# Calculadora de impuesto por vender bonos en República Dominicana: neto

> Impuesto por vender bonos en República Dominicana: calcula la retención del 10 % de los cupones, el ISR de la ganancia y tu neto. Gratis y sin registro.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/impuesto-venta-bonos-renta-fija-republica-dominicana/
- Solo República Dominicana.

## En resumen

- En República Dominicana, los intereses (cupones) de un bono pagados a una persona física residente llevan una retención del 10 % como pago único y definitivo.
- La ganancia al vender el bono, precio de venta menos costo, se suma a tu renta del año y paga ISR con la escala del artículo 296.
- Con una compra de RD$1,000,000.00, venta de RD$1,060,000.00, cupones de RD$90,000.00 y otra renta de RD$500,000.00, pagas RD$18,000.00 de impuesto y te quedan RD$132,000.00.
- Una venta con pérdida no paga impuesto por la venta, pero la pérdida solo compensa ganancias de capital.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Precio al que compraste el bono: RD$1,000,000
- Precio al que lo vendes: RD$1,060,000
- Intereses (cupones) cobrados, brutos: RD$90,000
- Tu renta neta gravable del año, sin esta venta: RD$500,000
- Régimen del bono: Sin exención
- Ajuste por inflación del costo: 0 %
- Retención sobre los intereses: 10 %
- Tramo exento anual del ISR: RD$416,220
- Fin del tramo del 15 %: RD$624,329
- Fin del tramo del 20 % (encima, 25 %): RD$867,123

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Neto total: RD$132,000
- Impuesto total: RD$18,000

## ¿Qué impuesto se paga al vender un bono en República Dominicana?

**Pagas dos cosas distintas:** una retención del 10 % sobre los cupones y el impuesto sobre la renta (ISR) por la ganancia de la venta. Esta calculadora las separa y te da el neto.

Los cupones son los intereses que paga el bono. Según el artículo 306 bis del Código Tributario, quien los paga retiene el 10 % como **pago único y definitivo**. Si el bono está en una central de valores, es la central la que retiene.

La ganancia es la diferencia entre lo que cobras al vender y lo que pagaste. Esa ganancia es una ganancia de capital (artículo 289). Puedes leer el texto en la [página de leyes tributarias de la DGII](https://dgii.gov.do/legislacion/leyesTributarias/Paginas/default.aspx).

## Cómo usar la calculadora

- **Precio de compra:** lo que pagaste por el bono, en pesos dominicanos.
- **Precio de venta:** lo que cobras al venderlo.
- **Cupones cobrados:** los intereses brutos recibidos mientras lo tuviste.
- **Renta neta gravable del año:** lo que ganas sin esta venta (sueldo, alquileres). Importa porque la ganancia se suma a ella.
- **Opciones avanzadas:** régimen del bono, ajuste por inflación del costo, retención y tramos de la escala.

## Cómo se calcula

```
Retención de cupones = cupones × 10 %
Ganancia = precio de venta − costo ajustado
ISR de la ganancia = ISR(renta del año + ganancia) − ISR(renta del año)
Neto total = cupones − retención + (venta − compra) − ISR de la ganancia
```

El ISR usa la escala del artículo 296 con las cifras de 2026 de la DGII. Es progresiva: no paga nada hasta RD$416,220, paga 15 % hasta RD$624,329, 20 % hasta RD$867,123 y 25 % por encima. Solo se grava la parte de la ganancia que cae en cada tramo.

## Ejemplo: compra de RD$1,000,000

Compras un bono por RD$1,000,000.00 y lo vendes por RD$1,060,000.00. Cobraste RD$90,000.00 de cupones y tu renta neta del año, sin esta venta, es RD$500,000.00.

| Paso | Importe |
| --- | --- |
| Retención de cupones (10 %) | RD$9,000.00 |
| Cupones netos | RD$81,000.00 |
| Ganancia de capital | RD$60,000.00 |
| ISR de la ganancia (15 %) | RD$9,000.00 |
| Impuesto total | RD$18,000.00 |
| Neto total | RD$132,000.00 |

Tu renta de RD$500,000 ya está en el tramo del 15 %. Por eso toda la ganancia de RD$60,000 paga 15 %. De cada RD$100 de ganancia, pagas RD$15.

## Casos especiales

1. **Vendes con pérdida.** No hay impuesto por la venta. Según el artículo 289, la pérdida de capital solo compensa ganancias de capital, ahora o en ejercicios siguientes.
2. **Tu renta es baja.** Si tu renta del año está bajo RD$416,220, la ganancia puede caer en el tramo exento y no pagar ISR.
3. **Bono con exención.** Algunos bonos tienen una exención expresa en su ley o prospecto. Elígelo en Opciones avanzadas: la ganancia no paga ISR, pero los cupones se calculan con la retención que pongas.
4. **Ajuste por inflación.** El artículo 289 permite ajustar el costo por inflación. Con un ajuste del 5 %, un costo de RD$1,000,000 pasa a RD$1,050,000 y la ganancia baja a RD$10,000.00.

## Qué no cubre

- Bonos de una empresa con retención distinta o comisiones de venta.
- Pagos desde el extranjero y convenios para evitar la doble imposición.
- La devolución de la retención si tus rentas son bajas, que se pide en la declaración (artículo 306 bis, párrafo I).
- Escalas futuras: la Ley 30-26 trae otra desde 2027.
- La ganancia por vender acciones o fondos: son otros regímenes.

La ley no trae una regla específica para la ganancia al vender un bono. Por eso la calculadora usa un criterio prudente: sumar la ganancia a tu renta del año. Confirma tu caso con la DGII.

Para tu renta anual completa, usa la [calculadora del ISR de personas físicas](https://skilio.com/calculadoras/isr-anual-republica-dominicana/). Para fondos, mira la [calculadora de venta de fondos y ETF](https://skilio.com/calculadoras/impuesto-venta-fondos-inversion-etf-republica-dominicana/).

## Errores comunes

- **Creer que el 10 % cubre todo.** Cubre los cupones, no la ganancia de la venta.
- **Olvidar tus otras rentas.** La ganancia pesa más si ya estás en un tramo alto.
- **Restar mal el costo.** La ganancia sale del precio pagado, no del valor nominal del bono, si son distintos.
- **Dar por perdida la pérdida.** Anótala: puede compensar ganancias de capital futuras.

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuánto se retiene por los cupones de un bono en República Dominicana?

El 10 %. Sobre RD$90,000.00 de cupones, son RD$9,000.00 y te quedan RD$81,000.00.

### ¿Tengo que declarar la ganancia por vender un bono?

La ganancia de capital forma parte de tu renta del año. Declárala en tu IR-1 según te indique la DGII.

### ¿Puedo recuperar la retención de los cupones?

Sí, en algunos casos. El artículo 306 bis permite pedir la devolución si tu renta neta gravable es baja. Los límites se ajustan por inflación.

### ¿Qué pasa en República Dominicana si vendo un bono con pérdida?

No pagas impuesto por la venta. La pérdida solo compensa ganancias de capital, de este ejercicio o de los siguientes.

### ¿Los bonos del gobierno están exentos?

Depende de la ley o del prospecto de cada emisión. Si el tuyo trae una exención expresa, marca el régimen exento en Opciones avanzadas.

### ¿Este cálculo sustituye a la DGII?

No. Es una estimación con la ley vigente y un criterio prudente para la ganancia. Confirma tu caso en la [DGII](https://dgii.gov.do/).

## Fuentes

- Página de leyes tributarias de la DGII: https://dgii.gov.do/legislacion/leyesTributarias/Paginas/default.aspx
