# Calculadora de retiro por pensión reconocida en Colombia

> Calcula la fecha de retiro por pensión reconocida en Colombia: aviso de 3 meses, primer día del mes siguiente y plazo de 10 días de la administradora.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/retiro-por-pension-reconocida-fecha-colombia/
- Solo Colombia.

## En resumen

- En Colombia, el empleador debe avisar a la administradora de pensiones con no menos de 3 meses de antelación el día del retiro de quien ya tiene pensión reconocida.
- El retiro es el primer día del mes siguiente al tercer mes: con aviso el 6 de noviembre, sería el 1 de marzo, tras 115 días.
- La administradora tiene 10 días desde que recibe el aviso para decir cuándo entra la persona en la nómina de pensionados.
- El retiro queda condicionado a esa inclusión en nómina; la calculadora es una estimación.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Fecha del aviso a la administradora: 2026-11-06
- Fecha en que la administradora lo recibe: 2026-11-06
- Meses de antelación: 3 meses
- Días de respuesta de la administradora: 10 días

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Fecha de retiro: 1 de marzo de 2027
- Antelación del aviso: 115 días

## ¿Cuándo se puede retirar a quien tiene la pensión reconocida?

Se puede retirar el primer día del mes siguiente al tercer mes contado desde el aviso a la administradora de pensiones. Solo vale para Colombia. La regla está en el artículo 3 del Decreto 2245 de 2012, compilado en el Decreto 1833 de 2016.

La idea es que no haya un hueco: que la persona deje de cobrar sueldo y empiece a cobrar pensión sin días en medio. Por eso el retiro queda condicionado a que esté incluida en la nómina de pensionados.

Dicho de forma sencilla: primero llega el aviso, después la administradora confirma la fecha en que la persona entra en la nómina de pensionados y, solo entonces, el contrato termina. Si el aviso se da con más antelación de la mínima, la fecha sigue siendo el día 1 de un mes, así que el calendario siempre empieza en un día 1.

## Cómo usar la calculadora

1. **Fecha del aviso**: el día en que el empleador informa por escrito a la administradora. Es el único dato que necesitas.
2. **Fecha de recibo** (avanzado): el día en que la administradora lo recibe. Por defecto es el mismo.
3. **Meses de antelación** (avanzado): 3, como pide la norma. Solo súbelos si quieres dar más margen.
4. **Días de respuesta** (avanzado): 10, como dice el decreto.

## Cómo se calcula la fecha

```
mes base = mes del aviso + 3 meses
retiro = día 1 del mes siguiente al mes base
respuesta = fecha de recibo + 10 días
```

Cualquier aviso dado en el mismo mes da el mismo retiro. Por eso avisar el día 1 o el día 30 de noviembre lleva al 1 de marzo. Los 10 días se cuentan como naturales, por prudencia, porque el decreto no dice hábiles.

## Ejemplo

Con el aviso del 6 de noviembre de 2026:

| Hito | Fecha |
| --- | --- |
| Aviso del empleador | 6 de noviembre de 2026 |
| Respuesta de la administradora, a más tardar | 16 de noviembre de 2026 |
| Mes en que se cumplen los 3 meses | febrero de 2027 |
| Retiro | 1 de marzo de 2027 |

Entre el aviso y el retiro pasan 115 días.

## Qué pasa después del aviso

El empleador envía a la administradora el acto de retiro o, en el sector privado, una carta firmada. La administradora tiene 10 días para decir por escrito al empleador y a la persona cuándo entra en la nómina de pensionados. Esa fecha debe respetar el primer día del mes siguiente al tercero.

Cuando es la administradora quien notifica la pensión sin que conste el retiro, debe comunicarlo al último empleador en los 10 días siguientes. Así lo dice el artículo 2 del mismo decreto.

Si el trabajador es servidor público, en general no puede cobrar sueldo y pensión a la vez, salvo las excepciones legales.

Para el cálculo del finiquito o la liquidación laboral, mira la [liquidación laboral](https://skilio.com/calculadoras/liquidacion-laboral-colombia/). Para otras prestaciones, las [cesantías](https://skilio.com/calculadoras/cesantias-colombia/) y las [vacaciones](https://skilio.com/calculadoras/vacaciones-colombia/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué pasa si el aviso se da con menos de tres meses?

La norma pide una antelación no menor a tres meses. La calculadora no admite menos y siempre da una fecha que cumple el plazo.

### ¿Puedo retirar a la persona el mismo día del reconocimiento?

No para evitar el hueco de ingresos. El retiro se hace en la fecha que la administradora confirme para la nómina de pensionados.

### ¿Cuenta el día del aviso?

La calculadora toma el mes del aviso como punto de partida y suma tres meses. Es la lectura más prudente del texto «primer día del mes siguiente al tercero de antelación».

### ¿Los 10 días son hábiles o naturales?

El decreto dice «diez (10) días» sin precisar. Aquí se cuentan naturales, que da una fecha más temprana y por eso es la opción prudente. Puedes cambiar los días en el campo avanzado.

### ¿Se puede cobrar sueldo y pensión a la vez?

En el sector público, en general no, salvo la pensión de sobrevivientes y otras excepciones legales. Consulta la [compatibilidad de pensiones](https://skilio.com/calculadoras/compatibilidad-pensiones-colombia/).

## Fuentes

- [Decreto 2245 de 2012](https://normativa.colpensiones.gov.co/colpens/docs/decreto_2245_2012.htm)
- [Decreto 1833 de 2016](https://normativa.colpensiones.gov.co/colpens/docs/decreto_1833_2016.htm)

Es una estimación informativa. Confirma la fecha con la administradora de pensiones.

## Fuentes

- Decreto 2245 de 2012 — normativa.colpensiones.gov.co: https://normativa.colpensiones.gov.co/colpens/docs/decreto_2245_2012.htm
