# Calculadora del ISR sobre intereses en Guatemala: cuánto te retienen

> Calcula el ISR sobre intereses en Guatemala: la retención del 10 % de tus depósitos o préstamos, el interés neto que te queda y cuándo se paga.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/isr-intereses-guatemala/
- Solo Guatemala.

## En resumen

- En Guatemala los intereses pagan ISR del 10 %, que se retiene de forma definitiva cuando el banco te los acredita.
- Con Q100,000 al 5 % anual durante 12 meses ganas Q5,000.00 de interés; el ISR es Q500.00 y te quedan Q4,500.00.
- De cada 100 quetzales de interés, 10 son para el impuesto y 90 son tuyos; tu tasa del 5 % queda en 4.50 % neto.
- Si quien te paga no retiene, tú pagas el impuesto en los primeros 10 días del mes siguiente.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- ¿Qué quieres calcular?: Calcular el interés
- Dinero depositado o prestado: Q 100,000
- Tasa de interés anual: 5 %
- Tiempo: 12 meses
- Tipo del ISR sobre intereses: 10 %
- Parte del interés exenta por otra ley: Q 0

Según el modo que elijas, también:

- Interés cobrado (antes del impuesto): Q 5,000

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- ISR sobre los intereses: Q 500
- Interés neto: Q 4,500

## ¿Cuánto ISR pagan los intereses en Guatemala?

Los intereses pagan un ISR del **10 %** en Guatemala. Es el Impuesto Sobre la Renta que fija la Ley de Actualización Tributaria (Decreto 10-2012) para las rentas de capital. Si tienes Q5,000.00 de interés, el impuesto es de Q500.00 y te quedan Q4,500.00.

Esta calculadora sirve solo para Guatemala. Vale para intereses de cuentas de ahorro, depósitos a plazo, inversiones en títulos y préstamos que hagas a otra persona.

La ley pone los intereses de depósitos, créditos y títulos entre las rentas de capital mobiliario (art. 84). No entran en el ISR de tu sueldo: se gravan aparte, con su propio tipo.

## Cómo se calcula el ISR sobre intereses

Se calcula en dos pasos. Primero el interés, después el impuesto.

```
interés bruto = dinero × tasa anual × meses / 12
ISR = (interés bruto − parte exenta) × 10 %
interés neto = interés bruto − ISR
```

- **Dinero:** lo que tienes depositado o prestado.
- **Tasa anual:** el porcentaje que te paga la entidad en un año.
- **Meses:** el tiempo que el dinero está colocado.
- **Parte exenta:** el interés que otra ley deja libre de impuesto. Casi siempre es cero.

La base es el total pagado o acreditado, menos lo exento (art. 88). El tipo es el 10 % (art. 92). No hay tramos: el 10 % se aplica a todo el interés, sea poco o mucho.

## Cómo usar la calculadora

1. Elige si quieres **calcular el interés** o si **ya lo sabes**.
2. Si lo calculas, escribe el dinero, la tasa anual y los meses.
3. Si ya lo sabes, escribe el interés que cobraste antes del impuesto.
4. Mira el ISR, el interés neto y tu tasa neta anual.

En opciones avanzadas puedes cambiar el tipo del impuesto o anotar una parte exenta. Déjalas como están si no tienes un caso especial.

La calculadora usa interés simple, sin sumar los intereses al capital cada mes. Si tu cuenta capitaliza, escribe en «Ya sé el interés» la cifra que te muestra tu estado de cuenta.

## Ejemplo con Q100,000

Tienes Q100,000 a plazo durante 12 meses al 5 % anual.

| Concepto | Quetzales |
|---|---|
| Interés bruto | Q5,000.00 |
| ISR del 10 % | Q500.00 |
| Interés neto | Q4,500.00 |

Tu tasa del 5 % queda en **4.50 % neta** al año. De cada 100 quetzales de interés, el impuesto se lleva 10.

Otro caso: Q25,000 al 4.50 % durante 6 meses dan Q562.50 de interés. El ISR es Q56.25 y te quedan Q506.25.

## Quién retiene el impuesto y cuándo se paga

Si el pago lo hace un banco, una financiera o una cooperativa, la entidad retiene el ISR por ti. La retención es definitiva (arts. 90 y 94): el banco la aplica de forma global sobre todos los intereses que te acredita, y con eso queda cumplida tu obligación sobre esos intereses.

Quien retiene lo entrega a la SAT en los primeros 10 días del mes siguiente al pago (art. 94). Si te pagan sin retener, por ejemplo un préstamo entre particulares, el contribuyente liquida y paga el impuesto en esos mismos 10 primeros días del mes siguiente (art. 95).

Si prestar dinero es tu actividad habitual, los intereses no van por este régimen. Tributan como rentas de tu actividad lucrativa, según el régimen en que estés inscrito (art. 84).

> Esta herramienta es una estimación. Para tu caso concreto consulta el texto vigente en la [Ley de Actualización Tributaria, SAT](https://portal.sat.gob.gt/portal/descarga/1899/legislacion-tributaria/78389/x) o a la SAT.

## Otros impuestos de capital en Guatemala

Los intereses pagan 10 %, igual que el alquiler y las ganancias de capital. Los dividendos pagan un 5 %. Mira [el ISR de los dividendos](https://skilio.com/calculadoras/isr-dividendos-guatemala/), [el ISR del alquiler](https://skilio.com/calculadoras/isr-alquiler-guatemala/) y [el ISR de las ganancias de capital](https://skilio.com/calculadoras/isr-ganancias-capital-guatemala/). Para comparar cuánto crece un depósito antes de impuestos, usa la [calculadora de depósito a plazo fijo](https://skilio.com/calculadoras/deposito-plazo-fijo/) o el [interés simple](https://skilio.com/calculadoras/interes-simple/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Los intereses de mi cuenta de ahorro pagan impuesto en Guatemala?
Sí. Pagan el 10 % de ISR sobre el interés que te acreditan. El banco lo retiene y te abona el resto, así que no tienes que declararlo aparte.

### ¿Se paga el 10 % sobre el dinero o sobre los intereses?
Solo sobre los intereses. Si depositas Q100,000 y ganas Q5,000.00, el impuesto es de Q500.00. Tu capital no se grava.

### ¿Qué pasa si el banco no me retiene?
Entonces el impuesto lo pagas tú. La ley da hasta los primeros 10 días del mes siguiente al pago (art. 95).

### ¿Tengo que declarar los intereses si ya me los retuvieron?
No para estos intereses. La retención es un pago definitivo (art. 90). Los intereses que ya pagaron su 10 % no se suman a tu otra renta.

### ¿Hay intereses exentos?
Sí, los que una ley especial deja exentos (art. 87, num. 3). Si es tu caso, anota esa cantidad en la opción avanzada y se restará de la base. Si no la conoces, deja el cero.

### ¿Esta calculadora sirve para plazo fijo con interés compuesto?
Calcula con interés simple. Para un plazo fijo que suma intereses, mira tu estado de cuenta, escribe el interés total en «Ya sé el interés» y obtendrás el impuesto exacto.

## Fuentes

- Ley de Actualización Tributaria, SAT: https://portal.sat.gob.gt/portal/descarga/1899/legislacion-tributaria/78389/x
