# Calculadora de interrupción de la prescripción en Argentina: plazo con trámite en Trabajo

> Calcula en Argentina hasta cuándo corre el plazo de 2 años si hubo un trámite ante Trabajo: se suman hasta 6 meses, según cuánto duró.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/interrupcion-prescripcion-reclamo-administrativo-seis-meses-argentina/
- Solo Argentina.

## En resumen

- En Argentina, los créditos laborales prescriben a los 2 años (art. 256 de la LCT).
- Un trámite ante la autoridad administrativa del trabajo interrumpe ese plazo mientras dura, pero nunca por más de 6 meses (art. 257).
- Si el trámite duró 105 días, esos 105 días se suman al final del plazo de 2 años.
- Si el trámite dura más de 6 meses, solo se suman 183 días en el caso de un inicio el 1 de abril.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Fecha desde la que podías exigir el crédito: 2025-03-10
- Inicio del trámite en Trabajo: 2025-04-01
- Fin del trámite: 2025-07-15
- Fecha de hoy: 2026-11-06
- Plazo general de prescripción: 2 años
- Tope del efecto del trámite: 6 meses

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- El plazo vence el: 23/06/2027
- Días que quedan: 229 días
- Días que suma el trámite: 105 días

## Qué dicen los artículos 256 y 257

Si hiciste un trámite en el Ministerio de Trabajo y quieres saber cuánto tiempo te queda para acudir a la justicia, la respuesta está en la [Ley de Contrato de Trabajo](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/25552/texact.htm) (Ley 20.744, texto ordenado), en su texto vigente.

- **Artículo 256:** las acciones por créditos que nacen de la relación de trabajo prescriben a los **2 años**. Es una norma de orden público: ni un contrato ni un convenio colectivo pueden cambiar ese plazo.
- **Artículo 257:** el trámite ante la autoridad administrativa del trabajo **interrumpe el curso de la prescripción durante el trámite**, pero en ningún caso por más de **6 meses**.

En palabras sencillas: mientras tu trámite está en marcha, el reloj de los 2 años se detiene. Pero ese freno tiene un tope de medio año. Si el trámite dura más, el resto del tiempo el reloj vuelve a correr.

## Cómo se calcula

Esta calculadora usa un criterio prudente, en cuatro pasos:

1. **Vencimiento sin trámite:** la fecha desde la que podías exigir el crédito más 2 años. Si esa fecha es el 29 de febrero, el aniversario pasa al 28 de febrero.
2. **Tope:** el día de inicio del trámite más 6 meses.
3. **Días que se suman:** los días desde el inicio hasta el fin del trámite, o hasta el tope si el trámite fue más largo.
4. **Vencimiento final:** el vencimiento sin trámite más esos días.

Si el trámite sigue abierto, la calculadora toma el día de hoy como fin. Así ves cuántos días llevas acumulados.

## Ejemplo

Un trabajador pudo exigir una diferencia de sueldo desde el **10 de marzo de 2025**. Sin trámite, el plazo vencería el 10 de marzo de 2027.

Inició el trámite el **1 de abril de 2025** y terminó el **15 de julio de 2025**. Fueron **105 días**, menos que el tope de 6 meses. Entonces:

- Vencimiento sin trámite: 10 de marzo de 2027.
- Días que se suman: 105.
- **Vencimiento final: 23 de junio de 2027.**

Con la fecha de hoy, 6 de noviembre de 2026, quedarían **229 días**.

Ahora supón que el mismo trámite se alargó hasta el 15 de enero de 2026. Duró 289 días, pero el tope del 1 de octubre de 2025 recorta el efecto a **183 días**. El vencimiento pasa al 9 de septiembre de 2027, no más allá.

## Qué no cubre esta calculadora

- **Otros plazos:** hay créditos con reglas distintas, como los de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (artículo 258), que cuentan desde la determinación de la incapacidad o el fallecimiento.
- **Otras formas de interrumpir:** el artículo 257 aclara que se aplican también las normas del Código Civil. Esta herramienta no las calcula.
- **Cuándo nace el crédito:** la fecha de exigibilidad depende de cada caso. Para un despido suele ser el día en que termina el contrato; para un sueldo impago, el día en que debió pagarse.
- **Otros trámites:** no todo escrito cuenta como trámite ante la autoridad del trabajo. Si dudas, confirma con la oficina donde lo presentaste.

Es una **estimación orientativa**. La fecha definitiva la fija el juez en cada caso, así que no esperes al último día.

## Para seguir

Si tu crédito viene de un despido, puedes calcular la [indemnización por despido](https://skilio.com/calculadoras/indemnizacion-despido-argentina/) o la [liquidación final](https://skilio.com/calculadoras/liquidacion-final-argentina/). Para ver el plazo general sin trámite, usa la calculadora de [prescripción de derechos laborales](https://skilio.com/calculadoras/prescripcion-derechos-laborales-argentina/). Y si ya hay un juicio en marcha, mira la [actualización de créditos laborales](https://skilio.com/calculadoras/actualizacion-creditos-laborales-ipc-interes-anual-argentina/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuánto tiempo tengo si hice un trámite en el Ministerio de Trabajo?
Los 2 años de siempre, más los días que duró el trámite, con un máximo de 6 meses. El plazo total más largo posible es de 2 años y 6 meses desde que el crédito era exigible.

### ¿Qué pasa si el trámite duró más de 6 meses?
Solo cuentan los primeros 6 meses desde su inicio. A partir de ahí el plazo sigue corriendo aunque el trámite continúe abierto.

### ¿Los 6 meses se cuentan desde el inicio o desde el final del trámite?
Desde el inicio. Por eso la calculadora fija el tope en el día de inicio más 6 meses.

### ¿Y si el trámite empezó cuando el plazo ya había vencido?
No hay nada que interrumpir: el plazo ya había prescrito. La calculadora te avisa con un error en ese caso.

### ¿Puedo fiarme de la fecha que sale aquí en Argentina?
No. Es una estimación con el criterio prudente de sumar los días del trámite. Puede haber otras causas que cambien el plazo, y la decisión final es del juez.

### ¿Sirve para todos los países?
No. Es solo para Argentina y se basa en los artículos 256 y 257 de la Ley de Contrato de Trabajo.

## Fuentes

- Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744) — InfoLEG (normas de Argentina): https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/25552/texact.htm
