# Calculadora de indemnización del artículo 247 por falta de trabajo o fuerza mayor

> Calcula la indemnización del art. 247 de la LCT en Argentina: la mitad de la del art. 245 si te despiden por fuerza mayor o falta de trabajo.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/indemnizacion-art-247-argentina/
- Solo Argentina.

## En resumen

- En Argentina, si te despiden por fuerza mayor o por falta o disminución de trabajo, cobras la mitad de la indemnización por despido sin causa (art. 247 de la LCT).
- Con un mejor sueldo de $ 1.200.000 y 8 años a pagar, el despido sin causa daría $ 9.600.000 y el del artículo 247, $ 4.800.000.
- Se cuenta 1 sueldo por año de servicio o fracción de más de 3 meses, y el tope del convenio nunca baja la base del 67 % del sueldo.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Mejor sueldo mensual normal y habitual: $ 1.200.000
- Fecha de ingreso: 2019-03-01
- Fecha del despido: 2026-09-30
- Tope del convenio colectivo: $ 0

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Indemnización del art. 247: $ 4.800.000,00
- Con despido sin causa (art. 245): $ 9.600.000,00

## Cuánto cobras con el artículo 247

Si te despiden por **fuerza mayor** o por **falta o disminución de trabajo**, la indemnización es **la mitad** de la de un despido sin causa. Lo dice el artículo 247 de la [Ley de Contrato de Trabajo](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/25552/texact.htm) (LCT). Es decir, de cada 100 pesos que te tocarían por un despido sin causa, aquí te corresponden 50.

La calculadora hace las dos cuentas y te muestra la diferencia. Es una estimación bruta, con la ley vigente.

## Cuándo se aplica el artículo 247

La ley pide dos cosas a la vez:

- Que el despido se deba a **fuerza mayor** o a **falta o disminución de trabajo** que **no sea culpa del empleador**.
- Que esa causa esté **fehacientemente justificada**, es decir, bien probada.

Si el empleador no puede probarla, el despido se trata como un despido sin causa y la indemnización es la completa del artículo 245. Esta página no decide cuál de los dos casos es el tuyo: calcula el artículo 247 con los datos que escribes.

La ley también fija un orden: el despido debe empezar por el personal **menos antiguo** de cada especialidad. Entre quienes entraron en el mismo semestre, por el que tenga menos cargas de familia.

## Cómo usar la calculadora

1. **Mejor sueldo mensual normal y habitual**: el sueldo bruto más alto de los últimos 12 meses, sin aguinaldo ni vacaciones.
2. **Fecha de ingreso** y **fecha del despido** (tu último día de trabajo).

En **Opciones avanzadas** puedes poner el **tope de tu convenio colectivo**. Lo publica la Secretaría de Trabajo en [argentina.gob.ar](https://www.argentina.gob.ar/trabajo). Si lo dejas en 0, se calcula sin tope.

## Cómo se calcula

```
Años = años completos + 1 si la fracción pasa de 3 meses (mínimo 1)
Base = mejor sueldo; con tope: máx(mín(sueldo, tope), 67 % del sueldo)
Artículo 245 = años × base
Artículo 247 = artículo 245 / 2
```

Una fracción de **exactamente 3 meses** no cuenta como año; una de 3 meses y un día, sí. El tope del convenio es de 3 veces el salario promedio de ese convenio, pero **nunca puede dejar la base por debajo del 67 %** de tu sueldo.

Para quien lleva menos de 1 año, el artículo 245 garantiza al menos 1 sueldo. Aquí se toma la mitad de ese mínimo, o sea medio sueldo. Es el criterio más prudente: la ley dice «la mitad de la prevista en el artículo 245».

## Ejemplo: 8 años con $ 1.200.000

Mejor sueldo de $ 1.200.000, ingreso el 1 de marzo de 2019 y despido el 30 de septiembre de 2026. La antigüedad es de 7 años y 7 meses: la fracción pasa de 3 meses, así que se pagan 8 años.

| Concepto | Cálculo | Importe |
| --- | --- | --- |
| Años a pagar | 7 años y 7 meses | 8 |
| Artículo 245 (despido sin causa) | 8 × $ 1.200.000,00 | $ 9.600.000,00 |
| **Artículo 247** | mitad | **$ 4.800.000,00** |

Con un tope de convenio de $ 900.000, la base baja a $ 900.000 y la indemnización del artículo 247 queda en $ 3.600.000,00. Con un tope de $ 600.000, la base no baja del 67 % de tu sueldo ($ 804.000) y queda en $ 3.216.000,00.

## Qué no incluye

La indemnización del artículo 247 es solo una parte de lo que se paga al terminar el contrato. Aparte van, según el caso:

- Los **días trabajados** del mes del despido.
- El **aguinaldo proporcional**: puedes calcularlo en la [calculadora de aguinaldo](https://skilio.com/calculadoras/aguinaldo-argentina/).
- Las **vacaciones no gozadas**: mira la [calculadora de vacaciones no gozadas](https://skilio.com/calculadoras/vacaciones-no-gozadas-argentina/).
- El **preaviso**: consulta la [calculadora de preaviso](https://skilio.com/calculadoras/preaviso-argentina/).

Para ver todo junto en un despido sin causa, usa la [calculadora de indemnización por despido](https://skilio.com/calculadoras/indemnizacion-despido-argentina/) o la de [liquidación final](https://skilio.com/calculadoras/liquidacion-final-argentina/). Si el pago se atrasa, la deuda se actualiza: la [calculadora de actualización de créditos laborales](https://skilio.com/calculadoras/actualizacion-credito-laboral-argentina/) te da una idea.

## Período de prueba y convenios

Durante el período de prueba (los primeros 6 meses, artículo 92 bis) no hay indemnización por antigüedad. La calculadora te lo avisa y da 0. Algunos convenios lo amplían (hasta 8 meses o 1 año según el tamaño de la empresa); esta calculadora usa los 6 meses de la ley. Si tu convenio cambió esta indemnización por un fondo de cese laboral, el cálculo es otro. Para empleadas domésticas rige otra ley.

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuánto es la indemnización del artículo 247?

Es el 50 % de la indemnización del artículo 245. Con 1 sueldo por año de servicio, un trabajador con 8 años a pagar cobra 4 sueldos en lugar de 8.

### ¿Qué es la fuerza mayor en un despido?

Es un hecho externo, imprevisible e inevitable que impide seguir con el trabajo, como un incendio que destruye el local. La ley pide que el empleador lo pueda justificar con pruebas.

### ¿Y la falta o disminución de trabajo?

Es una caída real de la actividad que no se debe a mala gestión del empleador. Tiene que estar bien justificada y el despido debe seguir el orden de antigüedad que fija la ley.

### ¿El preaviso se cobra también?

Esta calculadora no lo incluye. El preaviso tiene su propia regla y su calculadora, [aquí](https://skilio.com/calculadoras/preaviso-argentina/). Consulta tu caso y tu convenio.

### ¿Cuenta el aguinaldo para el sueldo base?

No. La base es la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año, sin aguinaldo, vacaciones ni premios que no se paguen cada mes.

### ¿Es exacto lo que calcula esta página para el artículo 247?

Es una estimación bruta con los datos que escribes. El importe final puede variar según tu convenio y cómo se compruebe la causa.

## Fuentes

- Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744) — InfoLEG (normas de Argentina): https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/25552/texact.htm
- Gobierno de Argentina: https://www.argentina.gob.ar/trabajo
