# Calculadora de indemnización por embarazo en casas particulares en Argentina

> Calcula la indemnización por despido de una empleada de casas particulares embarazada o casada en Argentina: antigüedad, preaviso y un año de sueldos.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/indemnizacion-embarazo-casas-particulares-argentina/
- Solo Argentina.

## En resumen

- En Argentina, el despido sin causa de una empleada de casas particulares en los 7 meses y medio previos o posteriores al parto se presume por embarazo (art. 40 de la Ley 26.844), si avisó.
- La indemnización especial es de un año de remuneraciones (art. 41) y se suma a la de antigüedad; con el aguinaldo equivale a 13 sueldos.
- Con un sueldo de $ 1.000.000 y 4 años de antigüedad, suma $ 13.000.000 del año de sueldos y $ 4.000.000 por antigüedad.
- Con el preaviso y la integración del mes, el total estimado de ese ejemplo es de $ 18.533.333,33, sin la liquidación final.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Motivo de la protección: Embarazo
- Mejor sueldo mensual normal y habitual: $ 1.000.000
- Fecha de ingreso: 2022-09-01
- Fecha del despido: 2026-10-15
- Fecha del parto (o la probable): 2027-03-10

Según el modo que elijas, también:

- Fecha del matrimonio: 2026-12-20

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Total a cobrar: $ 18.533.333,33
- Indemnización especial: $ 13.000.000,00
- Antigüedad: $ 4.000.000,00

## Cuánto suma si despiden a una empleada de casas particulares embarazada

Cuando una familia despide sin causa a su empleada y el despido llega entre **7 meses y medio antes y 7 meses y medio después del parto**, la Ley 26.844 supone que el motivo es el embarazo, si ella avisó. Cobra su indemnización normal y **un año de sueldos extra**.

Este régimen propio sustituye a la ley general de empleo para quien trabaja en un hogar. El resultado se arma con cuatro partes:

| Parte | Qué es | Base legal |
| --- | --- | --- |
| Indemnización especial | Un año de remuneraciones (12 sueldos, 13 con el aguinaldo) | Arts. 40 y 41 |
| Indemnización por antigüedad | 1 mes de sueldo por año o fracción mayor de 3 meses | Art. 48 |
| Preaviso | 10 días de sueldo (menos de 1 año) o 30 días (1 año o más) | Arts. 42 y 43 |
| Integración del mes | Los días que faltan hasta fin de mes | Art. 44 |

El texto de la ley está en [InfoLEG](https://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/210000-214999/210489/texact.htm). Los pagos reales pueden variar según cada situación.

## El plazo de protección

El plazo se mide desde el día del parto. Aquí se toma como el intervalo que va de 7 meses y 15 días antes a 7 meses y 15 días después. Si el bebé aún no ha nacido, sirve la fecha probable del certificado. También rige si el embarazo se interrumpe o el bebé nace sin vida.

La trabajadora debe haber **avisado del embarazo** con un certificado médico con la fecha probable del parto (artículo 39). Si el despido queda fuera de ese intervalo o no hubo aviso, el año extra no se suma y la página lo indica.

Por **matrimonio** (artículo 41) la misma indemnización corresponde si el despido es sin causa, o la causa no se prueba, y ocurre entre **3 meses antes y 6 meses después** de la boda. Hace falta haber avisado de forma fehaciente dentro de esos plazos.

## Cómo usar la calculadora

1. Elige el **motivo**: embarazo o matrimonio.
2. Escribe el **mejor sueldo mensual** normal y habitual del último año, sin aguinaldo ni vacaciones.
3. Pon la **fecha de ingreso** y la **fecha del despido** (el último día de trabajo).
4. Pon la **fecha del parto** (real o probable) o la **del matrimonio**.
5. Marca si **avisó** al empleador.

En **Opciones avanzadas** puedes indicar si dieron el preaviso y quitar el aguinaldo del año de sueldos.

## Cómo se calcula cada parte

```
Especial = 12 sueldos + 1 de aguinaldo = 13 sueldos
Antigüedad = años × sueldo (mínimo 1 año; se suma 1 si la fracción pasa de 3 meses)
Preaviso = sueldo / 30 × 10 o 30 días
Integración = sueldo / 30 × días que faltan hasta fin de mes
Total = especial + antigüedad + preaviso + integración
```

El artículo 48 toma la mejor remuneración mensual del último año y **no pone tope**. Si la antigüedad es menor de 3 meses, igualmente se paga un mes de sueldo como mínimo. Si dieron el preaviso, no se pagan ni el preaviso ni la integración del mes.

## Ejemplo: sueldo de $ 1.000.000 y 4 años de antigüedad

Ingreso el 1 de septiembre de 2022, despido el 15 de octubre de 2026 y parto previsto el 10 de marzo de 2027. El despido cae unos 5 meses antes del parto: está dentro del plazo. La antigüedad es de 4 años, 1 mes y 15 días, así que se pagan 4 años. Quedan 16 días del mes.

| Concepto | Cálculo | Importe |
| --- | --- | --- |
| Indemnización especial | 13 × $ 1.000.000,00 | $ 13.000.000,00 |
| Indemnización por antigüedad | 4 × $ 1.000.000,00 | $ 4.000.000,00 |
| Preaviso | 30 días | $ 1.000.000,00 |
| Integración del mes | 16 días | $ 533.333,33 |
| **Total** | | **$ 18.533.333,33** |

Sin el aguinaldo, el año de sueldos queda en $ 12.000.000,00. De cada 100 pesos del total, unos 70 vienen del año de sueldos especial.

## Qué no incluye

La calculadora no suma la **liquidación final**: los días trabajados del mes, el aguinaldo proporcional (art. 28) y las vacaciones no gozadas. Para el sueldo y el aguinaldo tienes la [calculadora de sueldo de casas particulares](https://skilio.com/calculadoras/sueldo-casas-particulares-argentina/) y la de [aguinaldo de casas particulares](https://skilio.com/calculadoras/aguinaldo-casas-particulares-argentina/). Si trabajó en una empresa y no en una casa, usa la [calculadora de despido en el embarazo](https://skilio.com/calculadoras/indemnizacion-despido-embarazada-argentina/), que sigue otra ley.

Los importes son brutos. Los intereses por atrasos y otros pagos acordados no entran en el cálculo.

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuánto corresponde si despiden a una empleada doméstica embarazada?

Si avisó del embarazo y el despido cae dentro de los 7 meses y medio alrededor del parto, corresponde la indemnización por antigüedad más un año de sueldos (artículos 40, 41 y 48 de la Ley 26.844). Con la cifra del ejemplo, el año de sueldos es de $ 13.000.000.

### ¿Son 12 o 13 sueldos en casas particulares?

El artículo 41 de la Ley 26.844 dice «un año de remuneraciones». Muchos cálculos añaden el aguinaldo y llegan a 13 sueldos; otros se quedan en 12. Aquí viene sumado de inicio y puedes quitarlo en Opciones avanzadas.

### ¿Tiene que avisar del embarazo?

Sí. La ley pide comunicarlo al empleador con un certificado médico donde conste la fecha probable del parto. Sin ese aviso no rige la presunción.

### ¿Una empleada de casas particulares tiene tope en la antigüedad?

No. El artículo 48 de la Ley 26.844 usa la mejor remuneración mensual del último año, sin tope de convenio, y garantiza al menos un mes de sueldo.

### ¿Y si se casó y la despidieron?

El artículo 41 da la misma indemnización especial si el despido es sin causa y ocurre entre 3 meses antes y 6 meses después de la boda, con aviso fehaciente. Elige «Matrimonio» en la calculadora.

### ¿Vale para quien trabaja en una empresa?

No. Esta calculadora es solo para el personal de casas particulares de Argentina. En otros empleos rige la Ley de Contrato de Trabajo.

## Fuentes

- InfoLEG (normas de Argentina): https://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/210000-214999/210489/texact.htm
