# Calculadora de renta para pensionados en Colombia: cuánta mesada está exenta

> Calcula cuánto de tu mesada está exenta de renta (hasta 1.000 UVT al mes) y cuánta retención en la fuente te harían, con la tabla de la DIAN.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/impuesto-renta-pensionados-colombia/
- Solo Colombia.

## En resumen

- En Colombia, la pensión es renta exenta hasta 1.000 UVT al mes; en 2026 son $ 52.374.000 (la UVT vale $ 52.374).
- Con una mesada de $ 20.000.000 y salud del 12 %, quedan exentos $ 17.600.000 y no te retienen nada.
- Con una mesada de $ 80.000.000, exentos $ 52.374.000, base de retención $ 18.026.000 y retención de $ 3.371.312 al mes.
- Con salud del 12 %, empiezan a retenerte desde una mesada de unos $ 65.169.920 al mes.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Mesada pensional al mes: $ 20.000.000
- Descuento de salud de tu mesada: 12 %
- Valor de la UVT: $ 52.374

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Parte exenta de tu mesada: $ 17.600.000
- Base de retención: $ 0
- Retención en la fuente del mes: $ 0

## ¿Cuánta mesada está exenta de renta?

En Colombia, tu pensión es **renta exenta hasta 1.000 UVT al mes**. La UVT es la Unidad de Valor Tributario que fija la DIAN cada año. En 2026 vale $ 52.374, así que el tope exento es de **$ 52.374.000 al mes**.

La regla está en el [artículo 206 del Estatuto Tributario](https://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/estatuto_tributario.html), numeral 5. Vale para las pensiones de vejez, invalidez, sobrevivientes y riesgos laborales. Solo lo que pase de ese tope se considera renta gravada.

Esta calculadora es **solo para Colombia**. Si tu pensión es de otro país, las reglas son otras.

## Cómo se calcula la retención a un pensionado

La retención en la fuente es un anticipo del impuesto de renta que te descuentan de la mesada. Se calcula así:

```
salud = mesada × % de salud
mesada después de salud = mesada − salud
exenta = el menor entre (mesada después de salud) y (1.000 × UVT)
base = mesada después de salud − exenta
retención = tabla del art. 383 aplicada a (base ÷ UVT), en pesos
```

Primero se resta lo que pagas a salud. Después se resta la parte exenta. Lo que queda es la base. Si esa base no pasa de 95 UVT (unos $ 4.975.530), no te retienen nada. Por encima, se aplica la tabla del artículo 383:

| Base al mes (UVT) | Retención |
| --- | --- |
| Hasta 95 | Sin retención |
| Más de 95 hasta 150 | 19 % de lo que pase de 95 UVT |
| Más de 150 hasta 360 | 28 % de lo que pase de 150 UVT + 10 UVT |
| Más de 360 hasta 640 | 33 % de lo que pase de 360 UVT + 69 UVT |
| Más de 640 hasta 945 | 35 % de lo que pase de 640 UVT + 162 UVT |
| Más de 945 hasta 2.300 | 37 % de lo que pase de 945 UVT + 268 UVT |
| Más de 2.300 | 39 % de lo que pase de 2.300 UVT + 770 UVT |

## Cómo usar la calculadora

1. **Mesada pensional al mes:** lo que te pagan antes de descuentos. Si en el mes cobras una mesada adicional, súmala.
2. **Descuento de salud** (opciones avanzadas): mira tu desprendible. Suele ser el 12 %; hay mesadas con el 4 %.
3. **Valor de la UVT** (opciones avanzadas): en 2026 es $ 52.374. Cámbiala si la DIAN publica otra.

## Ejemplo

Dos mesadas con salud del 12 %:

| | Mesada de $ 20.000.000 | Mesada de $ 80.000.000 |
| --- | --- | --- |
| Salud (12 %) | $ 2.400.000 | $ 9.600.000 |
| Renta exenta | $ 17.600.000 | $ 52.374.000 |
| Base de retención | $ 0 | $ 18.026.000 |
| Retención del mes | $ 0 | $ 3.371.312 |
| Te llega | $ 17.600.000 | $ 67.028.688 |

En la primera, toda la mesada que queda después de salud es exenta. En la segunda, la base es de 344,18 UVT: cae en el tramo del 28 %, y la cuenta es (344,18 − 150) × 28 % + 10 = 64,37 UVT, que son $ 3.371.312.

## ¿A partir de qué mesada hay que pagar?

Con salud del 12 %, todo es exento hasta una mesada de $ 59.515.909. Entre esa cifra y unos $ 65.169.920, hay parte gravada pero la base no llega a 95 UVT, así que no te retienen. Desde $ 65.169.920 al mes empieza la retención. Casi todas las pensiones están muy por debajo de estas cifras.

## Qué no incluye esta calculadora

- Dependientes, medicina prepagada o intereses de vivienda, que podrían rebajar la base.
- El 25 % exento del numeral 10, que es para pagos laborales y no para pensiones.
- El Fondo de Solidaridad Pensional ni pensiones recibidas del exterior.
- El impuesto anual: la retención es un anticipo, no tu impuesto final.

Para saber si tienes que presentar la declaración, usa la [calculadora de si debes declarar renta](https://skilio.com/calculadoras/debo-declarar-renta-colombia/). Para estimar tu pensión de Colpensiones, la [calculadora de pensión](https://skilio.com/calculadoras/pension-colpensiones-colombia/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Los pensionados pagan impuesto de renta en Colombia?

Solo si la mesada pasa de 1.000 UVT al mes. Por debajo de ese tope es renta exenta. En 2026 son $ 52.374.000 al mes.

### ¿Los 1.000 UVT se cuentan antes o después de salud?

Esta calculadora resta primero el aporte a salud y después aplica la exención. Es un criterio prudente. Tu pagador puede aplicar su propio procedimiento: pídele el certificado de retención.

### ¿Qué pasa con las mesadas adicionales de junio y diciembre?

Suma la adicional a la mesada del mes en que te la pagan. Así verás el efecto en ese mes.

### ¿La retención que me hacen es mi impuesto final?

No. Es un anticipo. Si declaras renta, se resta del impuesto del año. Si no tienes que declarar, es lo que pagas.

### ¿Cambia la UVT cada año?

Sí. La DIAN publica la del año siguiente cada diciembre, y con ella cambia el tope de 1.000 UVT. Puedes cambiarla en opciones avanzadas.

### ¿Esto es una asesoría tributaria?

No, es una estimación con el texto vigente del [Estatuto Tributario](https://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/estatuto_tributario.html) y la UVT de la [DIAN](https://www.dian.gov.co). Compara con tu desprendible.

## Fuentes

- Artículo 206 del Estatuto Tributario — Secretaría del Senado de Colombia: https://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/estatuto_tributario.html
- DIAN: https://www.dian.gov.co
