# Calculadora de jubilación parcial de funcionarios: ¿puedes y cuánto cobras?

> Jubilación parcial de funcionarios en España: comprueba si tu régimen la permite y calcula pensión más sueldo al mes con tus años y tu jornada.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/jubilacion-parcial-funcionarios-espana/
- Solo España.

## En resumen

- Los funcionarios de Clases Pasivas no tienen jubilación parcial; el personal laboral de la administración sí, con las mismas reglas que cualquier trabajador.
- Antes de tu edad de jubilación hacen falta 33 años cotizados, 6 en la administración, contrato de relevo y reducir la jornada entre un 25 % y un 75 %.
- Con 36.000 € de sueldo, 36 años cotizados y la mitad de jornada, la estimación da 1.271,06 € de pensión y 1.285,71 € de sueldo: 2.556,77 € brutos al mes.
- Ahora esa persona cobra 2.571,43 € brutos al mes: casi lo mismo trabajando la mitad.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Tu situación: Personal laboral de la administración
- Tu sueldo bruto al año, a jornada completa: 36.000 €
- ¿Cuánto reduces tu jornada?: 50 % (la mitad)
- ¿Cuánto te falta para tu edad de jubilación?: Más de 1 año y hasta 2
- Años cotizados hasta hoy: 36 años
- Años seguidos en tu administración: 10 años
- ¿Tu administración contrata a una persona de relevo?: Sí
- Pensión máxima al mes (14 pagas): 3.359,60 €
- Base máxima de cotización al mes: 5.101,20 €

Según el modo que elijas, también:

- Tu pensión completa al mes: 2.000 €

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Total bruto al mes: 2.556,77 €
- Ahora cobras: 2.571,43 €

## ¿Pueden los funcionarios pedir la jubilación parcial?

**Depende de tu régimen.** Los funcionarios de Clases Pasivas no pueden. El personal laboral de la administración sí, como cualquier trabajador. Y los funcionarios del Régimen General de la Seguridad Social están en un punto intermedio: la ley habla de «trabajadores» y la decisión final depende de la normativa de su administración. Esta calculadora es **solo para España**.

La jubilación parcial es cobrar una parte de la pensión mientras sigues trabajando con menos jornada. La regula el [artículo 215 de la Ley General de la Seguridad Social](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724#a215). El [Estatuto Básico del Empleado Público](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11719#a67) dice que la jubilación voluntaria del funcionario exige los requisitos del régimen de Seguridad Social que le toque.

## Qué régimen tienes

| Situación | Jubilación parcial |
| --- | --- |
| Personal laboral de la administración | Sí, con las reglas generales |
| Funcionario del Régimen General (ingreso desde 2011 y la mayoría de los de comunidades y ayuntamientos) | Antes de la edad, no se calcula: el contrato de relevo es laboral. Después de la edad, depende de tu administración |
| Funcionario de Clases Pasivas (ingreso antes de 2011) | No existe |

Si tienes dudas de tu régimen, mira tu nómina o pregunta en tu unidad de personal.

## Requisitos para la jubilación parcial

Hay dos caminos:

- **Antes de tu edad de jubilación**, hasta 3 años antes: 33 años cotizados (25 con una discapacidad del 33 % o más), 6 años seguidos en la administración, reducir la jornada entre un 25 % y un 75 % y un contrato de relevo indefinido y a jornada completa.
- **Después de tu edad de jubilación**: 15 años cotizados y reducir la jornada entre un 25 % y un 75 %. No hace falta relevo.

Si te adelantas más de 2 años, el primer año la reducción debe estar entre el 20 % y el 33 %. Tu edad de jubilación en 2026 es de 65 años con 38 años y 3 meses cotizados, o de 66 años y 10 meses con menos (desde 2027, 65 con 38 años y 6 meses, o 67). Lo fija la [disposición transitoria séptima de la Ley General de la Seguridad Social](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724#dtseptima).

## Cómo se calcula lo que cobras

Cobras dos cosas: una parte de la pensión y un sueldo con la jornada reducida.

```
Pensión parcial = pensión completa × % de reducción
Sueldo          = sueldo a jornada completa × (100 % − % de reducción)
```

La pensión completa se estima con tu sueldo y tus años cotizados: la base es tu sueldo entre 12, la base reguladora es esa base por 300/350 y el porcentaje sube con los años (el 50 % con 15 años y cerca del 100 % con 37). El tope en 2026 es de 3.359,60 € al mes. Si sabes tu pensión, escríbela en Opciones avanzadas. Los importes son brutos y en 14 pagas.

## Ejemplo: 36.000 € y la mitad de jornada

Una persona del personal laboral de una administración, con 36.000 € brutos al año, 36 años cotizados y 10 en su puesto, a 2 años de su edad de jubilación y con relevo, reduce su jornada a la mitad. Son los valores de ejemplo de la calculadora:

| Concepto | Al mes (14 pagas) |
| --- | --- |
| Sueldo actual | 2.571,43 € |
| Pensión completa estimada (98,86 % de la base reguladora) | 2.542,11 € |
| Pensión parcial (50 %) | 1.271,06 € |
| Sueldo con la mitad de jornada | 1.285,71 € |
| Total con la jubilación parcial | 2.556,77 € |

Cobra casi lo mismo que ahora trabajando la mitad, porque su pensión es parecida a su sueldo. Mientras dura la parcial se cotiza por el sueldo completo, así que la pensión de después no baja.

## Si eres de Clases Pasivas

El [texto refundido de la Ley de Clases Pasivas](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1987-12636) no prevé la jubilación parcial. Tu jubilación puede ser forzosa, voluntaria desde los 60 años con 30 de servicio, o por incapacidad. Para calcular esa pensión usa la [calculadora de pensión de Clases Pasivas](https://skilio.com/calculadoras/pension-clases-pasivas-espana/). Para el caso general mira la [jubilación parcial en España](https://skilio.com/calculadoras/jubilacion-parcial-espana/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Un funcionario de carrera puede jubilarse parcialmente?

Si es de Clases Pasivas, no. Si está en el Régimen General, la ley de la Seguridad Social habla de trabajadores y su caso depende de la normativa de su administración. Pregunta en tu unidad de personal.

### ¿Qué es un mutualista?

Es el funcionario que cotizó a una mutualidad antes de 2011 y se jubila por Clases Pasivas. Para él no existe la jubilación parcial.

### ¿Cuántos años cotizados hacen falta?

Antes de tu edad de jubilación, 33 años (25 con discapacidad del 33 % o más). Después de ella, 15.

### ¿Cuánto puedo reducir la jornada?

Entre un 25 % y un 75 %. Si te adelantas más de 2 años, el primer año entre un 20 % y un 33 %.

### ¿Se cobra la pensión entera?

No. Cobras la pensión completa multiplicada por el porcentaje en que reduces la jornada. Con la mitad de jornada, la mitad de la pensión.

### ¿Mi pensión de jubilación parcial será igual que el resultado?

No exactamente: es una estimación. Tu pensión real la fija la Seguridad Social con tus últimos 25 años de cotización.

## Fuentes

- Artículo 215 de la Ley General de la Seguridad Social — Boletín Oficial del Estado (BOE): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724#a215
