# Calculadora del plazo para recurrir el dictamen de la Junta Regional de Calificación de Invalidez en Colombia

> Calcula en Colombia hasta qué día puedes recurrir el dictamen de la Junta Regional de Invalidez y cuándo resuelve la reposición y pasa a la Nacional.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/plazos-junta-calificacion-invalidez-colombia/
- Solo Colombia.

## En resumen

- En Colombia hay 10 días desde la notificación para presentar reposición y/o apelación contra el dictamen de la Junta Regional (art. 2.2.5.1.41 del Decreto 1072).
- Con días de calendario el último día queda 10 días después de notificar; con días hábiles puede ser hasta 15 días naturales.
- La Junta Regional resuelve la reposición en 10 días calendario y remite la apelación a la Nacional en 2 días hábiles.
- Sin recurso a tiempo, el dictamen queda en firme.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Día en que te notificaron el dictamen: 2026-11-09
- Cómo se cuentan los 10 días: Todos los días del calendario (más prudente)
- Día en que presentas el recurso (opcional)
- Festivos:

  | Día | Mes | Año |
  | --- | --- | --- |
  | 1 | Enero | 2026 |
  | 12 | Enero | 2026 |
  | 23 | Marzo | 2026 |
  | 2 | Abril | 2026 |
  | 3 | Abril | 2026 |
  | 1 | Mayo | 2026 |
  | 18 | Mayo | 2026 |
  | 8 | Junio | 2026 |
  | 15 | Junio | 2026 |
  | 29 | Junio | 2026 |
  | 20 | Julio | 2026 |
  | 7 | Agosto | 2026 |
  | 17 | Agosto | 2026 |
  | 12 | Octubre | 2026 |
  | 2 | Noviembre | 2026 |
  | 16 | Noviembre | 2026 |
  | 8 | Diciembre | 2026 |
  | 25 | Diciembre | 2026 |
  | 1 | Enero | 2027 |
  | 11 | Enero | 2027 |


## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Último día para recurrir: jueves, 19 de noviembre de 2026
- Recurso a tiempo: Sí

## ¿Cuántos días tienes para recurrir el dictamen?

En Colombia tienes **10 días desde la notificación** del dictamen de la Junta Regional de Calificación de Invalidez para presentar el recurso de reposición, el de apelación o ambos. Lo fija el artículo 2.2.5.1.41 del [Decreto 1072 de 2015](https://normativa.colpensiones.gov.co/colpens/docs/decreto_1072_2015.htm). El recurso se presenta ante la misma Junta Regional que dictó el dictamen, sin formalidades especiales: basta con exponer los motivos y aportar las pruebas.

Pasado ese plazo sin recurso, el dictamen adquiere firmeza (art. 2.2.5.1.43). Por eso conviene conocer la fecha exacta.

## Cómo se notifica el dictamen

Dentro de los 2 días calendario siguientes a la audiencia privada, la Junta cita por correo físico a las partes para notificarlas en persona. Tienen 5 días hábiles desde que reciben la citación. Si no es posible, se fija un aviso en la sede de la Junta durante 10 días hábiles (art. 2.2.5.1.39). El plazo para recurrir cuenta desde la notificación, no desde la audiencia.

## Reposición, apelación y Junta Nacional

- **Reposición:** la resuelve la Junta Regional en 10 días calendario desde que recibe el recurso y no tiene costo.
- **Apelación:** va a la Junta Nacional. La Regional remite el expediente en 2 días hábiles, siempre que conste el pago de los honorarios. Si recurre el trabajador, no se exige esa consignación.
- Si la reposición sale a favor de quien recurre, no se envía a la Nacional.
- Contra la decisión de la Nacional no hay más recursos de este tipo.

Además, hay 3 días hábiles desde la notificación para pedir una aclaración o corrección de errores de forma (art. 2.2.5.1.40). Pedirla no te quita el derecho a recurrir.

## ¿Hábiles o de calendario?

El decreto dice «diez (10) días» sin aclarar. La calculadora usa por defecto **días de calendario**, que da la fecha más temprana y es la lectura más prudente. Puedes cambiarla a días hábiles y ver ambas fechas a la vez.

- El día de la notificación no cuenta.
- Con días hábiles se saltan sábados, domingos y festivos.
- Los festivos de 2026 y los de enero de 2027 vienen cargados y puedes editarlos.

## Cómo usar la calculadora

1. Escribe el día en que te notificaron el dictamen.
2. Elige cómo contar los 10 días.
3. En las opciones avanzadas, si ya sabes cuándo vas a recurrir, escribe ese día.

Verás el último día, si el recurso va a tiempo, y las fechas de resolución de la reposición, de remisión a la Nacional y de la aclaración.

## Cómo se calcula

```
Último día = día de notificación + 10 días (calendario o hábiles)
Reposición resuelta = día de presentación + 10 días calendario
Remisión a la Nacional = día de presentación + 2 días hábiles
Aclaración = día de notificación + 3 días hábiles
```

## Ejemplo

Te notifican el dictamen el lunes 9 de noviembre de 2026 y presentas el recurso el último día.

- Con días de calendario, el último día es el **jueves 19 de noviembre de 2026**, a 10 días naturales.
- Con días hábiles, y con el festivo del lunes 16, el último día es el **martes 24 de noviembre de 2026**, a 15 días naturales.
- Si recurres el 19 de noviembre, la reposición se resuelve a más tardar el 29 de noviembre y la apelación pasa a la Nacional el 23 de noviembre.
- La aclaración se puede pedir hasta el jueves 12 de noviembre.

## Qué incluir en el recurso

- Los motivos de desacuerdo con el dictamen.
- Las pruebas nuevas que quieras hacer valer.
- Si es apelación y no eres el trabajador, el comprobante de pago de los honorarios de la Junta Nacional.

Guarda copia de lo que entregues y de la fecha de radicación.

## Preguntas frecuentes

### ¿Los 10 días son hábiles o de calendario?

El decreto no lo precisa. La calculadora muestra las dos fechas y usa la de calendario por prudencia.

### ¿Puedo presentar solo la apelación?

Sí. Puedes presentar solo reposición, solo apelación o reposición con apelación subsidiaria, siempre ante la Junta Regional que emitió el dictamen.

### ¿Qué pasa si presento el recurso tarde?

El recurso de apelación fuera de plazo se rechaza y se devuelven los honorarios descontando el porcentaje administrativo. El dictamen queda en firme.

### ¿Quién paga los honorarios de la Junta Nacional?

Si recurre el trabajador, no tiene que consignarlos. Las demás partes deben acreditar el pago al apelar.

### ¿Aclarar el dictamen detiene el plazo?

No lo dice la norma así. La aclaración no excluye el derecho a recurrir, por lo que lo más prudente es contar el plazo desde la notificación.

### ¿Qué día pongo como notificación del dictamen?

El de la notificación personal o, si no fue posible, el del retiro del aviso fijado en la sede de la Junta. Confírmalo con la constancia del expediente; esta calculadora es solo una estimación.

## Fuentes

- Decreto 1072 de 2015 — normativa.colpensiones.gov.co: https://normativa.colpensiones.gov.co/colpens/docs/decreto_1072_2015.htm
