# Calculadora de recargo por presentar fuera de plazo a Hacienda

> Calcula el recargo por presentar fuera de plazo una declaración a Hacienda en España: 1 % más 1 % por mes, y 15 % más intereses desde los 12 meses.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/recargo-extemporaneo-hacienda-espana/
- Solo España.

## En resumen

- Con 5.000 € a ingresar y 2 meses completos de retraso, el recargo es del 3 %: 150,00 €, que con la rebaja del 25 % se queda en 112,50 €.
- El recargo es un 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso, hasta un 12 %; desde los 12 meses es un 15 % fijo y se suman intereses de demora.
- Con 5.000 € presentados 14 meses tarde, el recargo es de 750,00 € (562,50 € con la rebaja) y los intereses son 42,29 € por 76 días.
- La rebaja del 25 % solo afecta al recargo, no a los intereses, y exige pagar la deuda al presentar y el resto del recargo en el plazo que te dé Hacienda.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Importe a ingresar de la declaración: 5.000 €
- Último día del plazo: 2026-04-20
- Día en que la presentas: 2026-07-05
- Interés de demora (al año): 4,0625 %

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Recargo a pagar: 112,50 €
- Total que pagas: 5.112,50 €
- Recargo aplicado: 3 %

## ¿Cuánto es el recargo por presentar fuera de plazo?

**Si presentas una declaración a Hacienda después de su plazo y Hacienda no te ha pedido nada antes, pagas un recargo del 1 % de lo que te sale a ingresar, más otro 1 % por cada mes completo de retraso.** Así llega como máximo al 12 %. Si pasan 12 meses o más, el recargo es un 15 % fijo y además pagas intereses de demora.

Es el recargo por declaración extemporánea del [artículo 27 de la Ley General Tributaria](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a27). Vale para cualquier autoliquidación, que es la declaración en la que tú mismo calculas lo que debes: el IVA, los pagos fraccionados de autónomos o la renta. Es una regla de España; en otros países cada administración tiene la suya.

Este recargo sustituye a la sanción: si presentas por tu cuenta, antes de que Hacienda se ponga en contacto contigo, no te multan por el retraso.

## Cómo usar la calculadora

1. **Importe a ingresar.** Lo que te sale a pagar en la declaración, sin recargo ni intereses.
2. **Último día del plazo.** El día en que acababa el plazo para presentar. Si caía en fin de semana o festivo, el siguiente día hábil.
3. **Día en que la presentas.** La fecha real de presentación.
4. **Pago la deuda al presentar y el recargo en su plazo.** Está marcado: así te rebajan un 25 % del recargo. Desmárcalo si no vas a pagar así.

En Opciones avanzadas puedes cambiar el interés de demora, que solo cuenta si pasan 12 meses o más.

## Tabla de recargos por mes de retraso

Cuenta los meses de fecha a fecha desde el último día del plazo. Con 5.000 € a ingresar, el recargo es este:

| Meses completos de retraso | Recargo | Sobre 5.000 € | Con la rebaja del 25 % |
| --- | --- | --- | --- |
| Menos de 1 mes | 1 % | 50,00 € | 37,50 € |
| 1 mes | 2 % | 100,00 € | 75,00 € |
| 2 meses | 3 % | 150,00 € | 112,50 € |
| 3 meses | 4 % | 200,00 € | 150,00 € |
| 4 meses | 5 % | 250,00 € | 187,50 € |
| 5 meses | 6 % | 300,00 € | 225,00 € |
| 6 meses | 7 % | 350,00 € | 262,50 € |
| 7 meses | 8 % | 400,00 € | 300,00 € |
| 8 meses | 9 % | 450,00 € | 337,50 € |
| 9 meses | 10 % | 500,00 € | 375,00 € |
| 10 meses | 11 % | 550,00 € | 412,50 € |
| 11 meses | 12 % | 600,00 € | 450,00 € |
| 12 meses o más | 15 % más intereses | 750,00 € | 562,50 € |

Para ver cuántos días o meses hay entre dos fechas, usa la [calculadora de días entre fechas](https://skilio.com/calculadoras/dias-entre-fechas/).

## Intereses de demora desde los 12 meses

Si presentas cuando han pasado 12 meses o más desde el fin del plazo, el recargo es del 15 % y **además pagas intereses de demora desde el día siguiente a que se cumplan esos 12 meses hasta el día en que presentas**. Antes de los 12 meses no hay intereses.

El interés de demora es un porcentaje anual que fija la ley ([artículo 26 de la Ley General Tributaria](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a26)). El que usa la calculadora es el 4,0625 % anual de la [Ley 31/2022 de Presupuestos](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-22128), que sigue vigente por la prórroga presupuestaria. Puedes cambiarlo si la ley fija otro. La cuenta se hace día a día:

```
intereses = importe × tipo anual × días de retraso ÷ días del año (365 o 366)
```

## La rebaja del 25 % del recargo

**El recargo baja un 25 % si pagas toda la deuda al presentar y el resto del recargo en el plazo que te dé Hacienda** ([artículo 27.5](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a27)). La rebaja es solo del recargo: los intereses no se rebajan. Si no pagas así, Hacienda te cobra después la parte que te había rebajado.

## Ejemplo: 5.000 € con 2 meses de retraso

Con los valores de ejemplo de la calculadora, que no son los tuyos: el plazo acababa el 20 de abril y presentas el 5 de julio una declaración que sale a ingresar 5.000 €.

| Concepto | Importe |
| --- | --- |
| Deuda de la declaración | 5.000,00 € |
| Recargo del 3 % | 150,00 € |
| Rebaja del 25 % | 37,50 € |
| Recargo que pagas | 112,50 € |
| Total que pagas | 5.112,50 € |

Del 20 de abril al 20 de junio pasan 2 meses completos, y el tercero no acaba hasta el 20 de julio. Por eso el recargo es del 1 % más 2 % = 3 %.

## Ejemplo: la misma deuda con 14 meses de retraso

Si el plazo acabó el 20 de abril de 2025 y presentas el 5 de julio de 2026, han pasado más de 12 meses.

| Concepto | Importe |
| --- | --- |
| Deuda de la declaración | 5.000,00 € |
| Recargo del 15 % | 750,00 € |
| Rebaja del 25 % | 187,50 € |
| Recargo que pagas | 562,50 € |
| Intereses de demora (76 días) | 42,29 € |
| Total que pagas | 5.604,79 € |

Los 12 meses acabaron el 20 de abril de 2026. Los intereses cuentan desde el 21 de abril hasta el 5 de julio: 76 días. Cuentas: 5.000 € × 4,0625 % × 76 ÷ 365 = 42,29 €.

## Cuándo no se aplica este recargo

- **Si Hacienda ya te había pedido algo.** El recargo es solo para quien presenta sin requerimiento previo: una comunicación formal de Hacienda para revisar, comprobar o liquidar esa deuda. Con un requerimiento previo, cambian las cuentas y puede haber sanción.
- **Si no hay nada que ingresar.** El recargo se calcula sobre el importe a ingresar: con una declaración a cero o a devolver, es 0.
- **Si la deuda ha prescrito.** Las deudas prescriben a los 4 años ([artículo 66](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a66)). La calculadora no lo mira.

Si lo que te ha llegado es una carta de Hacienda para pagar, mira el [plazo para pagar a Hacienda](https://skilio.com/calculadoras/plazo-pago-hacienda/). Si presentas el IVA, tienes la [calculadora del modelo 303](https://skilio.com/calculadoras/modelo-303-iva-espana/); si eres autónomo, el [modelo 130](https://skilio.com/calculadoras/modelo-130/); y para la renta, la [calculadora de la declaración de la renta](https://skilio.com/calculadoras/declaracion-renta-espana/). Para cualquier duda de tu caso, consulta la [Agencia Tributaria](https://sede.agenciatributaria.gob.es/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuánto es el recargo por presentar la declaración fuera de plazo?

Un 1 % de lo que te sale a ingresar, más otro 1 % por cada mes completo de retraso, hasta un 12 % con 11 meses completos. Desde los 12 meses es un 15 % y se suman intereses de demora. Con 5.000 € y 2 meses de retraso, el recargo es del 3 %: 150,00 €.

### ¿Se paga recargo si presento fuera de plazo y me sale a devolver?

No. El recargo se calcula sobre el importe a ingresar, así que con una declaración a devolver o a cero es 0. La calculadora lo da por bueno con un importe de 0.

### ¿Qué cuenta como mes completo de retraso?

Los meses se cuentan de fecha a fecha desde el último día del plazo. Si el plazo acababa el 20 de abril, presentas con 1 mes completo el 20 de mayo y con 2 el 20 de junio. Antes del 20 de mayo es menos de un mes: recargo del 1 %. Si el mes no tiene ese día, vale el último día del mes.

### ¿Se pagan intereses de demora además del recargo?

Solo si pasan 12 meses o más desde el fin del plazo. Entonces el recargo es del 15 % y pagas intereses de demora desde el día siguiente a los 12 meses hasta que presentas. Con menos de 12 meses no hay intereses.

### ¿Cómo funciona la rebaja del 25 %?

Se aplica al recargo si pagas toda la deuda al presentar y el resto del recargo en el plazo que te dé Hacienda. De un recargo de 150,00 € pagas 112,50 €. Los intereses no se rebajan.

### ¿Y si Hacienda ya me había avisado antes de presentar?

Este recargo es para quien presenta por su cuenta, sin requerimiento previo. Si Hacienda ya te había enviado una comunicación formal sobre esa deuda, el cálculo es otro y puede haber sanción: esta calculadora no sirve en ese caso.

## Fuentes

- Artículo 27 de la Ley General Tributaria — Boletín Oficial del Estado (BOE): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a27
- Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/
