# Calculadora de pensión por muerte por riesgo de trabajo del ISSSTE: cuánto cobra la familia

> Calcula la pensión de la familia de un trabajador o pensionado del ISSSTE que muere por riesgo de trabajo: 100 % del sueldo, reparto y gratificación.

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## En resumen

- Si un trabajador del Estado muere por un riesgo de trabajo, su familia cobra el 100 % de su sueldo básico: con $20,000.00 al mes, $20,000.00.
- Entre cónyuge y 2 hijos, la pensión se reparte en partes iguales: $6,666.67 al mes cada uno.
- El máximo es de 10 UMA al mes, $35,662.20 con la UMA vigente; con un sueldo de $100,000.00 la familia cobra ese tope.
- Si muere un pensionado por otra causa, la familia recibe 6 meses de su pensión: $72,000.00 con una pensión de $12,000.00.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Quién falleció: Un trabajador en activo, por un riesgo del trabajo
- Sueldo básico al mes del trabajador: $20,000
- Cónyuge o concubino con derecho: Sí
- Hijos con derecho: 2
- Padres o ascendientes que dependían: 0
- Días de gratificación anual: 40 días
- Valor diario de la UMA: $117.31

Según el modo que elijas, también:

- Pensión mensual que cobraba: $12,000

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Pensión mensual: $20,000.00
- Parte de cada familiar: $6,666.67

## ¿Cuánto cobra la familia si muere un trabajador del ISSSTE por riesgo de trabajo?

Cobra **el 100 % del sueldo básico** que tenía la persona al fallecer, más la misma gratificación anual que le habría tocado como pensionado por riesgo del trabajo. Lo dice el artículo 67 de la [Ley del ISSSTE](https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/110455/LISSSTE.pdf). Riesgo del trabajo es un accidente o una enfermedad causados por el trabajo.

Con un sueldo básico de $20,000.00 al mes, la pensión de la familia es de $20,000.00 al mes. Es una estimación: el ISSSTE confirma el importe exacto. Si la persona fallecida era un pensionado, la cifra de partida es la pensión que cobraba, no el sueldo.

## Trabajador o pensionado: tres casos

| Quién murió | Qué cobra la familia |
| --- | --- |
| Trabajador en activo, por un riesgo del trabajo | 100 % de su sueldo básico (art. 67) |
| Pensionado por incapacidad permanente, por esa misma causa | 100 % de la pensión que cobraba (art. 68, fracción I) |
| Pensionado por incapacidad permanente, por otra causa | Seis meses de su pensión, en un pago (art. 68, fracción II) |

En el tercer caso no hay nueva pensión mensual por riesgo del trabajo, aunque la familia puede tener derecho a otras pensiones de la ley.

## Tope de 10 UMA

La pensión no puede pasar de diez veces el salario mínimo, que hoy se mide en UMA (artículos 17 y 132). Con la UMA de 2026, $117.31 al día, el máximo es de **$35,662.20 al mes**. Con un sueldo de $100,000.00 la familia cobra ese tope, y con $35,662.20 o menos cobra el sueldo completo.

## Cómo se reparte entre la familia

El orden lo marca el artículo 131:

1. El cónyuge o concubino, solo o junto con los hijos menores de 18 años, con incapacidad, o hasta 25 años si estudian y no trabajan.
2. Si no hay cónyuge, el concubino o concubina, con las condiciones de la ley.
3. Si no hay cónyuge ni hijos, los padres y, después, otros ascendientes que dependían de la persona.

Cada grupo se divide **en partes iguales**. Si alguien pierde el derecho, su parte pasa a los demás. Los hijos adoptivos solo cuentan en la orfandad si la adopción se hizo antes de que la persona cumpliera 55 años. Si dos personas dicen ser cónyuge, el trámite espera a que se aclare quién lo es.

## Gratificación anual

La familia recibe también la gratificación anual: por defecto 40 días, calculados con la cuota diaria de la pensión (pensión entre 30). Con $20,000.00 al mes, la cuota diaria es de $666.67 y la gratificación de 40 días, de $26,666.67 al año; entre 3 personas, $8,888.89 cada una. Puedes cambiar los días en las opciones avanzadas.

## Ejemplo

Un trabajador gana $20,000.00 al mes de sueldo básico y muere por un accidente de trabajo. Deja cónyuge y 2 hijos menores.

1. Pensión: 100 % de $20,000.00 = $20,000.00 al mes.
2. Familiares: 1 + 2 = 3 personas.
3. Parte de cada uno: $20,000.00 / 3 = $6,666.67 al mes.

## Cuenta individual del trabajador

Además de la pensión, el artículo 67 deja a los familiares retirar en una sola vez el dinero de la cuenta individual del trabajador fallecido o contratar una renta mayor. Esta calculadora no suma ese dinero.

## Preguntas frecuentes

### ¿Quién paga la pensión por muerte por riesgo de trabajo?

El ISSSTE paga a una aseguradora el monto constitutivo, y la pensión se cobra con cargo a él. Los familiares eligen la aseguradora.

### ¿Cuántos años de cotización hacen falta?

La ley no pide un mínimo de años cuando la muerte es por riesgo del trabajo. Lo importante es que el hecho se califique como tal.

### ¿Qué pasa si hay hijos mayores de 18 años?

Solo cuentan si tienen incapacidad o si estudian nivel medio o superior en una escuela reconocida y no trabajan, hasta los 25 años.

### ¿Cómo se diferencia de una pensión de viudez normal?

La de viudez normal depende de los años cotizados. En el riesgo del trabajo es el 100 % del sueldo básico. Mira la [pensión de viudez del ISSSTE](https://skilio.com/calculadoras/pension-viudez-issste-mexico/).

### ¿Y si el trabajador era del IMSS?

Las reglas son otras. Consulta la [pensión por fallecimiento por riesgo de trabajo del IMSS](https://skilio.com/calculadoras/pension-fallecimiento-riesgo-trabajo-imss-mexico/).

## Fuentes

- Ley del ISSSTE — Gobierno de México: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/110455/LISSSTE.pdf
