# Calculadora de indemnización de la ART por incapacidad en Argentina

> Calcula la indemnización de la ART por incapacidad permanente en Argentina: ingreso base, edad, porcentaje de incapacidad, mínimo legal y RIPTE.

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- Solo Argentina.

## En resumen

- En Argentina, la ART paga por una incapacidad permanente 53 veces el ingreso base mensual, por el porcentaje de incapacidad y por 65 dividido tu edad (Ley 24.557, art. 14).
- Con un ingreso base de $ 2.500.000, 40 años y 20 % de incapacidad, la indemnización estimada es de $ 43.062.500.
- Si el accidente fue en el lugar de trabajo, se suma un adicional del 20 %: en ese ejemplo, $ 8.612.500 más, en total $ 51.675.000.
- Con 66 % o más de incapacidad, la incapacidad es total y no se multiplica por el porcentaje: el mismo caso da $ 215.312.500.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Ingreso base mensual: $ 2.500.000
- Edad al accidente: 40 años
- Porcentaje de incapacidad: 20 %
- Variación del RIPTE hasta el pago: 0 %
- Mínimo legal por el 100 % de incapacidad: $ 114.354.110

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Indemnización de la ART: $ 43.062.500
- Con el adicional del 20 %: $ 51.675.000

## ¿Cuánto paga la ART por una incapacidad permanente?

La ART paga una **indemnización de pago único** que depende de tres datos: tu ingreso base mensual, tu edad y el porcentaje de incapacidad. Se calcula con la [Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/27971/texact.htm) (arts. 12, 14 y 15). La ART es la aseguradora de riesgos del trabajo de tu empleador. Esta página es solo para Argentina.

Es una estimación. La cifra final la fijan la comisión médica y la ART.

## Cómo se calcula la indemnización

Con una incapacidad parcial (menos de 66 %), la fórmula es:

```
indemnización = 53 × ingreso base × (% de incapacidad) × (65 ÷ edad)
```

- **Ingreso base:** el promedio mensual de tus sueldos del año anterior al accidente, actualizados mes a mes por el RIPTE (índice de remuneraciones imponibles promedio de trabajadores estables).
- **65 ÷ edad:** cuanto más joven eres, mayor es el coeficiente, porque la lesión te afecta más años.
- **Sin tope:** desde 2009 la indemnización no tiene tope máximo.

Con 66 % o más (incapacidad total, art. 15), la ley no multiplica por el porcentaje: **53 × ingreso base × 65 ÷ edad**.

## Cómo usar la calculadora

1. Escribe tu **ingreso base mensual**.
2. Escribe tu **edad el día del accidente** (la primera manifestación de la lesión).
3. Escribe el **porcentaje de incapacidad** que dio la comisión médica.
4. En las opciones avanzadas puedes sumar la **variación del RIPTE** hasta el pago y cambiar el mínimo legal si ya salió uno nuevo.

## Ejemplo

Ingreso base de $ 2.500.000, 40 años y 20 % de incapacidad:

| Paso | Cuenta | Resultado |
| --- | --- | --- |
| 53 veces el ingreso base | 53 × $ 2.500.000 | $ 132.500.000 |
| Por el 20 % de incapacidad | $ 132.500.000 × 0,20 | $ 26.500.000 |
| Por 65 ÷ 40 | $ 26.500.000 × 1,625 | $ 43.062.500 |
| Adicional del 20 % | $ 43.062.500 × 0,20 | $ 8.612.500 |
| Total con el adicional | | $ 51.675.000 |

Mientras la incapacidad es provisoria, la ART paga además una prestación mensual de $ 500.000 (ingreso base por 20 %).

## Qué es el mínimo legal

La indemnización no puede ser menor que un monto que fija la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) y que se actualiza por el RIPTE cada seis meses. Del 1 de septiembre de 2026 al 28 de febrero de 2027 es de **$ 114.354.110 por el 100 % de incapacidad**; antes fue de $ 97.502.420. Si tu incapacidad es de 20 %, el mínimo es de $ 22.870.822. Se compara con la fórmula y se paga lo que sea mayor. Puedes ver la norma en la [página de normativa de la SRT](https://www.srt.gob.ar/index.php/normativa/).

## Incapacidad menor y mayor de 66 %

| Porcentaje | Qué dice la ley | Qué calcula la página |
| --- | --- | --- |
| Hasta 50 % | Indemnización de pago único (art. 14) | La fórmula con el porcentaje |
| Más de 50 % y menos de 66 % | Renta periódica (art. 14) | Su valor total equivalente |
| 66 % o más | Incapacidad total (art. 15) | 53 × ingreso base × 65 ÷ edad |

Con 66 % o más, el mismo caso de arriba da $ 215.312.500. La prestación mensual provisoria es el 70 % del ingreso base: $ 1.750.000.

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué es el ingreso base de la ART?
Es el promedio mensual de tus sueldos del año anterior al accidente, actualizados por el RIPTE. Si trabajaste menos de un año, se usa el tiempo que trabajaste.

### ¿El adicional del 20 % siempre se suma?
No. Corresponde cuando el daño ocurre en el lugar de trabajo o mientras estás a disposición de tu empleador. No se suma en un accidente en el camino de ida o vuelta (in itínere). La página lo muestra aparte.

### ¿Por qué influye mi edad?
La fórmula multiplica por 65 y divide por tu edad. A los 30 años el coeficiente es de unas 2,17 veces; a los 60, de 1,08. Cuanto más joven, más años de vida laboral afectados.

### ¿Qué pasa si la ART tarda en pagar?
Hasta el pago, el ingreso base crece con el RIPTE. Si la ART se atrasa más allá del plazo, la ley suma un interés (art. 12, apartado 3). Esta calculadora no lo incluye.

### ¿Cuál es la diferencia con la indemnización por despido?
La de la ART compensa una lesión o enfermedad del trabajo. La del despido se calcula con la antigüedad: mira la [calculadora de indemnización por despido](https://skilio.com/calculadoras/indemnizacion-despido-argentina/).

### ¿Puedo cobrar también una jubilación?
Sí. La ley dice que las prestaciones de la ART son compatibles con las del régimen previsional (art. 16, apartado 3), salvo durante la incapacidad total provisoria. Para tu jubilación, mira la [calculadora de jubilación ANSES](https://skilio.com/calculadoras/jubilacion-anses-argentina/).

## Fuentes

- Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo — InfoLEG (normas de Argentina): https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/27971/texact.htm
- Página de normativa de la SRT — srt.gob.ar: https://www.srt.gob.ar/index.php/normativa/
