# Calculadora de la ley Beckham: IRPF del régimen de impatriados en España

> Calcula cuánto pagas con la ley Beckham (24 % hasta 600.000 € y 47 % el resto) y cuánto ahorras frente al IRPF normal en España. Gratis y sin registro.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/regimen-impatriados-espana/
- Solo España.

## En resumen

- Con la ley Beckham, un sueldo de 120.000 € brutos al año paga 28.800,00 € de IRPF: el 24 % de todo el sueldo, sin descontar nada.
- Con el IRPF normal, ese mismo sueldo pagaría unos 41.156,45 € (un 34,30 %), así que el ahorro es de unos 12.356,45 € al año.
- El 24 % llega hasta 600.000 € de sueldo; lo que pase de esa cifra paga el 47 %.
- El régimen dura el año del cambio y 5 años más, 6 en total, y exige no haber sido residente en España en los 5 años anteriores.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Sueldo bruto anual: 120.000 €
- Intereses, dividendos y ganancias obtenidos en España: 0 €
- Seguridad Social que pagas al año: 3.979 €
- Mínimo personal y familiar: 5.550 €
- Motivo del traslado: Contrato de trabajo o teletrabajo

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- IRPF con la ley Beckham: 28.800 €
- IRPF normal: 41.156 €
- Ahorro al año: 12.356 €

## ¿Cuánto se paga con la ley Beckham?

Se paga el 24 % de tu sueldo bruto hasta 600.000 € al año, y el 47 % de lo que pase de esa cifra. La ley Beckham es el nombre popular del régimen especial de trabajadores desplazados a España, que regula el artículo 93 de la Ley del IRPF. Esta calculadora es solo para España y compara ese régimen con el IRPF normal.

Con los valores de ejemplo, un sueldo bruto de 120.000,00 € al año paga **28.800,00 €** con el régimen y **41.156,45 €** con el IRPF normal. La diferencia es de **12.356,45 €** al año.

## Cómo usar la calculadora

- **Sueldo bruto anual:** lo que cobras al año antes de impuestos. Es el único dato que necesitas.
- **Ahorro de fuente española:** intereses, dividendos y ganancias que obtienes en España. Pagan lo mismo en los dos casos.
- **Seguridad Social:** lo que pagas tú al año. Es editable; mira tu nómina.
- **Mínimo personal:** 5.550 € de base. Solo cuenta en el IRPF normal.
- **Requisitos:** marca tu situación y la calculadora te avisa si no cumples.

## Requisitos para entrar en el régimen

El artículo 93 pide, entre otros, estos requisitos:

1. No haber sido residente fiscal en España en los **5 años anteriores** al traslado.
2. Que el traslado sea por un contrato de trabajo (también desplazado por la empresa o con teletrabajo), por ser administrador de una entidad, por una actividad emprendedora o como profesional altamente cualificado de empresas emergentes o de I+D+i.
3. No obtener rentas por un establecimiento permanente en España, salvo en los dos últimos casos.

No sirve la relación laboral especial de los deportistas profesionales. Cónyuge e hijos pueden optar en ciertos casos, con una condición sobre sus ingresos. Los detalles y el procedimiento los fija Hacienda: confírmalos en la [Ley del IRPF](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764) y en la Agencia Tributaria.

## Cómo se calcula

```
Régimen = 24 % × (sueldo hasta 600.000) + 47 % × (sueldo por encima) + IRPF del ahorro
IRPF normal = escala(sueldo − Seguridad Social − 2.000) − escala(mínimo) + IRPF del ahorro
```

Con el régimen no se descuenta nada: ni gastos, ni Seguridad Social, ni mínimo personal. Con el IRPF normal sí, y la escala sube por tramos. Sumando Estado y comunidad, la escala media de 2026 es:

| Base | Tipo |
| --- | --- |
| Hasta 12.450 € | 19 % |
| De 12.450 a 20.200 € | 24 % |
| De 20.200 a 35.200 € | 30 % |
| De 35.200 a 60.000 € | 37 % |
| De 60.000 a 300.000 € | 45 % |
| Más de 300.000 € | 47 % |

El ahorro (intereses, dividendos y ganancias) paga en ambos casos 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 30 % por encima.

## Ejemplo

Sueldo bruto de 120.000 €, Seguridad Social de 3.979 € y sin ahorro:

| Concepto | Ley Beckham | IRPF normal |
| --- | --- | --- |
| Base del trabajo | 120.000,00 € | 114.021,00 € |
| IRPF del trabajo | 28.800,00 € | 41.156,45 € |
| Tipo sobre el sueldo | 24,00 % | 34,30 % |

Ahorro: 12.356,45 € al año, unos 74.138,70 € en 6 años. De cada 100 € de sueldo, ahorras unos 10 €.

Con un sueldo de 700.000 €, el régimen paga 191.000,00 € (144.000 € por los primeros 600.000 y 47.000 € por el exceso) y el IRPF normal unos 310.036,87 €.

## Cuándo no compensa

Con sueldos bajos el IRPF normal puede salir más barato. Por ejemplo, con 20.000 € brutos el régimen paga 4.800,00 € y el IRPF normal unos 1.688,04 €. La ventaja crece a medida que sube el sueldo.

## Qué no incluye

- Deducciones de tu comunidad, hijos o vivienda.
- La reducción por rendimientos del trabajo, que solo afecta a sueldos netos bajos.
- Que cada comunidad tiene su escala. La calculadora usa la media.
- Ningún impuesto de otros países ni el Impuesto sobre el Patrimonio, al que quedas sujeto por tus bienes.

Revisa tu caso con la Agencia Tributaria. Mira también tu [sueldo neto](https://skilio.com/calculadoras/irpf-nomina/) o el [IRPF del ahorro](https://skilio.com/calculadoras/irpf-base-del-ahorro-espana/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué es la ley Beckham?

Es el régimen especial del artículo 93 de la Ley del IRPF. Permite tributar como no residente a quien se traslada a España, con un 24 % fijo hasta 600.000 € de sueldo.

### ¿Cuántos años dura?

Dura el año en que cambias de residencia y los 5 siguientes: 6 años en total. Después pasas al IRPF normal.

### ¿Quién no puede aplicarlo?

No puede quien haya sido residente en España en alguno de los 5 años anteriores, ni los deportistas con su relación laboral especial. Tampoco quien obtenga rentas por un establecimiento permanente, salvo los casos que prevé la ley.

### ¿Se puede aplicar con teletrabajo?

Sí, si trabajas a distancia con medios informáticos y telemáticos para un empleador. En particular, se entiende cumplido si tienes el visado de teletrabajo internacional.

### ¿Qué pasa con las rentas del extranjero?

Con el régimen tributas por las rentas que obtienes en España, y todo tu sueldo del trabajo se considera obtenido aquí. Las rentas de fuente extranjera, como un alquiler en otro país, quedan fuera de este IRPF.

### ¿Los hijos y el cónyuge entran?

Pueden optar el cónyuge y los hijos menores de 25 años, o de cualquier edad con discapacidad. La suma de sus bases ha de ser inferior a la tuya.

## Fuentes

- Ley del IRPF (Ley 35/2006) — Boletín Oficial del Estado (BOE): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764
