# Calculadora de vacaciones truncas: cuánto te pagan al dejar el trabajo

> Calcula tus vacaciones truncas en Perú: cuánto te pagan por los meses y días que llevas del año al dejar el trabajo, en soles y en días de descanso.

- Calculadora gratis y sin registro: https://skilio.com/calculadoras/vacaciones-truncas-peru/
- Solo Perú.

## En resumen

- En Perú, las vacaciones truncas son el pago por los meses y días del año de trabajo en curso que no llegaste a completar, calculado por dozavos y treintavos de tu remuneración.
- Con un sueldo de S/ 2,500.00 y 8 meses desde tu último aniversario, las vacaciones truncas son S/ 1,666.67, el equivalente a 20 días de descanso.
- Cada mes completo vale 2.5 días de descanso en el régimen general y 1.25 días en la micro y pequeña empresa.
- Si cumpliste un año y no tomaste esas vacaciones, se paga además una remuneración entera por cada año: con S/ 2,500.00 son otros S/ 2,500.00.

## Qué datos pide

Etiqueta del campo y valor de ejemplo con el que se abre la calculadora:

- Tu sueldo bruto mensual al dejar el trabajo: S/ 2,500
- Fecha en que empezaste a trabajar: 2024-03-01
- Último día de trabajo: 2026-10-31
- Años de vacaciones cumplidas que no gozaste: 0 años
- Tipo de empresa: Régimen general: 30 días por año
- Promedio de horas extra y comisiones: S/ 0
- Faltas injustificadas del año en curso: 0 días
- Valor de la asignación familiar: S/ 123

## Resultado con los valores de ejemplo

Es lo que da la calculadora con los datos de ejemplo de la lista anterior:

- Vacaciones truncas: S/ 1,666.67
- Días de descanso que representa: 20 días
- Un día de sueldo: S/ 83.33

## Qué son las vacaciones truncas

Las vacaciones truncas son el pago que recibes cuando dejas el trabajo antes de completar tu año de servicios. Cada año completo te da derecho a 30 días de descanso. Si te vas a la mitad, no pierdes la parte que ya ganaste: la empresa te la paga en dinero.

Lo dice el artículo 22 del [Decreto Legislativo 713](https://leyes.congreso.gob.pe/Documentos/DecretosLegislativos/00713.pdf): el récord que no llegó al año se compensa con **tantos dozavos y treintavos de la remuneración como meses y días hayas trabajado**. Un dozavo es la doceava parte; un treintavo, la parte de un día de ese mes.

## Cómo usar la calculadora

1. Escribe tu **sueldo bruto mensual** y marca la asignación familiar si la cobras.
2. Elige la **fecha en que empezaste** y tu **último día de trabajo**.
3. Si cumpliste años completos y no tomaste las vacaciones, escribe cuántos en «Años de vacaciones cumplidas que no gozaste».
4. Lee el pago y los días de descanso que representa. La tabla «Si dejas el trabajo en otra fecha» te muestra qué cambia si te vas más adelante.

## Cómo se cuentan los meses y los días

El conteo empieza en tu **último aniversario** de trabajo, no el 1 de enero. Si empezaste el 1 de marzo de 2024 y dejas el trabajo en octubre de 2026, el año en curso empezó el 1 de marzo de 2026. Se cuentan los meses completos y, después, los días sueltos, y cada falta injustificada resta un día.

```
Vacaciones truncas = remuneración × (meses / 12 + días / 360)
```

Un mes completo equivale a **2.5 días** de descanso en el régimen general (30 días entre 12 meses). En la micro y pequeña empresa son 15 días al año, así que un mes vale 1.25 días y el pago es la mitad. Cuántos días de descanso te tocan en un año entero y cómo repartirlos están en la [calculadora de vacaciones](https://skilio.com/calculadoras/vacaciones-peru/).

## Ejemplo: sueldo de S/ 2,500.00 y último día el 31 de octubre

Empezaste el 1 de marzo de 2024, ganas S/ 2,500.00 y dejas el trabajo el 31 de octubre de 2026. Llevas 2 años completos y, desde el 1 de marzo de 2026, 8 meses:

| Paso | Cuenta | Importe |
| --- | --- | --- |
| Un mes de vacaciones | S/ 2,500.00 / 12 | S/ 208.33 |
| 8 meses completos | 8 × S/ 208.33 | S/ 1,666.67 |
| Días sueltos | 0 | S/ 0.00 |
| Un día de sueldo | S/ 2,500.00 / 30 | S/ 83.33 |
| **Vacaciones truncas** | | **S/ 1,666.67** |

Esos S/ 1,666.67 corresponden a 20 días de descanso. Si te vas el 30 de noviembre en vez del 31 de octubre, serían 9 meses y S/ 1,875.00.

Con tres variantes del mismo ejemplo:

- **Con 10 faltas injustificadas:** quedan 7 meses y 20 días y el pago baja a S/ 1,597.22.
- **En la micro o pequeña empresa:** el pago es la mitad, S/ 833.33.
- **Con un año de vacaciones sin gozar:** se suma una remuneración entera, S/ 2,500.00, y el total es de S/ 4,166.67.

## Si cumpliste el año y no tomaste las vacaciones

Cuando ya cumpliste un año de servicio y alcanzaste el récord, las vacaciones de ese año ya están ganadas por completo. Si no las tomaste, la empresa te paga **la remuneración íntegra** de cada año, además de las truncas del año en curso. Cada año sin gozar suma una remuneración mensual completa.

Si pasó más de un año desde que cumpliste esas vacaciones sin tomarlas, la ley añade una indemnización aparte, que no se suma aquí.

## Cuándo y cómo se pagan

La empresa tiene **48 horas** desde tu último día de trabajo. Las vacaciones truncas forman parte de la liquidación junto con la CTS trunca y la gratificación trunca: puedes ver las tres juntas en la [calculadora de liquidación de beneficios sociales](https://skilio.com/calculadoras/liquidacion-beneficios-sociales-peru/). Como son remuneración, llevan el descuento de tu AFP u ONP y, según lo que ganes en el año, la retención de renta de quinta categoría. Esta calculadora muestra el importe bruto.

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuánto me pagan de vacaciones truncas?

Un dozavo de tu remuneración por cada mes completo trabajado desde tu último aniversario, más un treintavo de ese dozavo por cada día suelto. Con S/ 2,500.00 y 8 meses son S/ 1,666.67.

### ¿Me pagan vacaciones truncas si no llegué a cumplir un año en la empresa?

Sí. Se pagan por los meses y días que trabajaste, aunque no hayas completado el año. Con S/ 2,500.00, si empezaste el 15 de mayo de 2026 y tu último día es el 31 de octubre de 2026, llevas 5 meses y 17 días: son S/ 1,159.72. Con menos de un mes en la empresa, el reglamento de vacaciones no reconoce récord trunco y la empresa puede no pagarlo.

### ¿A cuántos días de descanso equivale cada mes de vacaciones truncas?

En el régimen general, cada mes completo de tu año en curso vale 2.5 días de descanso. En la micro y pequeña empresa, 1.25 días.

### ¿Con qué sueldo se calculan las vacaciones truncas?

Con el sueldo que tienes al dejar el trabajo, más la asignación familiar y lo variable que cobras con regularidad. No se suma la gratificación. Por eso conviene revisar tu boleta del último mes.

### ¿Qué pasa si renuncio justo en mi aniversario?

Ese día ya cumpliste el año: el año anterior queda como un año de vacaciones ganado (se goza o se paga entero) y el año nuevo empieza con un día. Con S/ 2,500.00, ese día vale S/ 6.94.

### ¿Las vacaciones truncas pagan impuestos?

Sí, como cualquier remuneración: llevan el descuento de tu AFP u ONP y pueden llevar retención de renta de quinta categoría, según lo que ganes en el año. Calcula tu sueldo neto en la [calculadora de sueldo neto](https://skilio.com/calculadoras/sueldo-neto-peru/).

## Fuentes

- Decreto Legislativo 713 — Congreso del Perú: https://leyes.congreso.gob.pe/Documentos/DecretosLegislativos/00713.pdf
