# Calculadora del RER en Perú: tu cuota mensual y topes

> Calcula tu cuota mensual del Régimen Especial de Renta (RER) en Perú: 1.5 % de tus ventas, y comprueba si sigues dentro de los topes del año.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/regimen-especial-renta-peru/
- Solo Perú.

## En resumen

- En Perú, con ventas de S/ 20,000.00 al mes, la cuota del RER es de S/ 300.00 al mes, el 1.5 % de tus ventas.
- Al año, con esas ventas, pagarías unos S/ 3,600.00 de cuota y te quedarían S/ 285,000.00 hasta el tope de S/ 525,000 de ingresos.
- Sales del RER si superas S/ 525,000 de ingresos o de compras al año, S/ 126,000 en activos fijos o 10 personas.
- De cada S/ 100 que vendes, pagas S/ 1.50 de cuota, y el IGV se paga aparte.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Ventas del mes (sin IGV): S/ 20,000
- Ingresos netos del año, si los sabes: S/ 0
- Compras del año para tu negocio: S/ 0
- Valor de tus activos fijos: S/ 0
- Personas que trabajan en tu negocio: 0
- Cuota sobre tus ventas: 1.5 %
- Tope anual de ingresos y de compras: S/ 525,000
- Tope de activos fijos: S/ 126,000
- Tope de personas: 10

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Cuota mensual del RER: S/ 300.00
- Cuota al año: S/ 3,600.00

## ¿Cuánto se paga en el RER?

En el RER pagas cada mes el 1.5 % de tus ventas netas. El RER es el Régimen Especial del Impuesto a la Renta de la SUNAT, pensado para negocios pequeños de Perú que pueden dar factura. Con ventas de S/ 20,000.00 al mes, la cuota es de S/ 300.00. De cada S/ 100 que vendes, pagas S/ 1.50.

La cuota tiene carácter cancelatorio: con ella queda pagado el impuesto a la renta de ese mes. El [IGV](https://skilio.com/calculadoras/igv-peru/) se paga aparte. La regla está en el artículo 120 de la [Ley del Impuesto a la Renta](https://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/ley/capxv.pdf).

## Cómo usar la calculadora

- **Ventas del mes:** tus ventas netas, sin el IGV, en soles.
- **Ingresos netos del año:** si los sabes, escríbelos. Si lo dejas en 0, se estima multiplicando las ventas del mes por 12.
- **Compras del año:** lo que compraste para el negocio, sin contar maquinaria ni equipos. Si lo dejas en 0, no se revisa.
- **Activos fijos:** el valor de tu maquinaria y tus equipos. No cuentan los predios ni los vehículos.
- **Personas:** cuántas trabajan en tu negocio. Si hay varios turnos, cuenta las de cada turno.
- **Cuota y topes:** vienen con los valores de la ley. Solo cámbialos si la norma cambia.

## Fórmula

```
Cuota del mes = Ventas netas del mes × 1.5 %
Ingresos del año = Ventas del mes × 12   (o el dato que escribas)
Margen = S/ 525,000 − Ingresos del año
```

Si algún tope se supera, la calculadora te avisa de que sales del RER y no calcula cuota.

## Ejemplo

Un negocio vende S/ 20,000.00 al mes, sin IGV, y no tiene activos fijos ni personal. Sus ingresos estimados del año son S/ 240,000.00.

| Concepto | Importe |
| --- | --- |
| Ventas del mes | S/ 20,000.00 |
| Cuota del mes (1.5 %) | S/ 300.00 |
| Ingresos del año estimados | S/ 240,000.00 |
| Cuota al año | S/ 3,600.00 |
| Margen hasta el tope de ingresos | S/ 285,000.00 |

## Topes del RER

Para estar en el RER no puedes pasar ninguno de estos cuatro topes en el año (artículo 118 de la ley):

| Tope | Límite |
| --- | --- |
| Ingresos netos del año | S/ 525,000 |
| Compras del año (sin activos fijos) | S/ 525,000 |
| Activos fijos (sin predios ni vehículos) | S/ 126,000 |
| Personas que trabajan en el negocio | 10 por turno |

Si en un mes superas un tope, pasas al Régimen MYPE Tributario o al Régimen General desde ese mes. Lo que ya pagaste como cuota del RER queda como pago cancelatorio. Puedes ver el otro régimen en la [calculadora del Régimen MYPE Tributario](https://skilio.com/calculadoras/regimen-mype-tributario-peru/).

## Quién no puede acogerse al RER

El RER no admite algunas actividades (artículo 118, inciso b, de la ley). Entre ellas están los contratos de construcción, el transporte de pasajeros, el transporte de carga con vehículos de 2 toneladas o más, los espectáculos públicos, los casinos y tragamonedas, las agencias de viaje y de publicidad, la venta de inmuebles y la venta de combustibles. Tampoco entran médicos, abogados, contadores, arquitectos, ingenieros, informáticos ni asesores de empresas, ni quien tenga rentas del extranjero. La calculadora no revisa esto: confirma tu caso en la SUNAT.

## Errores comunes

- **Sumar el IGV a las ventas.** La cuota se calcula sobre la venta sin IGV.
- **Contar los vehículos entre los activos fijos.** No cuentan para el tope de S/ 126,000.
- **Mirar solo un tope.** Basta con pasar uno para salir del RER.
- **Confundirlo con el Nuevo RUS.** El [Nuevo RUS](https://skilio.com/calculadoras/nuevo-rus-peru/) tiene cuotas fijas de S/ 20 y S/ 50 y solo permite boletas.

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuánto es la cuota del RER?

Es el 1.5 % de tus ingresos netos del mes. Si vendes S/ 10,000 sin IGV, pagas S/ 150.00 de cuota.

### ¿El RER incluye el IGV?

No. La cuota reemplaza al impuesto a la renta del mes, pero sigues sujeto al IGV, que se calcula aparte.

### ¿Qué pasa si paso de S/ 525,000 al año?

Dejas el RER desde el mes en que pasas el tope. Entras al Régimen MYPE Tributario o al Régimen General, según corresponda.

### ¿Puedo emitir factura en el RER?

Sí. A diferencia del Nuevo RUS, en el RER puedes emitir facturas y boletas, según las reglas de comprobantes de la SUNAT.

### ¿Las compras también cuentan para el tope?

Sí. Si tus compras del año pasan de S/ 525,000, sin contar activos fijos, también sales del RER.

### ¿Puedo pasar del RER al Nuevo RUS?

Sí. Quedarte en el RER no es obligatorio para siempre: puedes cambiarte al Nuevo RUS o al Régimen MYPE Tributario si cumples sus condiciones. Además, si pasas un tope, sales del RER aunque no lo pidas (artículo 119 de la ley).

## Fuentes

- Ley del Impuesto a la Renta — SUNAT: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/ley/capxv.pdf
