# Calculadora de pensión por fallecimiento en Argentina: viudez, convivientes e hijos

> Calcula la pensión por fallecimiento de ANSES: el 70 % o el 50 % para viudo, viuda o conviviente y el 20 % por hijo, con el tope del 100 %.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/pension-fallecimiento-argentina/
- Solo Argentina.

## En resumen

- Si quien falleció cobraba $ 900.000 y quedan un viudo o viuda y un hijo con derecho, la pensión es de $ 450.000 para la pareja (50 %) y $ 180.000 para el hijo (20 %).
- Sin hijos con derecho, el viudo, la viuda o el conviviente cobra el 70 % del haber: con $ 900.000, son $ 630.000 al mes.
- Cada hijo suma un 20 %, pero la suma de todos nunca pasa del 100 % del haber: con una viuda y 4 hijos se recorta a $ 346.153,85 para ella y $ 138.461,54 para cada hijo.
- Si no hay viudo, viuda ni conviviente, el 50 % de la pareja se reparte entre los hijos: con 2 hijos, cada uno cobra el 45 %.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Haber que cobraba la persona fallecida: $ 900.000
- Viudo, viuda o conviviente: Viudo, viuda o conviviente
- Hijos con derecho a pensión: 1 hijo
- Haber mínimo de ANSES: $ 444.158,46

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Pensión de viudo, viuda o conviviente: $ 450.000
- Pensión del hijo: $ 180.000
- Total que cobra la familia: $ 630.000

## ¿Cuánto se cobra de pensión por fallecimiento?

Quien tiene derecho a la pensión por fallecimiento de ANSES cobra un porcentaje del haber que recibía la persona fallecida: el 70 % si es viudo, viuda o conviviente y no hay hijos con derecho, y el 50 % si los hay. Cada hijo con derecho cobra además el 20 %. Es decir, de cada 10 pesos del haber, 7 van a la pareja si no hay hijos, o 5 si los hay.

Esta calculadora es **solo para Argentina** y calcula la pensión derivada de una jubilación o un retiro por invalidez, según la [Ley 24.241](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/639/texact.htm), artículo 98. Es una estimación: el importe final lo fija ANSES con el haber exacto y los derechohabientes que acredites.

## Quién tiene derecho

El artículo 53 de la Ley 24.241 dice que, si muere un jubilado o beneficiario de un retiro por invalidez, pueden cobrar la pensión:

- El viudo o la viuda.
- El conviviente (hombre o mujer). Necesita haber convivido públicamente al menos **5 años** antes del fallecimiento, o **2 años** si hay hijos reconocidos por ambos.
- Los hijos solteros y las hijas solteras o viudas, hasta los **18 años**. Sin límite de edad si no pueden trabajar.

Si hay cónyuge y conviviente a la vez con derecho, la ley prevé que la prestación se reparta **a partes iguales** en ciertos casos, por ejemplo cuando la persona fallecida pagaba alimentos al cónyuge. Si el cónyuge fue declarado culpable de la separación, el conviviente lo excluye. Este supuesto lo decide ANSES caso por caso; la calculadora solo te deja ver el reparto por igual.

## Cómo se reparte con hijos

El artículo 98 fija los porcentajes y dos reglas de reparto:

1. **Con viudo, viuda o conviviente:** la pareja cobra el 50 % si hay hijos con derecho (70 % si no los hay) y cada hijo cobra el 20 %.
2. **Sin viudo, viuda ni conviviente:** el 50 % de la pareja se reparte por partes iguales entre los hijos y se suma a su 20 %. Con 1 hijo cobra el 70 %. Con 2 hijos, el 45 % cada uno.
3. **Tope del 100 %:** la suma de todas las pensiones no puede pasar del haber de la persona fallecida. Si pasa, cada porcentaje se recorta con la misma proporción.

El tope se nota desde los 3 hijos sin pareja y desde los 4 con pareja. Por ejemplo, con 3 hijos sin pareja, la suma sería 110 %, y cada hijo cobra un tercio del total.

## Cómo usar la calculadora

1. **Haber que cobraba la persona fallecida:** el importe mensual de su jubilación o retiro, en pesos.
2. **Viudo, viuda o conviviente:** elige si hay una persona, si hay cónyuge y conviviente que se reparten por igual, o si no hay ninguna.
3. **Hijos con derecho:** cuántos hijos solteros menores de 18 años o incapacitados para trabajar.
4. En las opciones avanzadas puedes cambiar el **haber mínimo** (dato de noviembre de 2026, que cambia cada mes) y activar o no la subida al mínimo.

## Fórmula

```
Pareja (por persona) = haber × 70 % o 50 % ÷ personas
Hijo = haber × 20 %          (si no hay pareja: 20 % + 50 % ÷ hijos)
Si la suma pasa del 100 %: cada parte × 100 ÷ suma
```

## Ejemplo

Con un haber de $ 900.000, un viudo o viuda y un hijo con derecho:

| Quién | % del haber | Al mes |
| --- | --- | --- |
| Viudo, viuda o conviviente | 50 % | $ 450.000,00 |
| Hijo | 20 % | $ 180.000,00 |
| Total | 70 % | $ 630.000,00 |

Sin el hijo, la pareja cobraría el 70 %: $ 630.000. Con una viuda y 4 hijos, la suma sería 130 %: ella cobraría $ 346.153,85 y cada hijo $ 138.461,54: entre todos, el 100 % del haber (con un centavo de diferencia por el redondeo).

## El haber mínimo

La ley garantiza el haber mínimo a los beneficiarios del sistema (artículo 125). El mínimo de noviembre de 2026 es de $ 444.158,46 (resolución de ANSES). Si una sola persona tiene derecho y su pensión sale por debajo, la calculadora la sube al mínimo. Con varias personas, no se aplica automáticamente: no pudimos confirmar en fuente oficial cómo lo reparte ANSES, así que la calculadora usa el criterio prudente. Puedes ver cuánto es el mínimo en [jubilación mínima en Argentina](https://skilio.com/calculadoras/jubilacion-minima-argentina/).

## Qué no cubre esta calculadora

- El bono previsional y el aguinaldo, que se calculan aparte.
- La PUAM (Pensión Universal para el Adulto Mayor): es una prestación no contributiva con sus propias reglas, distinta de la jubilación.
- Los regímenes especiales o provinciales (cajas propias de algunas provincias y profesiones).
- Los cambios de reglas por una nueva norma. Revisa el texto vigente en [InfoLEG](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/639/texact.htm) y en [ANSES](https://www.anses.gob.ar).

Si la persona fallecida estaba en actividad, la pensión se calcula sobre otra base. Para saber cuándo te jubilas tú, mira [cuándo me jubilo en Argentina](https://skilio.com/calculadoras/cuando-me-jubilo-argentina/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuánto cobra una viuda de pensión en Argentina?

Cobra el 70 % del haber del fallecido si no hay hijos con derecho, y el 50 % si los hay. Con un haber de $ 900.000 son $ 630.000 o $ 450.000.

### ¿La conviviente cobra lo mismo que la esposa?

Sí, el conviviente tiene los mismos porcentajes, pero necesita acreditar 5 años de convivencia, o 2 si hay hijos de ambos. Si coexisten cónyuge y conviviente, ANSES decide si se reparte por partes iguales.

### ¿Hasta qué edad cobran los hijos la pensión de ANSES en Argentina?

Hasta los 18 años, siempre que sean solteros y no cobren otra jubilación o pensión. Si no pueden trabajar por una incapacidad, no hay límite de edad.

### ¿Qué pasa si la suma pasa del 100 %?

La ley no permite pagar más del 100 % del haber del fallecido. Se recortan todas las pensiones en la misma proporción. Pasa con 3 hijos sin pareja, o con 4 hijos y una viuda.

### ¿Cuándo se pierde el derecho?

Cuando alguien pierde el derecho, por ejemplo el hijo al cumplir 18 años, la pensión de los demás se recalcula sin esa persona (artículo 98, pauta III). Con una viuda y un hijo, al cumplir el hijo 18 años la viuda pasa del 50 % al 70 %.

### ¿La pensión puede ser menor que la jubilación mínima?

Con una sola persona con derecho, la ley garantiza el haber mínimo. Con varios beneficiarios, depende de cómo lo aplique ANSES.

## Fuentes

- Ley 24.241 — InfoLEG (normas de Argentina): https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/639/texact.htm
- ANSES: https://www.anses.gob.ar
