# Calculadora de indemnización por despido de una trabajadora oficial embarazada en Colombia

> Calcula la indemnización de 60 días de salario más 8 semanas de licencia por despedir a una trabajadora oficial embarazada en Colombia.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/indemnizacion-despido-trabajadora-oficial-embarazada-colombia/
- Solo Colombia.

## En resumen

- En Colombia, a la trabajadora oficial despedida sin los requisitos del decreto durante el embarazo le corresponde una indemnización de 60 días de salario.
- Con un salario de $ 3.000.000, un día vale $ 100.000 y la indemnización de 60 días es de $ 6.000.000.
- Si el despido impidió la licencia de 8 semanas, se suman $ 5.600.000 y el total es de $ 11.600.000.
- Con un salario de $ 1.750.905, los 60 días suman $ 3.501.810; se pagan además las demás prestaciones.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Último salario mensual: $ 3.000.000
- Promedio mensual de lo variable: $ 0
- Semanas de licencia que no pudiste tomar: 8
- ¿Cuándo fue el despido?: En el embarazo o en los 3 meses siguientes al parto o aborto
- Tipo de vínculo: Trabajadora oficial (contrato de trabajo)
- Autorización del Inspector del Trabajo: El despido fue sin autorización

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Indemnización: $ 6.000.000
- Licencia no disfrutada: $ 5.600.000
- Total: $ 11.600.000

## ¿Cuánto se paga por despedir a una trabajadora oficial embarazada?

Se paga una indemnización de **60 días de salario**, más la licencia remunerada de **8 semanas** si el despido impidió tomarla. Esta calculadora lo estima con el último salario.

Solo sirve para Colombia. La regla está en el artículo 2.2.31.3 del [Decreto 1083 de 2015](https://normativa.colpensiones.gov.co/colpensiones/compilacion/docs/decreto_1083_2015.htm), que recoge el Decreto 1848 de 1969.

## Quién entra en este régimen

La trabajadora oficial es quien tiene contrato de trabajo con una entidad pública. No es lo mismo que la empleada pública, que tiene una relación legal y reglamentaria.

- El artículo 2.2.31.1 prohíbe despedir por embarazo o lactancia a la empleada pública y a la trabajadora oficial.
- Durante el embarazo y los 3 meses siguientes al parto o aborto, solo se la puede retirar por justa causa y con autorización del Inspector del Trabajo.
- Si no se cumple, se presume que el despido fue por el embarazo (artículo 2.2.31.2).
- Los 60 días y las 8 semanas son para la trabajadora oficial (artículo 2.2.31.3). Si trabajas en el sector privado, mira la [indemnización por despido en embarazo](https://skilio.com/calculadoras/indemnizacion-despido-embarazada-colombia/).

## Cómo se calcula

```
Base = último salario + promedio de lo variable
Día = base / 30
Indemnización = día × 60
Licencia = día × 7 × semanas (8 semanas = 56 días)
Total = indemnización + licencia
```

- **Último salario:** el básico mensual. No se suma el auxilio de transporte.
- **Lo variable:** comisiones o recargos. Pon el promedio mensual en Opciones avanzadas.
- **Licencia:** solo se suma si el despido impidió tomarla. El decreto dice 8 semanas.

De cada $ 100 de salario mensual, la indemnización de 60 días es de $ 200.

## Ejemplo: salario de $ 3.000.000

Con un último salario de $ 3.000.000, un día vale $ 100.000. La indemnización de 60 días es de $ 6.000.000 y la licencia de 8 semanas, de $ 5.600.000.

| Concepto | Valor |
| --- | --- |
| Indemnización de 60 días | $ 6.000.000 |
| Licencia de 8 semanas (56 días) | $ 5.600.000 |
| Total | $ 11.600.000 |
| Solo la indemnización con el salario mínimo de 2026 ($ 1.750.905) | $ 3.501.810 |

## Cuándo no se calcula la indemnización

La página pone el resultado en cero en tres casos, porque el artículo no los cubre:

- Si el despido tuvo la autorización del Inspector del Trabajo y una justa causa comprobada.
- Si ocurrió después de los 3 meses siguientes al parto o aborto.
- Si el vínculo es el de una empleada pública con relación legal y reglamentaria.

En esos casos pueden existir otros derechos, pero se calculan con otras reglas. Esta calculadora solo aplica lo que dice el artículo 2.2.31.3.

## Qué es la licencia de 8 semanas

Es el dinero que habría recibido la trabajadora durante la licencia si no la hubieran despedido. El decreto fija 8 semanas, es decir, 56 días de salario. Si ya disfrutó parte de la licencia, baja el número de semanas en Opciones avanzadas y el total se ajusta.

## Qué más se suma

El artículo aclara que esto va sin perjuicio de otras indemnizaciones y prestaciones del vínculo. Calcula aparte:

- Tus [cesantías como empleada pública](https://skilio.com/calculadoras/cesantias-empleados-publicos-colombia/) o el resto de tu [liquidación laboral](https://skilio.com/calculadoras/liquidacion-laboral-colombia/).
- La [indemnización por despido sin justa causa](https://skilio.com/calculadoras/indemnizacion-despido-sin-justa-causa-colombia/), si tu vínculo la prevé.
- La [licencia de maternidad](https://skilio.com/calculadoras/licencia-maternidad-paternidad-colombia/) vigente.
- Si el motivo fue una discapacidad, la [indemnización por estabilidad reforzada](https://skilio.com/calculadoras/indemnizacion-estabilidad-reforzada-colombia/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuántos días de salario se pagan a una trabajadora oficial despedida en embarazo?

Son 60 días de salario sobre el último salario devengado. Se suman las 8 semanas de licencia si el despido impidió disfrutarla.

### ¿Cuánto tiempo dura la protección después del parto?

El decreto la extiende hasta 3 meses después del parto o aborto. Pasado ese plazo, esta página no calcula los 60 días.

### ¿Y si la entidad tenía autorización del Inspector del Trabajo?

Entonces esta indemnización no corresponde. Puedes marcarlo en Opciones avanzadas y el resultado queda en cero.

### ¿Aplica a una empleada pública de carrera?

El artículo 2.2.31.3 habla de la trabajadora oficial. Para la empleada pública, la calculadora no estima los 60 días, porque su vínculo es legal y reglamentario.

### ¿Se cuenta el auxilio de transporte?

No. Se usa el último salario devengado, sin el auxilio. Es un criterio prudente; tu caso puede variar.

### ¿Es el valor exacto que pagará la entidad?

No, es una estimación con los datos que escribes. El pago final depende de tu contrato y de las normas que apliquen a tu caso.

## Fuentes

- Decreto 1083 de 2015 — normativa.colpensiones.gov.co: https://normativa.colpensiones.gov.co/colpensiones/compilacion/docs/decreto_1083_2015.htm
