# Calculadora de sanción por cesantías consignadas tarde en Colombia

> Calcula la sanción por consignar las cesantías después del 14 de febrero en Colombia: un día de salario por cada día de retraso (Ley 50, art. 99).

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/sancion-cesantias-consignacion-tarde-colombia/
- Solo Colombia.

## En resumen

- En Colombia, si la empresa consigna las cesantías después del 14 de febrero, debe pagar un día de salario por cada día de retardo (Ley 50 de 1990, art. 99).
- Con un salario de $ 2.000.000 el día vale $ 66.666,67; consignadas el 10 de marzo, son 24 días de retraso y una sanción de $ 1.600.000.
- El día 15 de febrero ya cuenta como el primer día de retraso; el 14 de febrero o antes, no hay sanción.
- El valor del día es el salario mensual dividido entre 30, y la cuenta es una estimación.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Tu salario mensual: $ 2.000.000
- Año de las cesantías: 2025
- Fecha en que las consignaron: 2026-03-10
- Promedio mensual de lo variable: $ 0

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Sanción: $ 1.600.000
- Días de retraso: 24
- Salario de un día: $ 66.667

## Qué es la sanción por consignar tarde las cesantías

La sanción es un pago extra que la empresa debe hacer si consigna tarde tus cesantías en el fondo: **un día de salario por cada día de retardo**. Lo dice el numeral 3 del artículo 99 de la [Ley 50 de 1990](https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=281).

Esta calculadora sirve solo para Colombia. Las cesantías del año se calculan el 31 de diciembre y se consignan en tu fondo **antes del 15 de febrero** del año siguiente, es decir, a más tardar el 14 de febrero. Si quieres saber cuánto son las cesantías, usa la [calculadora de cesantías](https://skilio.com/calculadoras/cesantias-colombia/).

## Cómo se cuentan los días de retraso

Los días se cuentan en el calendario, desde el 15 de febrero hasta el día en que el dinero llega al fondo:

- Consignadas el 14 de febrero o antes: sin días de retraso y sin sanción.
- Consignadas el 15 de febrero: 1 día.
- Consignadas el 10 de marzo: 24 días, porque febrero tiene 28 días (14 hasta fin de mes) y 10 más de marzo.

En un año bisiesto, febrero tiene 29 días y el conteo cambia en uno.

## Fórmula

```
Salario de un día = (salario mensual + promedio de lo variable) / 30
Sanción = salario de un día × días de retraso
```

- **Salario mensual:** el básico de tu contrato.
- **Promedio de lo variable:** comisiones, horas extra o recargos, si los hay.
- **Días de retraso:** los que pasan desde el 14 de febrero hasta la consignación.

## Ejemplo: salario de $ 2.000.000

Las cesantías de 2025 debían estar en el fondo el 14 de febrero de 2026. Si la empresa las consignó el 10 de marzo de 2026:

| Concepto | Valor |
| --- | --- |
| Salario mensual | $ 2.000.000 |
| Salario de un día (entre 30) | $ 66.666,67 |
| Días de retraso | 24 |
| Sanción | $ 1.600.000 |

Otros casos con el mismo salario:

| Fecha de consignación | Días de retraso | Sanción |
| --- | --- | --- |
| 14 de febrero | Ninguno | $ 0 |
| 16 de febrero | 2 | $ 133.333 |

Con $ 500.000 de comisiones al mes, la base sube a $ 2.500.000, el día vale $ 83.333,33 y 10 días de retraso suman $ 833.333.

## Qué no incluye esta estimación

- Usa el mismo salario durante todo el retraso.
- No suma el auxilio de transporte.
- No pone tope ni añade intereses.
- No calcula las cesantías: son otro valor, que la empresa debe consignar además de la sanción.

## Cómo usar el resultado

El número que ves es una estimación para que sepas el orden de magnitud de lo que la empresa debería sumar por el retraso. Para usarla bien, ten a mano estos datos:

- El salario mensual que tenías al terminar el año de las cesantías, con el promedio de lo variable si lo hay.
- La fecha exacta en que el fondo recibió el dinero, que puedes ver en el extracto o en el certificado de tu fondo de cesantías.
- El año de las cesantías que quieres revisar, porque cada año se consigna por separado.

Si el salario cambió durante el retraso, la cuenta real puede variar un poco frente a la estimación. Ante una duda concreta de tu caso, consulta el texto de la ley en la fuente oficial enlazada arriba.

## Preguntas frecuentes

### ¿Hasta qué día puede consignar la empresa sin sanción?

Hasta el 14 de febrero del año siguiente al de las cesantías. El 15 de febrero ya cuenta como el primer día de retraso.

### ¿Cuánto vale un día de salario?

Es tu salario mensual dividido entre 30. Con $ 2.000.000, un día vale $ 66.666,67. Si cobras algo variable, se suma antes de dividir.

### ¿La sanción depende del valor de las cesantías?

No. Solo depende de tu salario y de los días de retraso. Unas cesantías pequeñas o grandes pagan lo mismo si el salario y los días son iguales.

### ¿Se cuenta el día en que consignaron?

Sí. Se cuentan los días desde el 14 de febrero hasta la fecha de la consignación. Si el dinero llegó el 10 de marzo, son 24 días de retraso.

### ¿Cambia algo si el año es bisiesto?

El plazo sigue siendo el 14 de febrero, pero febrero tiene 29 días, así que una consignación en marzo cuenta un día más de retraso que en un año normal.

### ¿Esto es lo mismo que la indemnización moratoria?

No. La [indemnización moratoria](https://skilio.com/calculadoras/indemnizacion-moratoria-colombia/) es otra cuenta, por no pagar la liquidación al terminar el contrato. Para la liquidación completa, mira la [calculadora de liquidación laboral](https://skilio.com/calculadoras/liquidacion-laboral-colombia/).

## Fuentes

- Ley 50 de 1990 — Función Pública (normas de Colombia): https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=281
