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Calculadora de viuda menor de 45 años del IVSS en Venezuela

Calculadora para Venezuela de la suma que el IVSS paga a la viuda o concubina de 45 años o menos, sin hijos con derecho. Escribe cómo cotizaba el fallecido y la edad de ella. Verás la pensión que le habría correspondido, una anualidad y la suma de dos.

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Tus datos Importes en bolívares (VES)
El fallecido era

Si cobraba pensión de vejez o invalidez, escribe cuánto cobraba.

Bs.

El salario sobre el que cotizó, en promedio. Sin cestaticket ni bonos.

semanas

Las de su constancia de cotizaciones. Con 750 o más hay derecho seguro.

semanas

Solo cuenta si tenía menos de 750 semanas: con 100 o más en los 3 últimos años y 250 en total también hay derecho.

años

Años cumplidos al morir el asegurado. Con 45 o menos y sin hijos, recibe la suma.

Vivían como
hijos

Solteros menores de 14 años, de 18 si estudian, o incapacitados del todo. Con hijos, la viuda cobra pensión mensual y no esta suma.

Opciones avanzadas
%

El artículo 35 fija el 40 % para un solo beneficiario.

Bs.

Bs. 130 desde marzo de 2022. La pensión de la viuda no baja de él. Si cambia, escribe el nuevo.

salarios

El reglamento fija 5 salarios mínimos.

Suma de dos anualidades Bs. 3.120,00 una sola vez
Una anualidad Bs. 1.560,00 pensión de la viuda × 12
Pensión de la viuda al mes Bs. 130,00 la que le habría correspondido

Con 40 años y sin hijos con derecho, no hay pensión mensual: recibe una suma única de Bs. 3.120,00, igual a dos anualidades de Bs. 1.560,00 cada una.

Salario que cuenta el IVSS
Bs. 500,00
Porcentaje del salario (30 % + aumentos, mínimo 40 %)
31 %
Pensión del fallecido
Bs. 200,00
Pensión que le correspondería a la viuda
Bs. 130,00
Tope del IVSS (5 salarios mínimos al mes)
Bs. 650,00

Ver el cálculo paso a paso

Paso Resultado
Salario que cuenta el IVSS (hasta el tope) Bs. 500,00
Porcentaje: 30 % + 1 punto por cada 50 semanas sobre 750 31 %
Pensión por ese porcentaje: Bs. 500,00 × 31 % Bs. 155,00
Mínimo del 40 % del salario Bs. 200,00
Pensión del fallecido Bs. 200,00
Pensión de la viuda: 40 % (no baja del salario mínimo) Bs. 130,00
Una anualidad (12 meses) Bs. 1.560,00
Suma de dos anualidades Bs. 3.120,00

Solo para Venezuela (Ley del Seguro Social, arts. 16, 29, 32 a 35, y Reglamento, art. 98).

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Es una estimación: el IVSS usa el salario de referencia real del fallecido y comprueba el parentesco.
  • Se toma la anualidad como 12 mensualidades de la pensión que le habría correspondido. El artículo 35 fija el 40 % para un solo beneficiario; puedes cambiarlo en las opciones avanzadas.
  • Si la viuda tiene exactamente 45 años, la ley no lo aclara; se toma la opción prudente y se calcula la suma.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Cómo lo calculamos y de dónde salen los datos

Calculadora de viuda menor de 45 años del IVSS en Venezuela · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Venezuela, la viuda de 45 años o menos sin hijos con derecho no cobra pensión mensual del IVSS: recibe dos anualidades de la pensión que le correspondería (Ley del Seguro Social, art. 33 d).
  • Con Bs. 500,00 de salario y 800 semanas, la pensión base es de Bs. 200,00; a la viuda le tocan Bs. 130,00 al mes, una anualidad de Bs. 1.560,00 y una suma de Bs. 3.120,00.
  • Si tiene más de 45 años, o si hay hijos con derecho, cobra pensión mensual y no esta suma.
  • La pensión nace con 750 semanas cotizadas, o 250 en total con 100 en los 3 últimos años, o por muerte en accidente de trabajo.

¿Qué recibe la viuda menor de 45 años del IVSS?

La viuda o concubina de 45 años o menos, sin hijos con derecho, no cobra pensión mensual: recibe una sola vez una suma igual a dos anualidades de la pensión que le habría correspondido. Con el ejemplo de esta página, esa suma es de Bs. 3.120,00 (dos anualidades de Bs. 1.560,00).

Lo dice el artículo 33, letra d), de la Ley del Seguro Social. Esta calculadora es solo para Venezuela. Es una estimación: el IVSS fija el monto definitivo con los datos reales del fallecido.

Cómo usar la calculadora

  1. Cómo cotizaba el fallecido. Elige si era un asegurado que cotizaba, si murió por accidente de trabajo o enfermedad profesional, o si ya cobraba una pensión.
  2. Su salario y sus semanas. Las de su constancia de cotizaciones del IVSS. Si cobraba pensión, escribe cuánto cobraba.
  3. La viuda o concubina. Escribe su edad y si estaban casados o eran pareja sin casar.
  4. Hijos con derecho. Si hay alguno, la viuda cobra pensión mensual y no hay suma.

En Opciones avanzadas puedes cambiar el porcentaje de un solo beneficiario, el salario mínimo y el tope.

Fórmula de las dos anualidades

Salario que cuenta = salario del fallecido, hasta 5 salarios mínimos
Pensión del fallecido = Salario que cuenta × (30 % + 1 punto por cada 50 semanas sobre 750), nunca menos del 40 %
Pensión de la viuda = Pensión del fallecido × 40 % (nunca menos del salario mínimo)
Una anualidad = Pensión de la viuda × 12
Suma = 2 anualidades

El artículo 34 dice que la pensión de sobrevivientes es un porcentaje de la que le correspondía al fallecido, y el 35 fija el 40 % cuando hay un solo beneficiario.

Ejemplo: Bs. 500 de salario, 800 semanas, viuda de 40 años

PasoResultado
Salario que cuenta el IVSSBs. 500,00
Porcentaje: 30 % + 1 punto por 50 semanas sobre 75031 %
Pensión por ese porcentajeBs. 155,00
Mínimo del 40 % del salarioBs. 200,00
Pensión del fallecidoBs. 200,00
40 % para la viuda: Bs. 80,00, que sube al mínimoBs. 130,00
Una anualidad (12 meses)Bs. 1.560,00
Suma de dos anualidadesBs. 3.120,00

Si el fallecido ya cobraba una pensión de Bs. 400,00, la viuda tendría Bs. 160,00 al mes y la suma sería de Bs. 3.840,00. De cada 100 bolívares de la pensión del fallecido, la viuda cuenta con 40, siempre que eso no baje del mínimo.

Quién entra en este caso

Primero, tiene que haber pensión de sobrevivientes (artículo 32). Es decir, que el fallecido:

  • cobraba pensión de vejez o invalidez, o
  • tenía 750 cotizaciones semanales, o
  • cumplía los requisitos de invalidez: 100 semanas en los 3 últimos años y 250 en total, o
  • murió por accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Después, la viuda o concubina debe cumplir tres cosas:

  • tener 45 años o menos,
  • no tener hijos con derecho (solteros menores de 14 años, de 18 si estudian, o incapacitados del todo),
  • si no estaban casados, haber vivido juntos más de 2 años.

Lo que conviene saber

  • El 45 exacto. La ley dice «menor de 45» para la suma y «mayor de 45» para la pensión. Con 45 años justos no lo aclara; la calculadora toma la opción prudente y calcula la suma.
  • Con hijos o con más de 45 años. Entonces la pensión es mensual y vitalicia (artículo 37). Su cálculo y el reparto están en la calculadora de pensión de sobrevivientes.
  • Si la pensión no llega. Cuando el fallecido no cumple las semanas, la familia puede tener una indemnización única, que se calcula aparte.
  • Datos que puedes cambiar. El salario mínimo es de Bs. 130,00 y el tope del salario cotizable, de 5 salarios mínimos (Bs. 650,00).
  • Qué es una anualidad. Aquí se toma como 12 mensualidades de la pensión; el IVSS puede aplicar su propio criterio.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es «dos anualidades» en el IVSS?

Es el doble de lo que sumaría un año de la pensión que le habría correspondido a la viuda. Con la pensión del ejemplo, un año suma Bs. 1.560,00 y dos años, Bs. 3.120,00.

¿Se cobra todo de una vez?

Sí. Es una suma única, no una pensión que se repita cada mes. Una vez entregada, no hay pagos mensuales posteriores por este motivo.

¿Qué pasa si la viuda cumple 46 años después del fallecimiento?

Cuenta la edad que tenía a la fecha de la muerte del asegurado. Si ya cobró la suma, cumplir años después no cambia lo recibido.

¿Una concubina menor de 45 años también la recibe?

Sí, igual que la viuda, siempre que vivieran juntos más de 2 años. En la calculadora marca «Pareja sin casar» y escribe los años de vida en común.

¿Y si el fallecido tenía pocas semanas cotizadas?

Entonces puede no haber pensión de sobrevivientes y, sin ella, tampoco esta suma. Mira las semanas en la calculadora de semanas cotizadas del IVSS y comprueba el caso de la indemnización única.

¿Por qué sale el mínimo y no el 40 %?

Porque el 40 % de la pensión suele ser menor que el salario mínimo, y la pensión no baja de él. Puedes cambiar ese mínimo en las opciones avanzadas.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Cuando un dato depende de una ley o de un organismo público, se contrasta en su fuente oficial. La fórmula está en su apartado. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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