# Calculadora del IRPF de Andorra

> Calcula el IRPF de Andorra de un año: base, mínimo exento, tramos del 0 %, 5 % y 10 %, deducciones y tipo real que pagas sobre lo que ganas.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/irpf-andorra/
- Solo Andorra.

## En resumen

- Con 30.000 € de sueldo al año, una persona sola paga 157,50 € de IRPF en Andorra: unos 0,53 € de cada 100 € que gana.
- En Andorra no se paga IRPF mientras la base no pase de 24.000 €; si la pareja que convive no tiene rentas, el mínimo sube a 40.000 € y no se paga hasta 48.000 €.
- Sobre la base, el tipo es el 10 % con una bonificación del 50 % que topa en 800 €: en la práctica, 0 % hasta 24.000 €, 5 % hasta 40.000 € y 10 % desde ahí.
- La declaración se presenta del 1 de abril al 30 de septiembre del año siguiente; quien solo tiene sueldo con retención normalmente no tiene que hacerla.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Lo que ganaste trabajando en el año (bruto): 30.000 €
- Beneficio de tu negocio o actividad (ingresos menos gastos): 0 €
- Alquileres cobrados en el año: 0 €
- Situación: Vivo solo
- Hijos u otras personas a tu cargo: 0
- Intereses, dividendos y ganancias de capital del año: 0 €
- Pagado en el año por comprar tu vivienda habitual: 0 €
- Aportado a planes de pensiones: 0 €
- CASS pagada por ti (0 = se calcula sola): 0 €
- IRPF que ya te han retenido en las nóminas: 0 €
- Cotización del trabajador a la CASS: 6,5 %
- Mínimo personal exento: 24.000 €
- Mínimo con pareja que no tiene rentas: 40.000 €
- Exento de las rentas del ahorro: 3.000 €

Según el modo que elijas, también:

- Gastos de los alquileres: El 40 % de lo cobrado
- Gastos reales de los alquileres: 0 €
- De ellas, con discapacidad o dependencia reconocida: 0

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- IRPF del año: 157,50 €
- De cada 100 € que ganas: 0,53
- Último tramo: 5 %

## ¿Cuánto IRPF se paga en Andorra?

**El IRPF de Andorra es el 10 % de lo que te queda tras restar los mínimos exentos, menos una bonificación del 50 % que no puede pasar de 800 €.** Por eso, en la práctica, no pagas nada hasta 24.000 €, pagas un 5 % de lo que pasa de 24.000 € hasta 40.000 €, y un 10 % de ahí en adelante.

El IRPF (impuesto sobre la renta de las personas físicas) se regula en la Llei 5/2014, publicada en el BOPA (Butlletí Oficial del Principat d'Andorra). Esta página es la **declaración anual con todas tus rentas**: sueldo, negocio, alquileres y ahorro. Si solo quieres saber cuánto cobras limpio cada mes, usa la [calculadora de sueldo neto en Andorra](../sueldo-neto-andorra/).

Es solo para Andorra y para quien declara allí. Son estimaciones: la cifra final la fija el Departament de Tributs i de Fronteres.

## Cómo usar la calculadora

1. **Lo que ganaste trabajando (bruto).** La suma de todas las nóminas del año, con pagas extra.
2. **Negocio y alquileres.** El beneficio de tu actividad (ingresos menos gastos) y lo que cobraste de alquileres.
3. **Situación y personas a cargo.** Con pareja que convive contigo y no tiene rentas, el mínimo sube. Cada hijo u otra persona a tu cargo resta 750 €.

En **Opciones avanzadas** puedes añadir los gastos reales de los alquileres, los intereses y dividendos, lo que pagaste por la vivienda habitual, tus aportaciones a planes de pensiones y lo que ya te han retenido.

## Cómo se calcula

**Primero se suman tus rentas, después se restan los mínimos y, al final, se aplica el 10 % y la bonificación.**

```
neta del trabajo = sueldo − CASS (6,5 %) − 3 % del sueldo (máx. 2.500 €)
base general     = neta del trabajo + negocio + alquileres netos
base liquidable  = base general − mínimo − personas a cargo − vivienda − planes
cuota            = 10 % × base liquidable
bonificación     = 50 % × 10 % × (base general − 24.000 €), máx. 800 €
IRPF             = cuota − bonificación
```

- **CASS.** La cotización de tu parte a la Caja Andorrana de Seguridad Social (6,5 %) resta de la base.
- **Mínimo personal.** 24.000 € (30.000 € si tienes una incapacidad reconocida). Sube a 40.000 € si tu pareja o cónyuge convive contigo y no tiene ninguna renta.
- **Bonificación.** Se calcula siempre sobre lo que pasa de 24.000 € (30.000 € con incapacidad), también con pareja: ni la pareja ni los hijos, la vivienda o los planes la cambian. Por eso, con pareja sin rentas no se paga nada hasta 48.000 € de base.
- **Personas a cargo.** 750 € por cada hijo menor de 25 años, ascendiente mayor de 65 o persona acogida que no gane más del salario mínimo. Con discapacidad o dependencia, 1,5 veces esa cifra.
- **Vivienda habitual.** Resta el 25 % de lo pagado en el año por comprarla, con máximo de 1.000 €. El alquiler que pagas como inquilino no se resta.
- **Planes de pensiones.** Restan lo menor entre el 30 % de tus rentas del trabajo y de actividades y 5.000 € al año.
- **Alquileres.** Cuentan como renta lo cobrado menos los gastos: los reales o, a tu elección, el 40 % de lo cobrado. El 40 % solo vale si lo comunicas a Tributs antes de acabar el año anterior, y te obliga durante al menos 3 años. La ley suma un 5 % más para viviendas habituales alquiladas a menos de 8 € el m² y hasta 1.250 € al mes: la calculadora no lo incluye. Con 6 o más inmuebles o más de 100.000 € de alquileres al año, tributan como actividad económica.
- **Ahorro.** Intereses, dividendos y ganancias de capital van aparte, al 10 % y sin bonificación, tras 3.000 € exentos.

## Ejemplo

Una persona sola gana 30.000 € brutos en el año y no tiene otras rentas:

| Concepto | Importe |
| --- | --- |
| CASS (6,5 %) | 1.950,00 € |
| Otros gastos (3 %) | 900,00 € |
| Renta neta del trabajo | 27.150,00 € |
| Base liquidable (tras 24.000 € de mínimo) | 3.150,00 € |
| Cuota al 10 % | 315,00 € |
| Bonificación | 157,50 € |
| **IRPF del año** | **157,50 €** |

De cada 100 € que gana, 0,53 € son IRPF. Con el mismo caso y 25.000 € de sueldo, el IRPF es 0,00 €. Con 40.000 € es 610,00 € y con 60.000 €, 2.230,00 €.

## ¿Se retiene el IRPF en la nómina?

**Sí: la empresa retiene cada mes el IRPF y lo ingresa a través de la CASS.** El porcentaje lo fija el Departament de Tributs i de Fronteres para cada trabajador. Al acabar el año, Tributs ajusta las retenciones y propone lo que falta por pagar o lo que se devuelve. Por eso quien solo tiene sueldo con retención normalmente no tiene que presentar la declaración completa.

Si pones en la calculadora lo que ya te han retenido, te dice si te queda algo **a pagar** o te toca **a devolver**.

## Quién tiene que declarar y cuándo

**La declaración (formulario 300) se presenta del 1 de abril al 30 de septiembre del año siguiente.** Tiene que declarar, entre otros, quien tenga sueldo sin retención, una actividad económica o ganancias de capital, y quien tenga alquileres que, sumados al sueldo, lleguen a 24.000 € íntegros. Los detalles y plazos los publica Tributs: consulta siempre su página antes de presentar.

Fuentes oficiales: [Llei 5/2014 del IRPF, texto refundido](https://www.bopa.ad/bopa/031055/Pagines/GD20190614_13_51_35.aspx) (BOPA núm. 55 de 19-6-2019), [Llei 5/2023 de reforma de la imposición directa](https://www.consellgeneral.ad/fitxers/documents/lleis-2023/llei-5-2023-del-19-de-gener-de-mesures-per-a-la-reforma-de-la-imposicio-directa-i-de-modificacio-d2019altres-normes-tributaries-i-duaneres), [Guia pràctica de l'IRPF](https://www.govern.ad/documents/d/guest/guia_irpf) y [cotizaciones de la CASS](https://www.cass.ad/cotitzacions-recarrecs-sancions).

## Preguntas frecuentes

### ¿Hasta cuánto no se paga IRPF en Andorra con un sueldo?
Una persona sola no paga si, tras restar la CASS y el 3 % de otros gastos, le quedan 24.000 € o menos. Con un sueldo bruto, eso son unos 26.500 € al año. Con pareja que no tiene rentas, el mínimo sube a 40.000 €, pero la bonificación se sigue calculando sobre lo que pasa de 24.000 €: así no se paga nada hasta 48.000 € de base.

### ¿Qué tramos tiene el IRPF andorrano?
Sobre la base liquidable hay un solo tipo, el 10 %, pero una bonificación del 50 % que topa en 800 € lo deja en la práctica en el 0 % hasta 24.000 €, el 5 % de 24.000 a 40.000 € y el 10 % desde 40.000 €.

### ¿Se resta la CASS de la base del IRPF andorrano?
Sí. La cotización del trabajador a la CASS resta de la renta neta del trabajo, igual que un 3 % del sueldo en concepto de otros gastos, hasta 2.500 €.

### ¿Cómo tributan los alquileres en el IRPF de Andorra?
Los alquileres cobrados menos sus gastos se suman a tu sueldo en la base general. Puedes restar los gastos reales o el 40 % de lo cobrado. El 40 % hay que comunicarlo a Tributs antes de acabar el año anterior y te obliga durante al menos 3 años.

### ¿Los intereses y dividendos se suman al sueldo en Andorra?
No. Tributan aparte, en la base del ahorro, al 10 % y con 3.000 € exentos al año. No llevan la bonificación del 50 %.

### ¿Cuánto resta una hipoteca de la vivienda habitual en el IRPF de Andorra?
El 25 % de lo pagado en el año por comprarla (capital, intereses y gastos), con un máximo de 1.000 € al año. Solo se puede restar si hay base de la que restar.

## Casos ya calculados

Páginas con la respuesta y la calculadora ya rellena con esas cifras:

- [Sueldo de 25.000 € al año](https://skilio.com/calculadoras/irpf-andorra/irpf-andorra-25000-euros/)
- [Sueldo de 30.000 € al año](https://skilio.com/calculadoras/irpf-andorra/irpf-andorra-30000-euros/)
- [Sueldo de 40.000 € al año](https://skilio.com/calculadoras/irpf-andorra/irpf-andorra-40000-euros/)
- [Sueldo de 60.000 € al año](https://skilio.com/calculadoras/irpf-andorra/irpf-andorra-60000-euros/)

## Fuentes

- Llei 5/2014 del IRPF, texto refundido — Butlletí Oficial del Principat d'Andorra (BOPA): https://www.bopa.ad/bopa/031055/Pagines/GD20190614_13_51_35.aspx
- Llei 5/2023 de reforma de la imposición directa — Consell General d'Andorra: https://www.consellgeneral.ad/fitxers/documents/lleis-2023/llei-5-2023-del-19-de-gener-de-mesures-per-a-la-reforma-de-la-imposicio-directa-i-de-modificacio-d2019altres-normes-tributaries-i-duaneres
- Guia pràctica de l'IRPF — Govern d'Andorra: https://www.govern.ad/documents/d/guest/guia_irpf
- Cotizaciones de la CASS: https://www.cass.ad/cotitzacions-recarrecs-sancions
