# Calculadora de ISR sobre dividendos en Guatemala: retención del 5 %

> Calcula el ISR de dividendos en Guatemala: la retención del 5 % sobre lo que te distribuye una sociedad, el neto que recibes y el bruto desde un neto.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/isr-dividendos-guatemala/
- Solo Guatemala.

## En resumen

- En Guatemala, el ISR sobre dividendos es del 5 % del monto distribuido, sin restar gastos (Ley de Actualización Tributaria, art. 93).
- De un dividendo de Q50,000.00, el ISR es de Q2,500.00 y recibes Q47,500.00; de cada 100 de dividendo, te quedan 95.
- De un dividendo de Q100,000.00, el ISR es de Q5,000.00 y recibes Q95,000.00.
- Para sacar el bruto desde un neto, divide entre 0.95: de Q95,000.00 netos, el bruto es de Q100,000.00.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- ¿Qué dividendo tienes?: El bruto (decretado)
- Monto del dividendo: Q 50,000
- Tipo del ISR sobre dividendos: 5 %
- ¿Quién paga el impuesto?: La sociedad lo retiene

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- ISR sobre el dividendo (5 %): Q 2,500.00
- Dividendo neto que recibes: Q 47,500.00
- Dividendo bruto: Q 50,000.00

## ¿Cuánto ISR se paga por dividendos en Guatemala?

En Guatemala, el ISR sobre un dividendo es del **5 % del monto que se distribuye**. De un dividendo de Q50,000.00, el impuesto es de Q2,500.00 y recibes Q47,500.00.

Lo dice el artículo 93 de la Ley de Actualización Tributaria (Decreto 10-2012). Aplica a los dividendos, ganancias y utilidades que una sociedad reparte a sus socios o accionistas, sea cual sea el nombre o la contabilización que se les dé. Esta página es **solo para Guatemala** y es una estimación.

## Cómo se calcula el ISR de un dividendo

Multiplica el dividendo bruto por 0.05. Para saber cuánto recibes, réstale ese impuesto, o multiplícalo por 0.95.

La base es el importe total pagado, acreditado o puesto a disposición del socio (artículo 88). No se restan gastos: el 5 % va sobre el dividendo completo. Es un impuesto sobre una renta de capital (artículo 84), distinto del ISR que paga la sociedad por sus propias utilidades; si te interesa ese, mira el [ISR sobre utilidades](https://skilio.com/calculadoras/isr-regimen-utilidades-guatemala/).

## Cómo usar la calculadora

1. Elige si tienes el dividendo **bruto** (el decretado por la sociedad) o el **neto** (el que ya recibiste).
2. Escribe el monto en quetzales.
3. Mira el ISR, el neto y el bruto, y la tabla con montos habituales.

En opciones avanzadas puedes cambiar el tipo, por si la ley cambia, e indicar si la sociedad retiene el impuesto o lo pagas tú.

## Fórmula

```
ISR = Dividendo bruto × 0.05
Dividendo neto = Dividendo bruto − ISR  (o Bruto × 0.95)
Dividendo bruto = Dividendo neto ÷ 0.95
```

- **0.05** es el 5 % en tanto por uno.
- **0.95** es lo que queda de cada quetzal de dividendo después del impuesto.

## Ejemplo: un dividendo de Q50,000

Con los valores de ejemplo, el dividendo bruto es de Q50,000.00:

| Concepto | Monto |
| --- | --- |
| Dividendo bruto | Q50,000.00 |
| ISR (5 %) | Q2,500.00 |
| **Dividendo neto** | **Q47,500.00** |

De cada 100 de dividendo, 5 son impuesto y 95 son para ti.

Con un dividendo de Q100,000.00, el ISR es de Q5,000.00 y recibes Q95,000.00. Al revés: si te llegaron Q95,000.00 netos, el bruto era de Q100,000.00, porque Q95,000 ÷ 0.95 = Q100,000.

## Quién retiene el impuesto y cuándo se paga

Quien paga el dividendo debe retener el ISR y entregarlo a la SAT. Lo hacen los agentes de retención del artículo 86, entre ellos quienes llevan contabilidad completa. La retención se declara en los **primeros 10 días del mes siguiente** al pago o acreditamiento (artículo 94).

Si nadie retiene, el contribuyente calcula y paga el impuesto en ese mismo plazo (artículo 95). Es una cuestión de procedimiento: la cifra del impuesto es la misma.

## Errores comunes

- **Restar gastos.** El 5 % se aplica al dividendo completo, no a una utilidad neta de gastos del socio.
- **Confundir bruto y neto.** Si tu banco te muestra Q47,500.00, el dividendo decretado fue de Q50,000.00, no de Q47,500.00.
- **Mezclarlo con el ISR de la sociedad.** La sociedad ya pagó su ISR sobre sus utilidades. El 5 % es un impuesto aparte, sobre lo que reparte.
- **Usar la tasa de otras rentas.** Los intereses y las ganancias de capital tienen otro tipo (10 %): mira el [ISR sobre intereses](https://skilio.com/calculadoras/isr-intereses-guatemala/) y el [ISR sobre ganancias de capital](https://skilio.com/calculadoras/isr-ganancias-capital-guatemala/).

## Qué no calcula esta página

No calcula el ISR de la sociedad, ni casos de no residentes, ni exenciones por leyes especiales. Los grupos financieros tienen una regla propia: el impuesto se retiene cuando el dividendo llega a la entidad controladora (artículo 93). Para tu caso concreto, consulta el [portal de la SAT](https://portal.sat.gob.gt/portal/) o a tu contador.

La fuente es el texto de la [Ley de Actualización Tributaria, Decreto 10-2012, publicado por la SAT](https://portal.sat.gob.gt/portal/descarga/1899/legislacion-tributaria/78389/decreto-no-10-2012-ley-de-actualizacion-tributaria-2).

## Preguntas frecuentes

### ¿Se paga impuesto por recibir dividendos de una sociedad en Guatemala?

Sí. Los dividendos pagan ISR del 5 % del monto distribuido (artículo 93). Quien los paga debe retenerlo y entregarlo a la SAT (artículo 94).

### ¿Cómo saco el dividendo bruto si solo conozco el neto?

Divide el neto entre 0.95. Con Q95,000.00 netos, el bruto es de Q100,000.00 y el ISR, de Q5,000.00. En la calculadora, elige «El neto (recibido)».

### ¿Quién paga el 5 %, la sociedad o el socio?

La ley obliga a retenerlo a quien paga el dividendo, y el impuesto lo soporta el socio: se descuenta de lo que le toca. Si nadie lo retiene, el socio debe pagarlo a la SAT.

### ¿Hasta cuándo se paga el impuesto?

En los primeros 10 días del mes siguiente a aquel en que se pagó o acreditó el dividendo (artículos 94 y 95).

### ¿Se pueden restar gastos del dividendo?

No. La base es el importe total pagado o acreditado, sin restar gastos (artículo 88).

### ¿Es lo mismo que el ISR de la empresa?

No. La sociedad paga su propio ISR sobre sus utilidades. El 5 % es el impuesto del socio sobre lo que la sociedad le reparte.

## Fuentes

- Portal de la SAT: https://portal.sat.gob.gt/portal/
