# Calculadora de paro forzoso con cotizaciones sin pagar en Venezuela

> Calcula en Venezuela qué parte del paro forzoso paga tu empleador si no enteró hasta un tercio de las cotizaciones, con intereses por IPC.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/prestacion-paro-forzoso-mora-un-tercio-cotizaciones-venezuela/
- Solo Venezuela.

## En resumen

- Si tu empresa no cotizó hasta un tercio de los meses, paga solo la parte proporcional del paro forzoso, más intereses (art. 39 de la ley).
- Con un salario de Bs. 60.000, el paro forzoso es de Bs. 3.900,00 en 5 meses; si no cotizó 6 de 24 meses (25 %), el empleador paga Bs. 975,00 y el IVSS, Bs. 2.925,00.
- Con intereses del 8 % por IPC, el empleador pagaría Bs. 1.053,00 en total.
- Si la mora pasa de un tercio, por ejemplo 9 de 24 meses, paga toda la prestación: Bs. 3.900,00 más Bs. 312,00 de intereses.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Tu salario mensual (promedio de los últimos 12 meses): Bs. 60.000
- Meses en que tu empresa debía cotizar por ti (de los últimos 24): 24 meses
- Meses en que no cotizó: 6 meses
- Meses que pasarás sin empleo: 5 meses
- Variación del IPC de Caracas hasta el reintegro: 8 %
- Porcentaje de la prestación: 60 %
- Meses máximos de pago: 5 meses
- Salario mínimo mensual: Bs. 130
- Tope del salario que cuenta (en salarios mínimos): 10 salarios

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Parte del empleador: Bs. 975,00
- Total con intereses: Bs. 1.053,00

## Cómo se reparte el paro forzoso si la empresa no cotizó

Si tu empresa no pagó todas las cotizaciones y pierdes el empleo, el paro forzoso lo reparten el empleador y el IVSS según cuántos meses faltaron. Esta página solo sirve para Venezuela y se basa en el art. 39 de la Ley del Régimen Prestacional de Empleo.

La ley distingue tres casos:

- **No cotizó hasta un tercio de los meses:** el empleador paga la prestación en proporción a lo que dejó de cotizar, más intereses de mora.
- **No cotizó más de un tercio:** el empleador paga la prestación completa, más intereses.
- **Nunca te afilió:** el empleador paga todas las prestaciones, más intereses.

Es una estimación: el reparto final lo decide el IVSS.

## Fórmula

```
Prestación mensual = Salario que cuenta × 60 %
Prestación total   = Prestación mensual × Meses sin empleo (hasta 5)
Si meses sin cotizar × 3 <= meses debidos:
   Empleador = Prestación total × meses sin cotizar / meses debidos
Si no:
   Empleador = Prestación total
Intereses = Empleador × variación del IPC de Caracas
IVSS      = Prestación total − Empleador
```

El salario que cuenta va de 1 a 10 salarios mínimos (art. 46). Con el mínimo de Bs. 130, el máximo es Bs. 1.300. La ley no da una fórmula exacta para «en proporción al defecto de cotización y el tiempo efectivo de servicio»: aquí usamos los meses sin cotizar entre los meses en que se debía cotizar.

## Ejemplo: Bs. 60.000 de salario y 6 de 24 meses sin cotizar

| Paso | Importe |
| --- | --- |
| Salario que cuenta (tope de 10 salarios mínimos) | Bs. 1.300,00 |
| Prestación mensual (60 %) | Bs. 780,00 |
| Prestación total (780,00 × 5 meses) | Bs. 3.900,00 |
| Parte del empleador (6/24 = 25 %) | Bs. 975,00 |
| Intereses por IPC (8 %) | Bs. 78,00 |
| Total a cargo del empleador | Bs. 1.053,00 |
| Parte del IVSS | Bs. 2.925,00 |

Como 6 meses sin cotizar no pasan de la tercera parte de 24 (que son 8), el empleador paga solo la proporción. Con 8 meses, justo un tercio, paga Bs. 1.300,00 y sigue siendo proporcional. Con 9 meses, paga toda la prestación: Bs. 3.900,00 más Bs. 312,00 de intereses, en total Bs. 4.212,00.

## Cuándo la mora pasa de un tercio

La frontera es exacta: «hasta un tercio» incluye el tercio justo. Con 24 meses debidos, 8 meses sin cotizar aún es proporcional y 9 ya no. Con 12 meses debidos, son 4 y 5. Pasado ese punto, el empleador responde por el pago íntegro y el IVSS no paga nada de la prestación.

## Los intereses de mora

Los intereses se calculan según la variación del Índice de Precios al Consumidor de Caracas entre la fecha del pago de la prestación y su reintegro. La calculadora te deja escribir esa variación en las opciones avanzadas. El valor del ejemplo, 8 %, es solo una estimación: busca el dato real en el Banco Central de Venezuela.

## Quién tiene derecho a la prestación

Para que haya reparto, primero debe haber derecho al paro forzoso (art. 32): al menos 12 meses de cotizaciones exigibles dentro de los 24 anteriores y una salida involuntaria del empleo. Si tienes menos de 12, la calculadora te lo dice. El cálculo de la prestación sola está en la calculadora de [paro forzoso](https://skilio.com/calculadoras/paro-forzoso-venezuela/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Quién paga el paro forzoso si mi empresa no cotizó?
Depende de cuánto faltó. Hasta un tercio de los meses, el empleador paga la parte proporcional y el IVSS el resto. Si faltó más, el empleador paga toda la prestación.

### ¿Qué pasa si mi empresa nunca me afilió?
Según el art. 39, responde por todas las prestaciones que te corresponderían, más los intereses de mora.

### ¿Cuántos meses puede faltar para que siga siendo proporcional?
Hasta la tercera parte. Con 24 meses debidos son 8; con 12 meses, 4.

### ¿Cómo se calculan los intereses?
Con la variación del IPC de Caracas entre el pago de la prestación y su reintegro. Aquí es un porcentaje que tú escribes.

### ¿Cuánto tiempo tengo para pedir lo que me corresponde?
La acción prescribe a los dos años desde que terminó la prestación del servicio (art. 39, último párrafo).

### ¿Es definitivo el reparto entre empleador e IVSS?
No. Es una estimación con el criterio más prudente; el reparto final lo fija el IVSS.
