# Calculadora de jornada nocturna: el sueldo mínimo por trabajar de noche

> Calcula el pago mínimo de la jornada nocturna en Perú: la remuneración mínima más el 35 %, y si tu sueldo de turno de noche cumple ese mínimo.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/jornada-nocturna-peru/
- Solo Perú.

## En resumen

- En Perú, la jornada nocturna es el trabajo entre las 10 p. m. y las 6 a. m., y quien la hace no puede cobrar menos que la remuneración mínima más 35 %.
- Con la remuneración mínima de S/ 1,230, el pago mínimo por trabajar de noche es de S/ 1,660.50 al mes: S/ 1,230.00 más S/ 430.50 de sobretasa.
- Si tu sueldo ya supera ese mínimo, por ejemplo S/ 2,000, cumples la ley sin sumar nada: el 35 % es un mínimo, no un recargo sobre todo sueldo.
- Con un sueldo de S/ 1,500 en turno de noche, te faltan S/ 160.50 al mes para llegar al mínimo.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Tu sueldo al mes en turno de noche: S/ 2,000
- Remuneración mínima (RMV): S/ 1,230
- Sobretasa nocturna: 35 %

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Mínimo legal al mes: S/ 1,660.50
- Tu sueldo supera el mínimo en: S/ 339.50

## ¿Cuánto es el pago mínimo por trabajar de noche?

Quien trabaja de noche en Perú no puede cobrar menos que la **remuneración mínima más el 35 %** de esa remuneración. Con la remuneración mínima vital de S/ 1,230, el mínimo es de **S/ 1,660.50 al mes**. Lo dice el artículo 8 de la [Ley de Jornada de Trabajo (Decreto Legislativo 854)](https://leyes.congreso.gob.pe/Documentos/DecretosLegislativos/00854.pdf), con el texto de la Ley 27671.

La jornada nocturna es el tiempo trabajado **entre las 10:00 p. m. y las 6:00 a. m.**, ocho horas en total.

## Lo más importante: es un mínimo, no un recargo

Mucha gente cree que cualquier sueldo de noche lleva un 35 % más. La ley dice otra cosa: **tu pago no puede ser menor que la remuneración mínima con el 35 % más**. Si tu sueldo ya está por encima de ese monto, cumples la ley aunque no se le haya sumado nada.

Puede pasar que tu contrato o tu convenio colectivo sí diga que el turno de noche paga el 35 % más sobre tu sueldo. La ley no lo manda, pero se puede pactar. Por eso la calculadora enseña también ese caso, aparte, para que compares.

## Cómo usar la calculadora

Escribe **tu sueldo al mes en turno de noche**. Si te pagan por semana o por quincena, calcula lo que sería en un mes. En Opciones avanzadas puedes cambiar la remuneración mínima, por ejemplo cuando suba en 2027, y la sobretasa.

Verás el mínimo legal, si tu sueldo lo cumple, cuánto te falta o te sobra, y el valor por día y por hora.

## Fórmula

```
Mínimo legal = remuneración mínima + remuneración mínima × 35 %
Mínimo por día = mínimo legal / 30
Mínimo por hora = mínimo por día / 8
```

El 35 % se calcula sobre la remuneración mínima, no sobre tu sueldo. La hora sale de dividir el día entre 8, la duración de la jornada.

## Ejemplo: sueldo de S/ 2,000 y de S/ 1,500

Con la remuneración mínima de S/ 1,230 (vigente desde el 1 de octubre de 2026, por el [Decreto Supremo 015-2026-TR](https://www.gob.pe/institucion/mtpe/normas-legales/7845455-015-2026-tr)), el cálculo del mínimo es este:

| Paso | Importe |
| --- | --- |
| Remuneración mínima | S/ 1,230.00 |
| Sobretasa del 35 % (S/ 1,230.00 × 35 %) | S/ 430.50 |
| Mínimo legal al mes | S/ 1,660.50 |
| Mínimo por día (entre 30) | S/ 55.35 |
| Mínimo por hora (entre 8) | S/ 6.92 |

Con un sueldo de S/ 2,000 cumples el mínimo con S/ 339.50 de sobra. Si tu contrato suma el 35 % a tu sueldo, serían S/ 2,700.00 al mes, S/ 700.00 más. Con un sueldo de S/ 1,500 no cumples: te faltan S/ 160.50 al mes. Con ese mismo sueldo y el 35 % sumado, serían S/ 2,025.00.

## Cuándo sube el mínimo

El mínimo depende de la remuneración mínima. En el primer semestre de 2027 sube a S/ 1,300 por el segundo tramo del mismo decreto (la fecha exacta la fija otro decreto), y entonces el mínimo nocturno pasa a S/ 1,755.00 al mes. Puedes cambiar el dato en Opciones avanzadas para ver cuánto sería.

## Lo que esta calculadora no hace

- **No calcula las horas extra.** Si trabajas de noche más de 8 horas, esas horas se pagan como sobretiempo: usa la [calculadora de horas extra](https://skilio.com/calculadoras/horas-extra-peru/).
- **No calcula el trabajo en feriado.** Si te toca de noche un feriado, mira la [calculadora de trabajo en feriado](https://skilio.com/calculadoras/trabajo-feriado-peru/).
- **No suma la asignación familiar** al mínimo, porque no está confirmado que cuente para este pago.
- **No calcula tu sueldo neto.** Para ver cuánto te llega después de descuentos, usa la [calculadora de sueldo neto](https://skilio.com/calculadoras/sueldo-neto-peru/).

Es una estimación: cualquier duda sobre tu pago se resuelve con tu boleta y tu contrato.

## Preguntas frecuentes

### ¿A qué hora empieza la jornada nocturna en Perú?

A las 10:00 p. m. y termina a las 6:00 a. m. Ese tramo de 8 horas se llama jornada nocturna. Si tu turno empieza antes de las 10 p. m., solo cuenta como nocturno lo que trabajas dentro de ese horario.

### ¿El 35 % se suma a mi sueldo?

No por ley. El 35 % se suma a la remuneración mínima para fijar lo mínimo que te deben pagar de noche. Si tu sueldo ya es mayor que ese mínimo, cumples la ley. Solo se suma a tu sueldo si tu contrato o convenio lo dice.

### ¿Cuánto es el pago mínimo por turno de noche?

S/ 1,660.50 al mes con la remuneración mínima de S/ 1,230: S/ 1,230.00 más S/ 430.50 de sobretasa. Al día son S/ 55.35 y por hora, S/ 6.92.

### ¿Vale también para quien cobra por quincena o por semana?

Sí. La ley habla de remuneración semanal, quincenal o mensual: el mínimo se aplica al periodo en que te pagan. La calculadora enseña el monto mensual.

### ¿Qué hago si mi sueldo es menor que el mínimo nocturno?

Comprueba tu boleta y tu contrato, y que tu horario realmente sea de 10 p. m. a 6 a. m. Para dudas sobre tu caso, el Ministerio de Trabajo atiende gratis en el 0800 16 872.

## Fuentes

- Ley de Jornada de Trabajo (Decreto Legislativo 854) — Congreso del Perú: https://leyes.congreso.gob.pe/Documentos/DecretosLegislativos/00854.pdf
- Decreto Supremo 015-2026-TR — Gobierno del Perú: https://www.gob.pe/institucion/mtpe/normas-legales/7845455-015-2026-tr
