# Calculadora de prescripción laboral en México: cuánto plazo te queda

> Calcula en México el último día para actuar por despido (2 meses), prestaciones (1 año) o riesgo de trabajo (2 años) y cómo cambia con la conciliación.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/prescripcion-acciones-laborales-mexico/
- Solo México.

## En resumen

- En México, quien es separado del trabajo tiene 2 meses para actuar, contados desde el día siguiente a la separación (art. 518 de la Ley Federal del Trabajo).
- Con un despido el 22 de octubre, el último día es el 22 de diciembre: 61 días en total y, al 6 de noviembre, quedan 46.
- Las prestaciones prescriben en 1 año y el riesgo de trabajo en 2 años (arts. 516 y 519).
- Pedir la conciliación pausa el plazo del despido: con 51 días restantes y constancia el 20 de noviembre, el nuevo límite es el 10 de enero.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Qué quieres hacer valer: Despido o separación del trabajo (2 meses)
- Fecha del hecho: 2026-10-22
- Fecha de hoy: 2026-11-06

Según el modo que elijas, también:

- Fecha de la solicitud de conciliación: 2026-11-02
- Fecha de la constancia de no conciliación: 2026-11-20

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Último día del plazo: 22 de diciembre de 2026
- Días que te quedan: 46 días
- Días ya pasados: 15 días

## ¿Cuánto tiempo tienes para actuar por un despido o por tus prestaciones?

Depende del tipo de acción. **Si te separaron del trabajo, tienes 2 meses. Si te deben prestaciones, tienes 1 año. Si es por un riesgo de trabajo, tienes 2 años.** Los fija la [Ley Federal del Trabajo](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf) en sus artículos 516 a 522. Esta calculadora solo sirve para México.

Pasado el plazo, la acción prescribe: ya no se puede hacer valer ante el tribunal si la otra parte lo opone. Por eso importa saber el último día exacto.

## Los plazos de la ley

| Acción | Plazo | Artículo |
| --- | --- | --- |
| Despido o separación del trabajo | 2 meses | 518 |
| Pago de prestaciones (sueldo, vacaciones, aguinaldo, PTU) | 1 año | 516 |
| Indemnización por riesgo de trabajo | 2 años | 519 |
| Beneficiarios por muerte por riesgo de trabajo | 2 años | 519 |
| Separarte tú por una causa del patrón | 1 mes | 517 |

## Cómo usar la calculadora

1. **Qué quieres hacer valer.** Elige la acción de la lista.
2. **Fecha del hecho.** En un despido, el día en que te separaron o en que te dieron el aviso en persona. En prestaciones, el día en que debían pagarte. En riesgo de trabajo, el día en que se fijó el grado de incapacidad.

En **Opciones avanzadas** puedes cambiar la fecha de hoy e indicar si ya pediste la conciliación, con la fecha de la solicitud y la de la constancia de no conciliación.

## Cómo se cuenta el plazo

```
Primer día = día siguiente al hecho
Último día = fecha del hecho + número de meses del plazo
Días que quedan = último día − hoy
```

- Los meses se cuentan por fechas: dos meses desde el 22 de octubre llegan al 22 de diciembre.
- Si el día no existe en el mes final, vale el último día del mes. Por ejemplo, dos meses desde el 31 de diciembre llegan al 28 de febrero.
- El último día debe cumplirse completo. Si es feriado, la ley lo pasa al primer día útil siguiente (art. 522), pero lo prudente es actuar antes.
- En un despido, el plazo no corre hasta que recibes en persona el aviso de rescisión.

## Qué pasa con la conciliación

Antes de ir al tribunal, casi siempre se debe pedir la conciliación en el Centro de Conciliación. Esa solicitud toca el plazo:

- **Despido:** el plazo se **suspende** el día de la solicitud y sigue al día siguiente de la constancia de no conciliación. Los días ya gastados se conservan.
- **Otras acciones:** el plazo se **interrumpe**. Desde el día siguiente a la constancia empieza de nuevo y completo.
- Si la solicitud llega cuando el plazo ya había terminado, no lo revive.

## Ejemplo: despido el 22 de octubre

Imagina un despido el 22 de octubre de 2026 y consulta el 6 de noviembre de 2026.

| Concepto | Resultado |
| --- | --- |
| El plazo empieza a contar | 23 de octubre de 2026 |
| Último día (2 meses) | 22 de diciembre de 2026 |
| Días del plazo | 61 días |
| Días ya pasados | 15 días |
| Días que quedan | 46 días |

Si en ese caso pides la conciliación el 2 de noviembre, ya habías gastado 10 días y te quedan 51. Con la constancia el 20 de noviembre, el plazo sigue al día siguiente y el nuevo último día es el 10 de enero de 2027.

## Es una estimación

La calculadora aplica la ley tal como está escrita. Cada caso puede tener detalles, como la fecha exacta del aviso o días inhábiles. Para orientación gratuita, la [Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo](https://www.gob.mx/profedet) atiende estas dudas. Para el cálculo de lo que te corresponde, usa la [calculadora de indemnización por despido](https://skilio.com/calculadoras/indemnizacion-despido-injustificado-mexico/) o la de [finiquito](https://skilio.com/calculadoras/finiquito-mexico/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuántos días son dos meses para un despido?
Entre 59 y 62 días, según los meses. La ley manda contar por fechas, así que la calculadora da el día exacto.

### ¿El plazo empieza el mismo día del despido?
No. Empieza al día siguiente, pero cuenta completo. Si no recibiste el aviso en persona, aún no corre.

### ¿La solicitud de conciliación detiene el reloj?
Sí. En un despido lo pausa, y los días que ya habían pasado se guardan. En las otras acciones lo interrumpe y vuelve a empezar.

### ¿Y si el último día cae en sábado o domingo?
La ley habla de días feriados. Como puede haber dudas, es más seguro actuar el último día hábil anterior.

### ¿Las prestaciones que me deben también tienen un solo plazo?
Sí, 1 año desde que eran exigibles. Cada prestación tiene su propia fecha, por ejemplo el aguinaldo o la PTU.

### ¿Cuánto tengo si me lesioné en el trabajo?
Dos años, desde que se determina el grado de incapacidad. Para el monto, usa la calculadora de [indemnización por riesgo de trabajo](https://skilio.com/calculadoras/indemnizacion-riesgo-trabajo-mexico/).

## Fuentes

- Ley Federal del Trabajo — Cámara de Diputados de México: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf
- Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo — PROFEDET: https://www.gob.mx/profedet
