# Calculadora de impuesto por vender un fondo o ETF en Chile

> Calcula el impuesto por vender un fondo o ETF en Chile con aportes mensuales: 10 % único o global complementario. Solo para Chile. Gratis y sin registro.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/impuesto-venta-fondos-inversion-etf-chile/
- Solo Chile.

## En resumen

- Si vendes en bolsa un ETF o fondo con presencia bursátil, la ganancia paga un impuesto único de 10 %: con $5.000.000 iniciales y $200.000 al mes durante 24 meses, aportas $9.800.000.
- Si vendes todo por $12.000.000, la ganancia es $2.200.000, el impuesto $220.000 y te quedan $11.780.000.
- Un fondo mutuo fuera del artículo 107 paga global complementario sobre toda la ganancia, sin mínimo exento: con $20.000.000 de otras rentas, ese mismo caso paga $88.000.
- Las pérdidas del régimen de 10 % solo se restan de ganancias del mismo régimen.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Tu fondo o ETF: Impuesto único de 10 %
- Aporte inicial: $5.000.000
- Aporte mensual: $200.000
- Meses con aporte: 24
- Valor de venta o rescate: $12.000.000
- Reajuste del costo (variación de la UF): 0 %
- Pérdidas de años anteriores del mismo régimen: $0
- Valor de la UTA: $834.504

Según el modo que elijas, también:

- Otras rentas del año que suman al global complementario: $20.000.000

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Impuesto a pagar: $220.000
- Mayor valor (ganancia): $2.200.000
- Te queda de la venta: $11.780.000

## ¿Cuánto impuesto pagas por vender un fondo o ETF en Chile?

Depende del régimen de tu fondo. Si es un ETF o un fondo con presencia bursátil que vendes en bolsa, pagas un **impuesto único de 10 %** sobre la ganancia. Si es un fondo mutuo fuera de ese régimen, la ganancia se suma a tus rentas y paga el impuesto global complementario.

La ganancia se llama *mayor valor*: lo que recibes por la venta menos lo que aportaste. Si vendes con pérdida, no pagas nada. La fuente es la [Ley sobre Impuesto a la Renta](https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=6368), artículos 107 y 108. Esta página es solo para Chile.

## Cómo usar la calculadora

1. **Tu fondo o ETF.** Elige «Impuesto único de 10 %» si es un ETF o fondo con presencia bursátil vendido en bolsa, o un fondo mutuo que cumple el artículo 107. Si no, elige «Fondo mutuo con global complementario». El certificado de tu administradora indica cuál es.
2. **Aporte inicial, aporte mensual y meses.** La calculadora suma todo lo que pusiste.
3. **Valor de venta o rescate**: lo que recibes por todas las cuotas.
4. **Otras rentas del año** (solo en el segundo régimen): tu renta anual sin esta venta. Sirve para saber en qué tramo del [impuesto global complementario](https://skilio.com/calculadoras/impuesto-global-complementario-chile/) cae la ganancia.

En **Opciones avanzadas** puedes reajustar el costo con la variación de la UF, restar pérdidas anteriores y cambiar el valor de la UTA.

## Fórmula

```
Costo = aporte inicial + aporte mensual × meses
Mayor valor = valor de venta − costo reajustado
Impuesto único: 10 % × (mayor valor − pérdidas anteriores)
Global complementario: global(otras rentas + mayor valor) − global(otras rentas)
```

El costo reajustado es el costo multiplicado por (1 + variación de la UF). El global complementario usa la tabla del artículo 52 de la ley, que va del 0 % al 40 % según la renta en UTA, con exención hasta 13,5 UTA.

## Ejemplo con impuesto único

Aportas $5.000.000 al inicio y $200.000 al mes durante 24 meses. Vendes todo por $12.000.000.

| Concepto | Importe |
| --- | --- |
| Aporte inicial | $5.000.000 |
| Aportes mensuales (24 meses) | $4.800.000 |
| Costo total | $9.800.000 |
| Mayor valor (ganancia) | $2.200.000 |
| Impuesto único de 10 % | $220.000 |
| Te queda de la venta | $11.780.000 |

El impuesto es el 10 % de la ganancia, no de la venta: $220.000 frente a $12.000.000 vendidos.

## Fondo mutuo con global complementario

El artículo 108 se aplica a los fondos mutuos que no están en el artículo 107. La ganancia, medida en UF, se suma a tus otras rentas del año y se aplica la tabla del global. No hay un mínimo exento propio: solo cuenta la exención general de 13,5 UTA ($11.265.804 con una UTA de $834.504, de diciembre de 2025).

Con el mismo ejemplo y $20.000.000 de otras rentas, el global sube de $349.368 a $437.368, así que la ganancia paga **$88.000**. Con $0 de otras rentas, la ganancia cae bajo 13,5 UTA y no paga.

## Pérdidas al vender fondos y ETF

En el régimen de 10 %, la pérdida no se resta de tu sueldo. Solo puedes restarla de ganancias del mismo régimen, del mismo año o de los siguientes, reajustada. Escríbela en «Pérdidas de años anteriores del mismo régimen». Para acciones tienes la [calculadora de impuesto por vender acciones](https://skilio.com/calculadoras/impuesto-renta-acciones-chile/) y la de [compensar pérdidas](https://skilio.com/calculadoras/compensar-perdidas-venta-acciones-impuesto-chile/).

## Lo que no incluye

Es una estimación. Suma tus aportes como un solo costo, sin reajustar cada uno por separado: si quieres afinar, usa el reajuste de las opciones avanzadas. No cubre comisiones ni fondos de inversión sin presencia bursátil fuera del artículo 107. Para comparar con un ahorro sin riesgo de mercado, mira el [depósito a plazo en Chile](https://skilio.com/calculadoras/deposito-plazo-chile/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Los ETF pagan el mismo impuesto que los fondos mutuos?

No siempre. Un ETF con presencia bursátil vendido en bolsa paga 10 % único. Un fondo mutuo paga 10 % solo si cumple los requisitos del artículo 107; si no, aplica el global complementario.

### ¿Se paga impuesto cada vez que cambio de fondo mutuo?

No necesariamente. La ley no considera rescate el traspaso a otro fondo mutuo hecho con el poder que la ley exige, siempre que el destino no sea un fondo mutuo con alta inversión en valores bursátiles de los que cita el artículo 107. El impuesto llega al rescate final.

### ¿Cuándo se declara la venta de un fondo?

En la Operación Renta de abril del año siguiente, en el Formulario 22 del SII. Tu administradora o corredora informa al SII y suele aparecer en la propuesta.

### ¿Qué pasa si aporté en distintos meses?

Cuenta el total aportado. La calculadora suma el aporte inicial y los mensuales, y compara con el valor de venta de todas tus cuotas.

### ¿Puedo restar la pérdida de un fondo de mi sueldo?

No. En el régimen de 10 %, la pérdida solo se resta de ganancias del mismo régimen. Si no hay ganancia, no hay impuesto que pagar.

## Fuentes

- Ley sobre Impuesto a la Renta — Biblioteca del Congreso Nacional de Chile: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=6368
