# Calculadora de ius variandi en Argentina: cambio de horario o lugar de trabajo

> Comprueba si tu empleador puede cambiarte el horario o el lugar de trabajo según el artículo 66 de la LCT y cuánto te cuesta el cambio.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/ius-variandi-cambio-condiciones-art-66-argentina/
- Solo Argentina.

## En resumen

- En Argentina, el empleador puede cambiar el horario o el lugar de trabajo solo si el cambio no altera lo esencial del contrato y no te causa perjuicio material (art. 66 LCT).
- Si el cambio toca tu sueldo, tus horas, el turno, tus tareas o tu ciudad, la calculadora lo marca como fuera de esa facultad.
- Con un gasto extra de $ 90.000 al mes sobre un sueldo de $ 1.800.000, el perjuicio sin compensar es el 5 % de tu sueldo.
- Una hora extra de viaje por día, 22 días al mes, suma 22 horas más de traslado al mes.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Tu sueldo mensual bruto: $ 1.800.000
- Gasto extra al mes por el cambio: $ 90.000
- Minutos extra de viaje por día: 60
- Días al mes que lo cumples: 22
- Lo que tu empleador te paga al mes por ese gasto: $ 0

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Gasto sin compensar al mes: $ 90.000
- Cambios esenciales: 0

## ¿Pueden cambiarme el horario o el lugar de trabajo?

Sí, pero con dos límites. El empleador puede cambiar la forma en que trabajas solo si el cambio **no altera lo esencial de tu contrato** y **no te causa perjuicio material**. Lo dice el artículo 66 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT, Ley 20.744). A esa facultad se la llama *ius variandi*, que en latín es «derecho de variar».

Los dos límites van juntos. Un cambio de horario menor que no te cuesta nada suele estar permitido. Un traslado que te obliga a gastar mucho más en transporte ya causa perjuicio, aunque tu sueldo no cambie.

## Qué dice el artículo 66

El texto vigente fue sustituido por el artículo 23 de la Ley 27.802, publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026. En resumen:

- El empleador puede introducir cambios en la forma y las modalidades de la prestación del trabajo.
- Esos cambios no pueden alterar modalidades esenciales del contrato.
- Tampoco pueden causar perjuicio material al trabajador.
- Si el empleador dispone una medida vedada, el trabajador debe intimarlo primero. Si no corrige la medida, puede considerarse despedido sin causa.

Puedes leer el texto oficial en [Infoleg, Ley 20.744](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/25552/texact.htm). El artículo 68 añade que estas facultades se ejercen dentro de los límites de la ley, los estatutos profesionales y los convenios colectivos.

## Cómo usar la calculadora

1. Escribe tu **sueldo mensual bruto**. Sirve solo para calcular qué porcentaje te cuesta el cambio.
2. Marca los **cambios esenciales** que apliquen: baja de sueldo o categoría, más o menos horas de jornada, paso de turno de día a noche (o al revés), tareas de otra naturaleza o traslado a otra ciudad o provincia.
3. Escribe el **gasto extra al mes** (transporte, guardería, comidas) y los **minutos extra de viaje por día**.
4. En opciones avanzadas, cambia los días al mes que lo cumples y lo que el empleador te paga para compensar el gasto.

## Cómo se calcula

La calculadora aplica tres reglas simples:

```
Gasto sin compensar = gasto extra − compensación del empleador (mínimo 0)
Porcentaje del sueldo = gasto sin compensar ÷ sueldo × 100
Horas extra de viaje = minutos extra por día × días al mes ÷ 60
```

El resultado tiene tres casos:

| Caso | Qué significa |
| --- | --- |
| Algún cambio esencial marcado | Fuera de la facultad del empleador |
| Ninguno, pero con gasto sin compensar | Perjuicio material: no permitido |
| Ninguno y sin gasto | Dentro de la facultad del empleador |

La ley no fija un porcentaje de sueldo a partir del cual hay perjuicio. Por prudencia, la calculadora cuenta cualquier gasto sin compensar. Las horas de viaje se muestran para que veas el efecto, pero no cambian el resultado.

## Ejemplo

Tu sueldo es de $ 1.800.000 al mes. Te cambian el lugar de trabajo a una sede más lejana. No cambian tus horas, tu turno ni tus tareas, pero gastas $ 90.000 más al mes y viajas 60 minutos más cada día, 22 días al mes.

| Dato | Resultado |
| --- | --- |
| Gasto sin compensar al mes | $ 90.000 |
| Porcentaje del sueldo | 5 % |
| Gasto sin compensar al año | $ 1.080.000 |
| Horas extra de viaje al mes | 22 horas |

Como no hay cambio esencial pero sí un gasto sin compensar, el resultado es de perjuicio material. De cada 100 pesos de tu sueldo, 5 se van en el cambio. Si el empleador te pagara esos $ 90.000 cada mes, el perjuicio desaparecería.

## Qué pasa si el cambio no es válido

El artículo 66 dice que primero hay que **intimar** al empleador para que deje sin efecto la medida. Si no lo hace, el trabajador puede considerarse despedido sin causa. En ese caso se calcula como un despido sin causa: mira la [calculadora de despido indirecto](https://skilio.com/calculadoras/despido-indirecto-argentina/).

Mientras tanto, conviene guardar los mensajes, las comunicaciones del cambio y los recibos de gastos nuevos. Esta calculadora es una estimación orientativa: cada caso depende de lo que diga tu convenio colectivo y de las circunstancias concretas.

## Preguntas frecuentes

### ¿Mi empleador puede cambiarme el turno de la mañana a la tarde?

Depende. Pasar de la mañana a la tarde, dentro del mismo día y con las mismas horas, suele ser un cambio de modalidad que se admite si no te causa perjuicio material. Pasar de turno diurno a nocturno sí es un cambio esencial en esta calculadora, porque altera cómo vives y trabajas. Mira también la [jornada nocturna](https://skilio.com/calculadoras/jornada-nocturna-argentina/).

### ¿Me pueden trasladar a otra ciudad sin mi acuerdo?

Un traslado que te obliga a cambiar de residencia altera una modalidad esencial y la calculadora lo marca como fuera de la facultad del empleador. Un cambio de sede dentro de la misma zona se analiza por el gasto y el tiempo extra que te causa.

### ¿Qué es el perjuicio material?

Es el daño que se puede medir en dinero: más transporte, guardería nueva, comidas fuera de casa o menos ingresos. Si el empleador te compensa esos gastos, el perjuicio material baja o desaparece.

### ¿Pueden cambiarme las tareas?

Cambios menores en cómo haces tu trabajo entran en la facultad del empleador. Si te asignan tareas de otra naturaleza o categoría, la calculadora lo toma como cambio esencial. Si haces tareas de categoría superior, mira la [diferencia salarial por tareas superiores](https://skilio.com/calculadoras/diferencia-salarial-tareas-superiores-argentina/).

### ¿Pueden bajarme la jornada o suspenderme?

Reducir la jornada o suspender tienen reglas propias. Consulta la calculadora de [reducción de jornada](https://skilio.com/calculadoras/reduccion-jornada-argentina/) y la de [suspensión laboral](https://skilio.com/calculadoras/suspension-laboral-argentina/).

### ¿Esta calculadora sustituye una opinión legal?

No. Es una estimación para que entiendas el artículo 66 y midas lo que te cuesta el cambio. Tu convenio colectivo puede dar más protección.

## Fuentes

- Infoleg, Ley 20.744: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/25552/texact.htm
