# Calculadora de ISR por ganancias de capital en Guatemala: cuánto pagas al vender

> Calcula el ISR por ganancias de capital en Guatemala: 10 % sobre venta menos costo y gastos (tope 15 %). Mira cuánto pagas y cuándo. Gratis y sin registro.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/isr-ganancias-capital-guatemala/
- Solo Guatemala.

## En resumen

- En Guatemala, el ISR por una ganancia de capital es el 10 % de la venta menos el costo del bien y los gastos de la venta.
- Si vendes en Q500,000 un bien que costó Q350,000 y pagaste Q10,000 de gastos, la ganancia es de Q140,000.00 y el ISR de Q14,000.00.
- Ese ISR es el 2.8 % del precio de venta: de cada 100 quetzales que te pagan, unos 3 van al impuesto.
- Los gastos de la venta se restan hasta el 15 % del precio; con una venta de Q500,000, el tope es de Q75,000.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Precio de venta: Q 500,000
- Costo de compra del bien: Q 350,000
- Gastos de la venta: Q 10,000
- Tope de gastos sobre la venta: 15 %
- Pérdida de capital anterior sin compensar: Q 0
- Tipo del impuesto: 10 %

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- ISR a pagar: Q 14,000
- Ganancia: Q 140,000
- Te queda de ganancia: Q 126,000

## ¿Cuánto ISR se paga al vender con ganancia en Guatemala?

Al vender un bien con ganancia en Guatemala pagas **el 10 % de la ganancia**. La ganancia es el precio de venta menos lo que costó el bien y menos los gastos de la venta. Si vendes en Q500,000 algo que costó Q350,000, y pagaste Q10,000 de gastos, la ganancia es de Q140,000.00 y el ISR es de **Q14,000.00**.

Lo dice la Ley de Actualización Tributaria (Decreto 10-2012). El artículo 89 fija la base y el artículo 92 fija el 10 %. Esta calculadora solo sirve para Guatemala.

## Qué es una ganancia de capital

Es lo que ganas al vender, ceder o permutar un bien o un derecho que no compras para revender: una casa, un terreno, un vehículo o acciones de una sociedad. Si tu negocio es comprar y vender esos bienes, no es ganancia de capital y tributas por otro régimen (artículo 4).

Hay una excepción: la venta ocasional de bienes muebles de uso personal, como muebles de la casa o un celular usado, está exenta. No lo está la de vehículos, embarcaciones y aeronaves inscritos en un registro (artículo 87).

## Cómo se calcula

```
Gastos que restas = el menor entre los gastos pagados y el 15 % de la venta
Ganancia = precio de venta − gastos que restas − costo del bien
ISR = ganancia × 10 %
```

- **Costo del bien:** lo que pagaste al comprarlo, más las mejoras que puedas comprobar. Si lo recibiste como donación, el costo es el del donante. En acciones, es el valor de compra documentado.
- **Gastos de la venta:** comisiones, notario y registro. Se restan hasta el 15 % del valor de la venta. Quien lleva contabilidad completa y tiene los documentos no tiene este tope (artículo 89).
- **Pérdida anterior:** si en los últimos 2 años vendiste otro bien con pérdida, esa pérdida se resta de la ganancia (artículo 91).

## Cómo usar la calculadora

1. **Precio de venta.** Lo que te pagan, sin descontar nada.
2. **Costo de compra.** Lo que costó el bien con sus mejoras comprobadas.
3. **Gastos de la venta.** Comisión, notario y registro con factura.
4. **Opciones avanzadas.** Marca contabilidad completa, escribe una pérdida anterior o cambia el tope y el tipo si la ley cambia.

## Ejemplo: venta de Q500,000

| Concepto | Cantidad |
| --- | --- |
| Precio de venta | Q500,000.00 |
| Gastos de la venta que restas | Q10,000.00 |
| Costo de compra | Q350,000.00 |
| Ganancia | Q140,000.00 |
| ISR (10 %) | Q14,000.00 |
| Te queda de ganancia | Q126,000.00 |

El impuesto es el 2.8 % del precio de venta: unos 3 quetzales de cada 100.

## Qué pasa si los gastos pasan del tope

Con una venta de Q500,000, el tope de gastos es de Q75,000.00. Si pagaste Q100,000 de gastos, solo restas Q75,000.00: la ganancia queda en Q75,000.00 y el ISR en Q7,500.00. El exceso no se resta, salvo que lleves contabilidad completa con documentos.

## Si vendes con pérdida

Si el precio de venta menos gastos es menor que el costo, no hay ISR. Con una venta de Q300,000 de un bien que costó Q350,000 y sin gastos, la pérdida es de Q50,000.00. Esa pérdida solo se compensa con ganancias futuras **de la misma naturaleza** y durante **2 años**. Si pasan sin compensarla, se pierde y no da derecho a crédito alguno (artículo 91). Para aplicarla, presentas una declaración dentro de los 3 meses siguientes al cierre del año (artículo 96).

## Cuándo y cómo se paga

El ISR de una ganancia de capital lo pagas tú, dentro de los **primeros diez días del mes siguiente** a la venta (artículo 95). Por ejemplo, si vendes en marzo, pagas del 1 al 10 de abril. Puedes ver los detalles en el [portal de la SAT](https://portal.sat.gob.gt/portal/). Guarda las facturas de compra y de gastos: son la prueba del costo.

Fuente: [Decreto 10-2012, Ley de Actualización Tributaria](https://portal.sat.gob.gt/portal/descarga/1899/legislacion-tributaria/78389/decreto-no-10-2012-ley-de-actualizacion-tributaria-2). Los gastos de escritura y registro de una compraventa de inmueble están en la [calculadora de gastos de compraventa](https://skilio.com/calculadoras/gastos-compraventa-inmueble-guatemala/). Si el bien se alquila antes de venderlo, ese alquiler tiene su [propio ISR](https://skilio.com/calculadoras/isr-alquiler-guatemala/). El resultado es una estimación: confirma tu caso en la SAT o con un contador.

## Preguntas frecuentes

### ¿Pago ISR por vender mi casa en Guatemala?

Sí, si la vendes con ganancia y no te dedicas a comprar y vender casas. Pagas el 10 % de la diferencia entre el precio de venta, menos gastos, y lo que costó. Si vendes con pérdida, no pagas.

### ¿El 10 % se calcula sobre todo el precio de venta?

No. Se calcula sobre la ganancia. Con una venta de Q500,000 y una ganancia de Q140,000, el ISR es de Q14,000.00 y no de Q50,000.

### ¿Qué gastos puedo restar al vender?

Comisiones de compra y de venta, gastos notariales, de registro y otros de la transacción. En total, hasta el 15 % del valor de la venta si no llevas contabilidad completa.

### ¿Cuánto tiempo tengo para pagar el ISR de la venta?

Los primeros diez días del mes siguiente a la venta (artículo 95). Si el plazo cae en un día no hábil, confirma la fecha en la SAT.

### ¿Qué costo uso si recibí el bien como donación?

El costo del donante, es decir, el valor de adquisición que tenía para él (artículo 89). Guarda los documentos de esa compra, porque son la prueba.

### ¿Y si vendo acciones?

Se aplica la misma regla: precio de venta menos costo y gastos, por el 10 %. El costo es el valor de compra documentado o el valor en libros de la sociedad que emitió las acciones, certificado por ella.

## Fuentes

- Portal de la SAT: https://portal.sat.gob.gt/portal/
