# Calculadora del plazo de descargo en Perú: hasta qué día responder la carta

> Calcula el plazo de descargo en Perú: 6 días naturales por falta de conducta o 30 por capacidad, con la fecha límite y cuándo puede llegar el despido.

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## En resumen

- En Perú, antes de un despido por conducta la empresa debe dar por escrito al menos 6 días naturales para responder los cargos.
- Si el motivo es la capacidad o el rendimiento, el plazo mínimo es de 30 días naturales para demostrar tu capacidad o corregir la deficiencia.
- Con la carta recibida un lunes, el plazo de 6 días termina el domingo siguiente; la carta de despido puede llegar desde el lunes después.
- Si la falta es grave y flagrante, la ley permite no dar plazo previo; la empresa debe actuar sin demora.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Motivo de la carta: Falta de conducta
- Día en que recibiste la carta: 2026-11-02
- Plazo que dice tu carta (0 si no lo sabes): 0 días
- Día en que presentas tu descargo (opcional)
- Mínimo por conducta: 6 días
- Mínimo por capacidad: 30 días

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Último día para el descargo: domingo 8 de noviembre de 2026

## Cuántos días tienes para responder la carta

Si te llega una carta de preaviso de despido por tu conducta, tienes **al menos 6 días naturales** para defenderte por escrito. Si el motivo es tu capacidad o rendimiento, tienes **al menos 30 días naturales** para demostrar que puedes hacer el trabajo o corregir la deficiencia. Esto vale para el régimen laboral privado de Perú.

Lo dice el artículo 31 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728 (Decreto Supremo 003-97-TR). La empresa no puede despedirte por esas causas sin darte antes ese plazo por escrito. Es un mínimo: la carta puede dar más días, nunca menos.

Esta página es solo para Perú. Otros países tienen reglas distintas.

## Cómo se cuentan los días

Son **días naturales**: cuentan todos, también sábados, domingos y feriados. No son días hábiles.

La calculadora cuenta así:

```
último día = día en que recibes la carta + días del plazo
```

El día en que recibes la carta no se cuenta como primer día. Es el criterio más prudente, porque la norma no dice otra cosa. Si tu carta dice que se cuenta desde el mismo día de la entrega, activa esa opción en «Opciones avanzadas».

La ley no mueve el plazo si el último día cae en fin de semana. Por eso conviene presentar el descargo antes, con el cargo de recepción sellado o firmado.

## Cómo usar la calculadora

1. Elige el motivo: **falta de conducta** (6 días) o **capacidad o rendimiento** (30 días).
2. Escribe el día en que recibiste la carta.
3. Mira el último día para tu descargo y el primer día en que podría llegar la carta de despido.

En «Opciones avanzadas» puedes indicar:

- Si tu carta da un plazo distinto (por ejemplo, 10 días). Si da menos que el mínimo legal, la calculadora te avisa.
- Si se trata de una falta grave flagrante.
- El día en que presentas tu descargo, para saber si llegas a tiempo.

## Ejemplo

Recibes una carta por falta de conducta el lunes 2 de noviembre de 2026.

| Paso | Resultado |
| --- | --- |
| Plazo mínimo por conducta | 6 días naturales |
| Último día para el descargo | domingo 8 de noviembre de 2026 |
| Primer día posible de la carta de despido | lunes 9 de noviembre de 2026 |

Con la misma fecha y un motivo de capacidad, el plazo es de 30 días naturales: termina el miércoles 2 de diciembre de 2026.

## Qué pasa con la falta grave flagrante

Si el trabajador es sorprendido en el acto y no resulta razonable dar un plazo, la ley permite despedir sin él. Es una excepción para faltas graves. Aun así, la empresa debe respetar el **principio de inmediatez**: actuar sin dejar pasar un tiempo excesivo desde que conoció la falta.

Esta excepción solo está prevista para la conducta. Para la capacidad, el plazo de 30 días siempre se da.

## Después del descargo

Cuando termina el plazo, la empresa puede enviar la carta de despido. Esa carta debe ser escrita e indicar de forma precisa la causa y la fecha del cese (artículo 32). Si te niegas a recibirla, se te envía por notario, juez de paz o policía.

La empresa no puede invocar después una causa distinta de la que puso en la carta. Si conoce otra falta grave durante el trámite, puede reiniciarlo.

Si el despido no expresa causa o la causa no se puede probar, es arbitrario. Para esa cuenta usa la [indemnización por despido arbitrario](https://skilio.com/calculadoras/indemnizacion-despido-arbitrario-peru/). Para saber cuánto te pagan al salir, mira la [liquidación de beneficios sociales](https://skilio.com/calculadoras/liquidacion-beneficios-sociales-peru/). Si hay un plazo para acudir a un juez, consulta el [plazo de caducidad tras el despido](https://skilio.com/calculadoras/plazo-caducidad-demanda-despido-peru/).

También puedes ver el caso contrario, cuando eres tú quien rompe el contrato por actos de hostilidad: [despido indirecto](https://skilio.com/calculadoras/despido-indirecto-hostilizacion-peru/). Y para tu CTS al salir, mira la [calculadora de CTS](https://skilio.com/calculadoras/cts-peru/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuántos días tengo para responder la carta de preaviso de despido?

Al menos 6 días naturales si la causa es tu conducta y al menos 30 días naturales si es tu capacidad. Cuenta desde que recibes la carta.

### ¿Los 6 días son hábiles o naturales?

Son naturales. Cuentan sábados, domingos y feriados. Si el último día cae en domingo, no se pasa al lunes: presenta tu descargo antes.

### ¿Qué pasa si la empresa me da menos de 6 días?

El plazo que da la carta es menor que el mínimo de la ley. La calculadora lo marca con un aviso y te muestra la fecha que saldría con el mínimo.

### ¿Se puede despedir sin dar plazo?

Solo en una falta grave flagrante, cuando no resulta razonable dar el plazo. En los demás casos de conducta o capacidad, el plazo previo es obligatorio.

### ¿Tengo que responder por escrito?

Sí. El artículo 31 habla de defenderte por escrito. Conserva una copia con el sello o la firma de recepción.

### ¿El último día que muestra esta página es definitivo en Perú?

No. Es una estimación con el criterio de contar desde el día siguiente a la entrega. Si tu carta fija otro plazo o forma de contar, manda lo que dice la carta.

## Fuente oficial

Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Decreto Supremo 003-97-TR, artículos 31 y 32: [Congreso de la República del Perú](https://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con4_uibd.nsf/BE35EA4B0DF56C0A05257E2200538D4C/$FILE/1_DECRETO_SUPREMO_003_27_03_1997.pdf).

## Fuentes

- Congreso de la República del Perú: https://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con4_uibd.nsf/BE35EA4B0DF56C0A05257E2200538D4C/$FILE/1_DECRETO_SUPREMO_003_27_03_1997.pdf
