En resumen
- En Colombia, la pensión de un congresista no puede ser inferior al 75 % del ingreso mensual promedio del último año, por todo concepto.
- Con un ingreso de $ 40.000.000 al mes, la pensión mínima sería de $ 30.000.000 al mes, unos 17,13 salarios mínimos.
- Pide 55 años de edad y 20 años de servicio, seguidos o no, según el Decreto 1359.
- La pensión sube cada año en el mismo porcentaje que el salario mínimo: con un aumento del 23 %, pasaría a $ 36.900.000.
¿Cómo se calcula la pensión de un congresista en Colombia?
La pensión de un senador o de un representante a la Cámara se calcula como el 75 % del ingreso mensual promedio del último año, tomando todo lo que devenga un congresista en ejercicio. Es un régimen especial: no usa la fórmula del régimen general de Colpensiones.
Esta calculadora solo sirve para Colombia. Es una estimación: la entidad pensional decide si el régimen te aplica y con qué ingreso se calcula.
La regla está en el Decreto 1359 de 1993 (artículos 5, 6 y 7) y en el artículo 17 de la Ley 4 de 1992. Puedes leerlos en el texto consolidado de Colpensiones: Decreto 1359 de 1993 y Ley 4 de 1992.
Cómo usar la calculadora
- Ingreso mensual promedio del último año. Es lo que devenga al mes un congresista en ejercicio. El valor que ves es un ejemplo: cámbialo por el dato real.
- Porcentaje. Empieza en 75 %, que es el mínimo de la ley. Puedes subirlo hasta 100 %.
- Edad y años de servicio. Sirven para saber si se cumplen los requisitos.
- Opciones avanzadas. Aquí cambias el aumento del salario mínimo, su valor y los requisitos de edad y años.
Requisitos para la pensión vitalicia
El artículo 7 del Decreto 1359 pide dos cosas a la vez:
- Edad: la del parágrafo 2 del artículo 1 de la Ley 33 de 1985, que son 55 años.
- Servicio: 20 años, continuos o discontinuos. Cuentan los años en entidades públicas, incluido el Congreso, y los cotizados al Instituto de Seguros Sociales.
Además, el artículo 4 pide estar afiliado a la entidad pensional del Congreso, cotizar al día y haber tomado posesión del cargo.
Qué entra en el ingreso mensual promedio
El artículo 5 dice que se cuenta lo que se devenga por todo concepto. Incluye el sueldo básico, los gastos de representación, la prima de localización y vivienda, la prima de transporte, la prima de salud, la prima de navidad y toda otra asignación.
También manda el artículo 7 que las sesiones de cada legislatura se cuenten como si el congresista hubiera cobrado los doce meses del año.
Fórmula
pensión = ingreso mensual promedio del último año × 75 % pensión reajustada = pensión × (1 + aumento del salario mínimo)
- El 75 % es el mínimo (artículo 6 del Decreto 1359 y artículo 17 de la Ley 4 de 1992).
- Se usa el ingreso a la fecha en que se decreta la pensión.
- El reajuste sigue al salario mínimo, según el artículo 17 de la Ley 4.
Ejemplo
Un congresista con 56 años, 22 años de servicio y un ingreso mensual promedio de $ 40.000.000. El salario mínimo de 2026 es de $ 1.750.905 (Decreto 1469 de 2025) y subió un 23 % frente a 2025.
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Ingreso mensual promedio | $ 40.000.000 |
| Pensión mensual (75 %) | $ 30.000.000 |
| Diferencia con el ingreso | $ 10.000.000 |
| Pensión en salarios mínimos | 17,13 |
| Pensión con un aumento del 23 % | $ 36.900.000 |
De cada 100 pesos de ingreso, la pensión cubre 75. Cumple los requisitos: tiene más de 55 años y más de 20 de servicio.
Qué cambia el resultado
- El ingreso. Cada millón más de ingreso suma $ 750.000 a la pensión con el 75 %.
- Los requisitos. Si te falta edad o servicio, la calculadora te dice cuántos años faltan y da la cifra que sería al cumplirlos.
- El salario mínimo. Solo cambia cuántos salarios mínimos son y el reajuste anual.
Para otros casos mira la pensión con la Ley 33, la pensión máxima o la compatibilidad entre pensiones. Si buscas lo que gana un ministro, usa la calculadora del sueldo de un ministro.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la pensión de un congresista en Colombia?
Es como mínimo el 75 % del ingreso mensual promedio del último año de un congresista en ejercicio. Con un ingreso de $ 40.000.000 al mes, serían $ 30.000.000.
¿Qué edad y cuántos años de servicio pide?
Pide 55 años de edad y 20 años de servicio, seguidos o no. Se cumplen las dos condiciones a la vez.
¿Los años en el sector privado cuentan?
Sí, si se cotizaron al Instituto de Seguros Sociales, según el artículo 7 del Decreto 1359 de 1993. También cuentan los años en entidades públicas.
¿Cada cuánto sube la pensión de un congresista en Colombia?
Sube en el mismo porcentaje en que se reajusta el salario mínimo, según el artículo 17 de la Ley 4 de 1992. Cámbialo en las opciones avanzadas.
¿Esta cifra es la pensión que pagaría la entidad del Congreso?
No. Es una estimación con la fórmula legal. La entidad pensional revisa si el régimen te aplica, qué tiempo cuenta y con qué ingreso se calcula. Tampoco descuenta aportes de salud.
¿Sirve para pensiones fuera del Congreso colombiano?
No. Solo aplica a senadores y representantes a la Cámara de Colombia.
