# Donación de padres a hijos en Madrid: cuánto impuesto pagas

> Calcula el impuesto de donaciones en Madrid: bonificación del 99 % a hijos, reducción del 100 % hasta 250.000 € para vivienda o empresa, y qué pasa sin notario.

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## En resumen

- Un hijo de 30 años que recibe 100.000 € en dinero de sus padres, ante notario y con el origen justificado, paga 124,07 € de donaciones en Madrid por la bonificación del 99 %.
- Sin escritura pública pagaría 12.407,03 €: por encima de 10.000 € la bonificación exige notario.
- Si el hijo usa 300.000 € para su vivienda habitual o una empresa, la reducción del 100 % llega hasta 250.000 € y paga 49,44 €.
- Un hermano que recibe 100.000 € paga 9.852,42 €: su bonificación es del 50 % y su coeficiente, 1,5882.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Qué se dona: Dinero, sin un destino concreto
- Valor de la donación: 100.000 €
- Quién la recibe: Hijo, hija, nieto u otro descendiente
- Edad de quien recibe: 30 años
- Patrimonio previo de quien recibe: 50.000 €
- Donaciones de los 3 años anteriores del mismo donante: 0 €
- Dato de la ley: donación bonificada al 100 %: 1.000 €
- Dato de la ley: importe hasta el que no hace falta escritura: 10.000 €
- Dato de la ley: tope de la reducción de dinero para vivienda o empresa: 250.000 €
- Dato de la ley: bonificación de hijos, cónyuge y padres: 99 %
- Dato de la ley: bonificación de hermanos, tíos y sobrinos: 50 %
- Dato de la ley: reducción del negocio familiar: 99 %

Según el modo que elijas, también:

- De ellas, las destinadas a vivienda o empresa: 0 €

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Impuesto a pagar: 124,07 €
- Le queda limpio: 99.875,93 €
- Tipo efectivo: 0,12 %

## ¿Cuánto se paga por una donación en Madrid?

Muy poco si recibe un hijo, un nieto, un cónyuge o un padre, y con las condiciones en regla. Un hijo que recibe 100.000 € en dinero, ante notario, paga 124,07 €: unos 0,12 € por cada 100 €. Sin notario pagaría 12.407,03 €. Las reglas son del [Decreto Legislativo 1/2010 de la Comunidad de Madrid](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOCM-m-2010-90068) y valen cuando quien recibe vive en Madrid (si se dona un inmueble, cuando el inmueble está en Madrid). Para otras comunidades, usa la [calculadora general de donaciones](https://skilio.com/calculadoras/impuesto-donaciones/).

El cálculo: al valor donado se le restan las **reducciones**, se aplica la **tarifa**, se multiplica por un **coeficiente** según el patrimonio previo y el parentesco, y se resta la **bonificación**. En donaciones no hay reducción por parentesco: esa es de herencias.

## Cómo usar la calculadora

Elige qué se dona, escribe su valor y marca quién lo recibe y su edad. Las casillas de **escritura pública** y de **origen del dinero** son las que más cambian el resultado. En las opciones avanzadas están las donaciones de los 3 años anteriores, los plazos y los datos de la ley.

## La bonificación del 99 % y sus condiciones

Madrid perdona el 99 % de la cuota a hijos, nietos, cónyuge y padres (grupos I y II) y el 50 % a hermanos, tíos, sobrinos y familia política (grupo III). Primos y otras personas no tienen bonificación. Y hay una bonificación del 100 % si lo donado no pasa de 1.000 € en 3 años (art. 25.2).

Para el dinero, la ley pide tres cosas:

- Escritura pública si la donación, sumando las del mismo donante en 3 años, pasa de 10.000 €.
- Justificar de dónde sale el dinero.
- Decir ese origen en la escritura.

Si falta una, se paga la cuota entera. Una donación de 10.000 € sin notario paga 7,79 €; con 10.000,01 € paga 779,34 €. Por eso hay un salto brusco al pasar ese límite.

| Quién recibe | Bonificación |
| --- | --- |
| Hijos, nietos, cónyuge, padres, abuelos | 99 % |
| Hermanos, tíos, sobrinos, cuñados, suegros, yernos, nueras | 50 % |
| Primos y otras personas | 0 % |

El coeficiente multiplica la cuota: 1 para hijos y padres con hasta 403.000 € de patrimonio, 1,05 hasta 2.008.000 €, 1,10 hasta 4.021.000 € y 1,20 por encima; 1,5882 para hermanos y tíos; 2 para primos y otros. Si el patrimonio pasa por poco un límite, la cuota solo sube lo que el patrimonio lo supera.

## Dinero para vivienda o empresa: reducción del 100 %

Si el dinero se destina, en el plazo de un año, a la vivienda habitual de quien lo recibe o a una empresa o negocio suyo, Madrid resta el 100 % de la donación, hasta 250.000 € (art. 22 bis). Vale para hijos, nietos, cónyuge, padres y hermanos. Requisitos:

- Decir el destino en la escritura.
- Escritura pública si pasa de 10.000 € en 3 años.
- Gastar el dinero en un año, empezar a vivir en la vivienda en los 12 meses siguientes a comprarla y seguir en ella al menos 3 años.

Los 250.000 € se reparten entre todas las donaciones del mismo donante en los 3 años anteriores. Si no se cumple, hay que presentar la diferencia con intereses en un mes.

Si lo que se dona es un negocio o sus participaciones, la reducción es del 99 % para los grupos I, II y III y los primos, con requisitos: quien dona ejerce la actividad de forma habitual y directa y es su principal ingreso, y quien recibe la mantiene 5 años.

## Ejemplos con casos de Madrid

**Un hijo de 30 años recibe 100.000 € en dinero.** Tiene 50.000 € de patrimonio. La cuota íntegra es de 12.407,03 € y la bonificación del 99 % la deja en 124,07 €.

| Concepto | Importe |
| --- | --- |
| Donación | 100.000,00 € |
| Cuota íntegra | 12.407,03 € |
| Bonificación del 99 % | -12.282,96 € |
| Impuesto a pagar | 124,07 € |

Sin escritura pagaría 12.407,03 €.

**Un hijo recibe 300.000 € para su vivienda habitual.** Resta 250.000 €, la base es de 50.000 € y paga 49,44 €.

**Un hermano recibe 100.000 €.** Con coeficiente 1,5882 y bonificación del 50 %, paga 9.852,42 €.

**Un primo recibe 50.000 €.** Sin bonificación y con coeficiente 2, paga 9.888,45 €.

**Un negocio familiar de 400.000 €.** El hijo resta el 99 % y paga 3,06 €.

## Cómo y cuándo se presenta

Tienes **30 días hábiles** desde el día de la donación para presentar y pagar en la Comunidad de Madrid ([art. 67 del Reglamento del impuesto](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1991-27678)). Quien aplica la bonificación del 100 % por 1.000 € o menos no tiene que presentar autoliquidación, salvo en bienes que se inscriben en un registro. Para el dinero, deja una transferencia bancaria de quien dona a quien recibe. Quien dona un inmueble puede pagar [plusvalía municipal](https://skilio.com/calculadoras/plusvalia-municipal-espana/) e IRPF. Es una estimación: no sustituye a la declaración oficial.

## Preguntas frecuentes

### ¿Hay algún caso en que un hijo no pague nada en Madrid?

Sí, en dos casos: si lo donado no pasa de 1.000 € en 3 años, o si el dinero es para su vivienda habitual o una empresa y no pasa de 250.000 €. En el resto, con el 99 % de bonificación, de cada 100 € de cuota paga 1 €.

### ¿Cuánto sube el impuesto en Madrid si la donación no pasa por el notario?

Hasta 10.000 € no hace falta. Por encima, se pierde la bonificación y la reducción: con 100.000 € el impuesto pasa de 124,07 € a 12.407,03 €.

### ¿Cuentan en Madrid las donaciones de años anteriores del mismo donante?

Sí. Para los límites de 1.000 €, 10.000 € y 250.000 € cuentan las donaciones del mismo donante al mismo donatario en los 3 años anteriores.

### ¿Un nieto tiene en Madrid la misma bonificación del 99 % que un hijo?

Sí, es descendiente y está en los grupos I o II: 99 % de bonificación. Hasta 20 años cuenta como grupo I.

### ¿Cuánto paga en Madrid quien recibe dinero de un tío?

Un tío o sobrino está en el grupo III: bonificación del 50 % y coeficiente 1,5882. Con 100.000 € pagarías 9.852,42 €.

## Fuentes

- Decreto Legislativo 1/2010 de la Comunidad de Madrid — Boletín Oficial del Estado (BOE): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOCM-m-2010-90068
