# Calculadora de la multa por acoso laboral o acoso sexual en Venezuela

> Calcula la multa de la LOTTT por acoso laboral o acoso sexual en Venezuela: de 30 a 60 UT, con término medio y reincidencia en bolívares.

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- Solo Venezuela.

## En resumen

- En Venezuela, el patrono que incurre en acoso laboral o acoso sexual recibe una multa de 30 a 60 UT (art. 528 de la LOTTT).
- Con una UT de 43 Bs., el término medio de 45 UT es de Bs. 1.935,00; el mínimo, Bs. 1.290,00, y el máximo, Bs. 2.580,00.
- Si la empresa reincide, la multa aumenta en la mitad: el máximo de 60 UT pasa a 90 UT, es decir, Bs. 3.870,00.
- Es una estimación: la autoridad fija el monto final según atenuantes, agravantes y tamaño de la empresa.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Tipo de acoso: Acoso laboral
- Circunstancias del caso: Término medio
- Valor de la unidad tributaria (UT): Bs. 43

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Multa estimada: Bs. 1.935,00

## ¿Cuánto es la multa por acoso laboral o acoso sexual en Venezuela?

Es de **30 a 60 unidades tributarias (UT)**. La fija el art. 528 de la [Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT)](https://www.mpppst.gob.ve/mpppstweb/wp-content/uploads/2014/03/LEY_ORGANICA_DEL_TRABAJO_LOS_TRABAJADORES_Y_LAS_TRABAJADORAS.pdf). Con una UT de 43 Bs., va de Bs. 1.290,00 a Bs. 2.580,00. Esta página es solo para Venezuela.

Quien paga es el patrono, nunca la persona acosada. El rango es el mismo para el acoso laboral y para el sexual. La ley deja además abiertas las vías civiles y penales de la persona afectada; aquí solo se estima la multa administrativa.

## Cómo usar la calculadora

1. Marca si el caso es de **acoso laboral** o **acoso sexual**. Solo cambia la redacción del resultado.
2. En **circunstancias**, deja «término medio» si no tienes más datos. «Con atenuantes» baja a 30 UT y «con agravantes» sube a 60 UT.
3. Marca **reincidencia** únicamente si la empresa ya fue sancionada por acoso antes.
4. Si el SENIAT cambia la UT, corrígela en las opciones avanzadas.

## Fórmula

```
UT aplicadas = 30, 45 o 60 según las circunstancias
Con reincidencia: UT aplicadas × 1,5
Multa en Bs. = UT aplicadas × valor de la UT
```

Según el art. 545, la autoridad parte del punto medio (45 UT). Según el art. 540, reincidir suma la mitad de la pena: 45 UT pasan a 67,5 UT.

## Ejemplo

Una empresa es sancionada por hostigar de forma continuada a una empleada. No hay sanciones previas ni circunstancias especiales. Con la UT en 43 Bs.:

| Caso | UT | Multa |
| --- | --- | --- |
| Con atenuantes | 30 UT | Bs. 1.290,00 |
| Término medio | 45 UT | Bs. 1.935,00 |
| Con agravantes | 60 UT | Bs. 2.580,00 |
| Término medio con reincidencia | 67,5 UT | Bs. 2.902,50 |
| Agravantes con reincidencia | 90 UT | Bs. 3.870,00 |

Aquí vale la fila del medio: 45 UT × 43 Bs. = Bs. 1.935,00.

## Qué se considera acoso laboral y acoso sexual

El art. 164 define el **acoso laboral** como hostigamiento o conducta abusiva, recurrente o continuada, que atenta contra la dignidad o la integridad biopsicosocial de un trabajador y degrada su ambiente de trabajo. Puede venir del patrono, de sus representantes o de otros trabajadores.

El art. 165 define el **acoso sexual** como conducta no deseada y no solicitada de naturaleza sexual, aislada o repetida, ejercida por el patrono o sus representantes para afectar la estabilidad laboral o para dar, mantener o quitar un beneficio del trabajo.

## De qué depende que sea más o menos

La autoridad empieza en 45 UT y sube o baja según lo que pese más en el caso. Si hay agravantes y atenuantes, los compensa. También mira el tamaño de la empresa y cuántas personas resultaron perjudicadas (art. 545). Desde esta página no se conocen esos datos, por eso la cifra es orientativa.

La multa se ingresa en la Tesorería de la Seguridad Social (art. 551). Para pasar otras UT a bolívares, usa la [calculadora de unidad tributaria](https://skilio.com/calculadoras/unidad-tributaria-bolivares-venezuela/). El acoso también figura entre las causas de [despido justificado](https://skilio.com/calculadoras/despido-justificado-venezuela/). Para otra multa de la LOTTT, mira la de [exceder la jornada](https://skilio.com/calculadoras/multa-exceder-jornada-trabajo-venezuela/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuántas UT se multa al patrono por acoso laboral en Venezuela?
Entre 30 y 60 UT. Con la UT en 43 Bs., son de Bs. 1.290,00 a Bs. 2.580,00; con reincidencia, hasta 90 UT.

### ¿El acoso sexual se multa distinto que el acoso laboral?
No. El art. 528 fija el mismo rango de 30 a 60 UT para los dos supuestos.

### ¿Con qué valor de UT se calcula?
Con el vigente del SENIAT: 43 Bs. desde junio de 2025. Si cambia, edítalo en las opciones avanzadas.

### ¿Esta multa se suma a otras consecuencias?
Sí puede. La ley dice que se impone sin perjuicio de las acciones civiles y penales de la persona trabajadora.

### ¿Quién entra en el supuesto de acoso laboral?
El hostigamiento puede venir del patrono, de sus representantes, de un compañero o de un grupo (art. 164). La multa de este artículo recae sobre el patrono.

### ¿La cifra de esta página es la que me pondrán?
Es una estimación para Venezuela con los datos que escribes. El monto final lo decide la autoridad del trabajo.

## Fuentes

- Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) — mpppst.gob.ve: https://www.mpppst.gob.ve/mpppstweb/wp-content/uploads/2014/03/LEY_ORGANICA_DEL_TRABAJO_LOS_TRABAJADORES_Y_LAS_TRABAJADORAS.pdf
