# Subsidio familiar en vacaciones e incapacidad en Colombia

> Saber si te pagan el subsidio familiar en vacaciones, permisos o incapacidad en Colombia: cuándo cuenta el mes y cuánto sería la cuota.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/subsidio-familiar-vacaciones-incapacidad-colombia/
- Solo Colombia.

## En resumen

- En Colombia el subsidio familiar se sigue pagando durante tus vacaciones y tus permisos remunerados, porque esos días cuentan como laborados.
- También se conserva en incapacidad por enfermedad general, maternidad, accidente de trabajo o enfermedad laboral.
- Con 10 días trabajados, 15 de vacaciones y 5 de incapacidad, el mes cuenta y 2 personas a cargo con una cuota de $ 60.000 dan $ 120.000.
- El subsidio no se recorta por días: si el mes cuenta, se paga completo.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Días trabajados en el mes: 10 días
- Días de vacaciones: 15 días
- Días de descanso o permiso remunerado: 0 días
- Días de incapacidad o licencia de maternidad: 5 días
- Días sin pago (licencia no remunerada): 0 días
- Horas que trabajas cada día: 8 horas
- Personas a cargo con cuota: 2
- Cuota monetaria por persona al mes: $ 60.000
- Jornada máxima legal diaria: 8 horas

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Cuota del mes: $ 120.000
- ¿El mes cuenta?: Sí

## ¿Te pagan el subsidio familiar en vacaciones?

Sí. En Colombia, los días de vacaciones, de descanso y de permiso remunerado cuentan como días laborados, y el subsidio familiar se paga durante ellos. Lo dice el artículo 24 de la [Ley 21 de 1982](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4827). Tus [vacaciones](https://skilio.com/calculadoras/vacaciones-colombia/) no bajan la cuota.

Esta página es **solo para Colombia** y es una estimación. La cuota exacta la fija tu caja de compensación y la paga tu empleador.

## ¿Y en incapacidad o licencia de maternidad?

También. El artículo 25 de la misma ley dice que durante la incapacidad por enfermedad no profesional, maternidad, accidente de trabajo y enfermedad profesional el trabajador beneficiario conserva el derecho al subsidio. Se acredita con la certificación de la EPS o, si no hay, con prueba del servicio médico del empleador. Si quieres saber cuánto te pagan de incapacidad, usa la de [incapacidad laboral](https://skilio.com/calculadoras/incapacidad-laboral-colombia/) y, para el permiso por parto, la de [licencia de maternidad y paternidad](https://skilio.com/calculadoras/licencia-maternidad-paternidad-colombia/).

## La regla de las 96 horas

El artículo 23 pide una de dos cosas en el mes:

- Trabajar cada día **más de la mitad** de la jornada máxima legal (más de 4 horas si la jornada es de 8).
- Sumar **al menos 96 horas** de labor en el mes.

Aquí, las vacaciones y los permisos suman horas como si hubieras trabajado esos días. La incapacidad no suma horas, pero por sí sola conserva el derecho.

## Cómo usar la calculadora

1. Escribe los días trabajados, de vacaciones, de permiso remunerado, de incapacidad y sin pago. Pueden sumar hasta 31.
2. Escribe las horas que trabajas cada día y cuántas personas a cargo tienes.
3. Si quieres, cambia la cuota por persona en las opciones avanzadas: es la de tu caja, no un dato oficial único.

## Fórmula

```
días que cuentan = trabajados + vacaciones + permisos + incapacidad
horas del mes = (trabajados + vacaciones + permisos) × horas por día
el mes cuenta si: hay incapacidad, o horas por día > jornada / 2, o horas del mes ≥ 96
cuota del mes = personas a cargo × cuota por persona
```

## Ejemplo

Trabajaste 10 días, estuviste 15 de vacaciones y 5 incapacitado. Trabajas 8 horas al día, tienes 2 personas a cargo y tu caja paga $ 60.000 por persona.

| Dato | Resultado |
| --- | --- |
| Días que cuentan como laborados | 30 días |
| Horas del mes | 200 horas |
| ¿El mes cuenta? | Sí |
| Cuota del mes | $ 120.000 |

De cada 100 días del mes, los 100 cuentan. Por eso la cuota sale completa, sin recortar. Aunque solo hayas trabajado 10 días, el mes no pierde el derecho, porque las vacaciones y la incapacidad cuentan igual que el trabajo y las horas llegan de sobra a las 96 que pide la ley.

## Qué mes no cuenta

- Un mes entero sin pago, por ejemplo con licencia no remunerada de 30 días. Mira también los [aportes en licencia no remunerada](https://skilio.com/calculadoras/licencia-no-remunerada-aportes-colombia/).
- Un mes de media jornada corta: 4 horas al día durante 23 días son 92 horas, menos de 96 y sin pasar de la mitad de la jornada.

## Preguntas frecuentes

### ¿Si me voy de vacaciones todo el mes me pagan el subsidio?
Sí. Las vacaciones cuentan como días laborados. Con 30 días de vacaciones y 8 horas diarias sumas 240 horas, más de 96.

### ¿Me pagan el subsidio si estoy incapacitado todo el mes?
Sí, si la incapacidad es por enfermedad no profesional, maternidad, accidente de trabajo o enfermedad profesional. El artículo 25 conserva el derecho durante ese periodo.

### ¿La cuota baja si trabajé pocos días?
No. El artículo 24 dice que se paga cualquiera sea el número de días laborados en el mes, siempre que cumplas la regla de horas del artículo 23.

### ¿Una licencia no remunerada cuenta?
Esos días no cuentan como laborados. Si el resto del mes cumple las horas, el mes cuenta igual y se paga completo.

### ¿Quién me paga la cuota?
Tu empleador la paga junto con el salario con lo que recibe de la caja de compensación. El valor por persona lo define cada caja.

## Fuentes

- Ley 21 de 1982 — alcaldiabogota.gov.co: https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4827
