# Calculadora de jornada nocturna en Paraguay: tu turno y sus límites

> Mira si tu turno en Paraguay es diurno, mixto o nocturno, cuántas horas puede durar al día y a la semana y cuánto recargo del 30 % te corresponde.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/jornada-nocturna-paraguay/
- Solo Paraguay.

## En resumen

- En Paraguay, el trabajo de noche es el que se hace entre las 20:00 y las 6:00 y la jornada nocturna dura como máximo 7 horas al día y 42 a la semana (Código del Trabajo, arts. 194 y 195).
- Un turno de 22:00 a 6:00 con 1 hora de descanso son 7 horas de trabajo de noche: justo el límite de la jornada nocturna.
- Con Gs. 3.044.000 al mes, la hora normal de esa jornada es de Gs. 14.495 y el recargo del 30 % suma Gs. 30.440 por día y Gs. 669.680 en 22 días.
- Un turno de 14:00 a 22:00 es mixto: tiene 2 horas de noche y su límite es de 7 horas y media, así que se pasa media hora.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Hora de entrada: 22:00
- Hora de salida: 6:00
- Descanso intermedio: 60 minutos
- Días que trabajas a la semana: 5
- Sueldo mensual: Gs. 3.044.000
- Días que trabajas al mes: 22
- El descanso cae en: Horas de noche
- Días del mes para el valor de la hora: 30
- Recargo del trabajo nocturno: 30 %

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Tu jornada es: 2
- Recargo nocturno del mes: Gs. 669.680
- Horas pasadas del límite al día: 0

## ¿Qué es la jornada nocturna en Paraguay?

Es la que se hace **entre las 20:00 y las 6:00**. Dura como máximo **7 horas al día y 42 a la semana**, y la noche se paga con **30 % más** que el día. Así lo dice el [Código del Trabajo (Ley 213/93)](https://www.bacn.gov.py/leyes-paraguayas/2608/codigo-del-trabajo) en sus artículos 194, 195 y 234.

Esta calculadora sirve solo para Paraguay. Te dice si tu turno cuenta como diurno, mixto o nocturno, cuántas horas de trabajo tiene de verdad una vez quitado el descanso y si te pasas del límite. Es una estimación para entender tu horario, no un documento oficial.

## Cómo usar la calculadora

1. **Entrada y salida.** Elige la hora a la que empiezas y a la que terminas. Si sales a una hora menor que la de entrada, el turno acaba al día siguiente.
2. **Descanso.** Escribe los minutos de descanso intermedio. No cuentan como jornada.
3. **Días a la semana.** Sirven para comparar con el límite semanal.
4. **Sueldo mensual.** Con él se calcula el valor de tu hora y el recargo de la noche.

En **Opciones avanzadas** puedes indicar los días del mes que trabajas, en qué período cae el descanso, el divisor del sueldo y el porcentaje de recargo.

## Diurna, mixta y nocturna: los límites

El Código separa tres tipos de jornada según la hora a la que se trabaja:

| Jornada | Cuándo es | Horas al día | Horas a la semana |
| --- | --- | --- | --- |
| Diurna | todo el trabajo entre las 6:00 y las 20:00 | 8 | 48 |
| Mixta | parte entre las 6:00 y las 20:00 y parte de noche | 7 y media | 45 |
| Nocturna | todo el trabajo entre las 20:00 y las 6:00 | 7 | 42 |

La clave está en el artículo 196: la jornada mixta es la que abarca períodos de las dos. Por eso un turno de 14:00 a 22:00, que tiene dos horas de noche, ya se considera mixto y su tope baja de 8 a 7 horas y media. La calculadora recorre tu turno de media en media hora y suma cuántas caen de día y cuántas de noche.

## Cómo cuenta el descanso

El artículo 200 pide un descanso intermedio de al menos media hora y dice que ese tiempo **no se computa en la jornada**. Es decir, si estás en la empresa 8 horas con 1 hora de descanso, trabajas 7.

La ley no dice en qué período cae ese descanso. Por defecto la calculadora lo descuenta de las horas de noche; si tu descanso es de día, cámbialo en las opciones avanzadas. Si el período elegido no tiene suficientes horas, el resto se quita del otro.

## Ejemplo: turno de 22:00 a 6:00

Con el sueldo mínimo de Gs. 3.044.000 desde julio de 2026, entrando a las 22:00, saliendo a las 6:00, con 60 minutos de descanso y 5 días a la semana:

| Dato | Resultado |
| --- | --- |
| Tiempo en la empresa | 8 horas |
| Horas de trabajo (sin descanso) | 7 horas, todas de noche |
| Tipo de jornada | Nocturna: límite de 7 horas al día y 42 a la semana |
| Horas a la semana | 35 |
| Valor de la hora normal | Gs. 14.495 |
| Recargo nocturno de un día | Gs. 30.440 |
| Recargo nocturno de 22 días | Gs. 669.680 |

La hora normal sale de dividir el sueldo entre 30 días y entre las 7 horas de la jornada nocturna: Gs. 3.044.000 / 30 / 7. El recargo de un día es 7 horas x Gs. 14.495 x 0,30.

Compara con un turno de 14:00 a 22:00 sin descanso. Tiene 6 horas de día y 2 de noche, así que es mixto. Trabaja 8 horas, el límite es de 7 y media: se pasa 0,5 horas al día. Su hora normal es de Gs. 13.529 y el recargo por las 2 horas de noche, Gs. 8.117 al día.

## Cuando el turno se pasa del límite

Hay dos topes: el diario y el semanal. La calculadora mide los dos. Si trabajas 7 días a la semana en turno nocturno de 7 horas, son 49 horas, 7 más que las 42 de la ley. Las horas que superan el límite son horas extra y se pagan con recargo aparte.

Hay excepciones previstas en el Código, por ejemplo para algunos trabajadores excluidos de la limitación de jornada. Si eres uno de ellos, el límite de esta calculadora puede no aplicarte. Tampoco calcula las horas extra: para ellas usa la [calculadora de horas extra](https://skilio.com/calculadoras/horas-extra-paraguay/). Para el pago de feriados mira [trabajo nocturno y feriado](https://skilio.com/calculadoras/trabajo-nocturno-feriado-paraguay/), y si tu turno mezcla día y noche, la de [jornada mixta](https://skilio.com/calculadoras/jornada-mixta-paraguay/).

## Preguntas frecuentes

### ¿De qué hora a qué hora es el trabajo nocturno en Paraguay?

De las 20:00 a las 6:00. Cualquier hora trabajada en ese tramo es de noche; el resto del día, de 6:00 a 20:00, es diurno.

### ¿Cuántas horas dura la jornada nocturna en Paraguay según el Código del Trabajo?

Como máximo 7 horas al día y 42 a la semana. La diurna llega a 8 y 48, y la mixta a 7 horas y media y 45.

### ¿Qué pasa si empiezo a las 18:00 y termino a las 2:00?

Tu turno es mixto: tiene horas de día (18:00 a 20:00) y de noche (20:00 a 2:00). Su límite es de 7 horas y media. Con 8 horas de turno y media hora de descanso, trabajas 7 y media y estás justo en el tope.

### ¿El recargo nocturno se paga si solo trabajo unas horas de noche?

Sí. El recargo del 30 % se aplica a las horas que caen entre las 20:00 y las 6:00, aunque el resto del turno sea de día. La calculadora lo calcula solo sobre esas horas.

### ¿El descanso cuenta dentro de mis 7 horas?

No. El artículo 200 dice que el descanso intermedio no se computa en la jornada. Se resta del tiempo que pasas en la empresa.

### ¿Por qué mi recibo sale distinto?

Tu empresa puede dividir el sueldo entre otro número de días, aplicar un convenio colectivo que mejore la ley o incluir otros pagos. El Código no fija el divisor del sueldo; aquí se usa 30 y lo puedes cambiar.

## Fuentes

- Código del Trabajo (Ley 213/93) — bacn.gov.py: https://www.bacn.gov.py/leyes-paraguayas/2608/codigo-del-trabajo
