Saltar al contenido
Diccionario financiero

Qué es la legítima en una herencia y cuánto es

En España, Argentina, Chile, Colombia y Perú, la parte de una herencia que la ley reserva a hijos, padres o cónyuge, aunque el testamento diga otra cosa.

La legítima es la parte de una herencia que la ley reserva a ciertos familiares, los herederos forzosos o legitimarios: normalmente los hijos y, si no los hay, los padres, y en parte el cónyuge viudo. Quien hace testamento no puede dejársela a otra persona salvo en casos muy concretos, como la desheredación por causas que fija la ley.

Existe en España y en buena parte de Latinoamérica, con porcentajes distintos. En México, en cambio, hay libertad para testar: puedes dejar tus bienes a quien quieras, con la obligación de asegurar los alimentos de algunos familiares. Lo que no es legítima es la parte de libre disposición, que puedes dejar a quien quieras.

Cuánto es la legítima en España

Según el Código Civil, en las comunidades que lo aplican:

Con hijos:     2/3 de la herencia son legítima
               (1/3 a partes iguales + 1/3 de mejora)
               1/3 de libre disposición
Sin hijos:     1/2 para los padres (1/3 si hay cónyuge viudo)
Cónyuge viudo: el usufructo de una parte (1/3 si hay hijos)

El tercio de mejora también es para hijos o nietos, pero puedes repartirlo entre ellos como quieras. Algunas comunidades con derecho civil propio (Cataluña, Galicia, Aragón, País Vasco, Navarra, Baleares) tienen reglas distintas: en Cataluña, por ejemplo, la legítima es una cuarta parte.

Ejemplo

Una persona viuda deja una herencia de 300.000 euros y tres hijos, con el Código Civil:

ParteCuántoPara quién
Legítima estricta (1/3)100.000 €33.333,33 € para cada hijo
Mejora (1/3)100.000 €entre hijos o nietos, como diga el testamento
Libre disposición (1/3)100.000 €para quien quiera

Si no hay testamento, los tres hijos se reparten todo a partes iguales: 100.000 euros cada uno.

La legítima en otros países

PaísLegítima de los hijos
España (Código Civil)2/3 de la herencia
Argentina (art. 2445 del Código Civil y Comercial)2/3 de la herencia
Perú (art. 725 del Código Civil)2/3 de la herencia
Chile (art. 1184 del Código Civil)la mitad; otra cuarta, de mejoras, que el testamento reparte entre hijos, cónyuge u otros parientes cercanos
Colombia (art. 1242 del Código Civil, reformado por la Ley 1934 de 2018)la mitad; la otra mitad es de libre disposición, porque la reforma quitó la cuarta de mejoras
Méxicono hay legítima: libertad para testar

En los países con legítima, si no hay hijos, la legítima puede ser de los padres o del cónyuge, con otras proporciones. Las reglas cambian con cada reforma: confírmalas con un notario o un abogado de tu país.

Preguntas frecuentes

¿Puedo dejar todo a un solo hijo?

En España, no del todo. Puedes darle la mejora y la libre disposición, pero los demás hijos tienen derecho a su parte de la legítima estricta.

¿La legítima paga impuesto de sucesiones?

Sí. Quien recibe la legítima paga el impuesto de sucesiones como cualquier heredero, con las reducciones de su comunidad o su país.

¿Qué pasa si el testamento no respeta la legítima?

Los herederos forzosos pueden pedir que se complete su parte. Para eso suele hacer falta un notario o un abogado.