# Calculadora de indemnización por fin de contrato temporal: 12 días por año

> Calcula la indemnización por fin de contrato temporal en España: 12 días de salario por año trabajado, en proporción a tus días de contrato.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/indemnizacion-fin-contrato-temporal-espana/
- Solo España.

## En resumen

- Al acabar un contrato temporal de duración determinada te corresponden 12 días de sueldo por cada año trabajado, en proporción a los días de contrato.
- Con 19.600 € brutos al año y 549 días de contrato, son 18,0493 días de sueldo: unos 969,22 €, a 53,6986 € al día.
- Un año completo con ese sueldo daría 644,38 €; un contrato de 184 días daría 324,84 €.
- No la cobran los contratos de sustitución (interinidad) ni los formativos, y no hay un máximo legal.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Tipo de contrato temporal: Duración determinada (obra, eventual, circunstancias de la producción)
- Sueldo bruto anual: 19.600 €
- Fecha de alta: 2025-03-01
- Fecha de fin del contrato: 2026-08-31
- Salario diario (si lo sabes): 0 €

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Indemnización: 969,22 €
- Salario diario: 53,70 €

## ¿Cuánto es la indemnización por fin de contrato temporal?

Al acabar un contrato temporal de duración determinada te corresponden 12 días de salario por cada año trabajado, en proporción al tiempo real de contrato. Lo dice el artículo 49.1.c del [Estatuto de los Trabajadores](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430#a49): «la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar doce días de salario por cada año de servicio».

Dicho fácil: por cada 365 días de contrato cobras 12 días de sueldo. Si el contrato dura la mitad, cobras la mitad. Esta página es solo para España.

## Cómo se calcula

1. Divide tu sueldo bruto anual entre 365: es tu salario diario.
2. Cuenta los días de contrato, desde el día de alta hasta el último día, los dos incluidos.
3. Multiplica los días de contrato por 12 y divide entre 365: son tus días de indemnización.
4. Multiplica los días de indemnización por el salario diario.

```
salario diario = sueldo bruto anual ÷ 365
días de indemnización = 12 × días de contrato ÷ 365
indemnización = días de indemnización × salario diario
```

No hay máximo legal ni mínimo. Un contrato de un solo día da 12 ÷ 365 de día de sueldo.

## Cómo usar la calculadora

- **Tipo de contrato:** elige «Duración determinada» (obra o servicio, eventual, circunstancias de la producción). Los de sustitución y los formativos no la cobran.
- **Sueldo bruto anual:** el total del año con las pagas extra, antes de impuestos.
- **Fecha de alta y fecha de fin:** el primer y el último día de contrato. Si encadenaste contratos en la misma empresa, usa el alta del primero.
- **Salario diario** (opciones avanzadas): solo si lo sabes. Si lo dejas en 0, usamos tu sueldo entre 365.

## Ejemplo

Una persona con 19.600 € brutos al año trabaja desde el 1 de marzo de 2025 hasta el 31 de agosto de 2026.

| Paso | Resultado |
| --- | --- |
| Salario diario: 19.600 ÷ 365 | 53,6986 € |
| Días de contrato | 549 |
| Días de indemnización: 12 × 549 ÷ 365 | 18,0493 días |
| Indemnización | 969,22 € |

Con ese mismo sueldo, un año completo daría 644,38 € (12 días × 53,6986 €). Un contrato de seis meses, del 1 de marzo al 31 de agosto de 2026, tiene 184 días: son 6,0493 días de sueldo y 324,84 €.

## Qué contratos no la cobran

La ley no da esta indemnización en dos casos:

- **Contrato de sustitución (interinidad):** acaba cuando vuelve la persona a la que sustituías.
- **Contratos formativos:** formación en alternancia y práctica profesional.

Tu convenio colectivo o tu contrato pueden mejorar estas reglas. Mira lo que diga el tuyo.

## Fin de contrato y finiquito

La indemnización no es el finiquito. El finiquito es lo que te deben por el trabajo ya hecho: el último mes, las vacaciones sin disfrutar y la parte de paga extra. Se paga aunque no haya indemnización. Para sumarlo todo, usa la [calculadora de finiquito](https://skilio.com/calculadoras/finiquito-espana/).

Si te despiden antes de que acabe el contrato, no es un fin de contrato: se calcula como despido. Mira la [indemnización por despido](https://skilio.com/calculadoras/indemnizacion-despido-espana/) o el [despido objetivo](https://skilio.com/calculadoras/despido-objetivo-espana/).

## IRPF

Las indemnizaciones por despido están exentas hasta un límite (artículo 7.e de la [Ley del IRPF](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764#a7)). La de fin de contrato temporal no entra en esa exención: se suma a tus ingresos del trabajo. Para ver cuánto te queda, mira el [sueldo bruto y neto](https://skilio.com/calculadoras/salario-bruto-neto/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuántos días de indemnización me corresponden al acabar un contrato temporal?

12 días de salario por cada año trabajado, en proporción a los días de contrato. Con 6 meses cobras unos 6 días de sueldo; con 2 años, unos 24.

### ¿Cobro indemnización si el contrato era de sustitución?

No. El contrato de sustitución (interinidad) y los formativos quedan fuera del artículo 49.1.c del Estatuto. Cobras el finiquito, sin indemnización, salvo que tu convenio diga otra cosa.

### ¿La indemnización se calcula por meses o por días?

Por días. Es una parte proporcional de 12 días por año, así que cuenta cada día de contrato, y no por meses completos como en el despido.

### ¿Qué pasa si encadeno varios contratos temporales en la misma empresa?

Se calcula con el tiempo de cada contrato. Si sumas todos los días seguidos, usa como alta la del primero para ver el total, y resta lo que ya hayas cobrado al acabar cada uno.

### ¿Hay un máximo en la indemnización de fin de contrato temporal en España?

No. La ley no pone tope a esta indemnización: crece con los días de contrato.

### ¿Es lo mismo que el finiquito?

No. El finiquito paga lo que ya has trabajado (último mes, vacaciones y paga extra). La indemnización es un pago aparte por acabar el contrato.

Es una estimación con la ley general. Para un caso concreto, mira tu contrato y tu convenio.

## Fuentes

- Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) — Boletín Oficial del Estado (BOE): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430#a49
