deben estar soportados; si no, usa el 25 %.

## Preguntas frecuentes

### ¿Tengo que declarar las comisiones de afiliados que me pagan en dólares?

Sí, son ingresos aunque te paguen desde el exterior. Se pasan a pesos con la tasa de cambio de la fecha en que los recibes y se suman a tus demás ingresos del año. Revisa en [debo declarar renta](https://skilio.com/calculadoras/debo-declarar-renta-colombia/) si superas los topes.

### ¿Si me pagan por PayPal o una pasarela también cuenta?

Cuenta igual. Lo importante es el ingreso, no el medio de pago. Guarda los reportes de la plataforma como soporte.

### ¿Me retienen en la fuente por las comisiones?

Puede ser, si te paga una empresa colombiana que actúe como agente retenedor. La ley fija un máximo del 20 % (artículo 392) y un decreto define el porcentaje. Escríbelo en el campo de retenciones; mira también la [retención en honorarios](https://skilio.com/calculadoras/retencion-honorarios-colombia/).

### ¿Tengo que pagar seguridad social por esas comisiones?

Sí, como independiente cotizas a salud y pensión sobre una parte de tus ingresos. Esos aportes se restan antes de calcular la renta. Consulta [seguridad social para independientes](https://skilio.com/calculadoras/seguridad-social-independientes-colombia/).

### ¿Qué cambia si ya tengo un empleo además de las comisiones?

Tus sueldos y tus comisiones se suman en la misma cédula general. La calculadora solo estima las comisiones, así que el impuesto real puede ser mayor. Mira la [declaración de renta](https://skilio.com/calculadoras/declaracion-renta-colombia/).

### ¿Esta calculadora es mi declaración?

No. Es una estimación con la ley vigente y los datos que escribes. Para presentar tu declaración usa los formularios de la DIAN. Para el IVA de otros casos, mira la [calculadora de IVA](https://skilio.com/calculadoras/iva-colombia/).

## Fuentes

- Artículo 103 del Estatuto Tributario — alcaldiabogota.gov.co: https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6533
