En resumen
- En Venezuela, si un accidente de trabajo viene de incumplir la seguridad laboral, el patrono paga entre 1 y 8 años de salario integral, según la lesión; por muerte, de 5 a 8 años.
- Con un salario integral de Bs. 60.000 y una discapacidad total permanente, la indemnización media es de Bs. 3.285.000, con rango de Bs. 2.190.000 a Bs. 4.380.000.
- El salario diario es el integral mensual dividido entre 30 y cada año cuenta 365 días continuos; en reposo temporal se paga el doble de los días.
- Es una estimación: el punto exacto dentro del rango depende de la gravedad de la falta y de la lesión, y es aparte de las prestaciones del seguro social.
¿Cuánto paga el patrono por un accidente laboral en Venezuela?
Paga entre 1 y 8 años de salario integral, según la gravedad de la lesión. Lo fija el artículo 130 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT). Solo se debe cuando el accidente o la enfermedad ocupacional vino de que el patrono incumplió las normas de seguridad y salud en el trabajo (artículo 129).
Esta calculadora es solo para Venezuela. Da una estimación con los datos que escribes; no sustituye el dictamen médico ni la decisión del tribunal.
El artículo 130 cuenta el salario «por días continuos» y usa el salario integral del mes de labores anterior. Los rangos son:
| Caso | Años de salario integral |
|---|---|
| Muerte del trabajador | De 5 a 8 |
| Discapacidad absoluta permanente (cualquier actividad) | De 4 a 7 |
| Discapacidad total permanente (trabajo habitual) | De 3 a 6 |
| Discapacidad parcial permanente de más del 25 % | De 2 a 5 |
| Discapacidad parcial permanente de hasta el 25 % | De 1 a 4 |
| Gran discapacidad con la absoluta permanente | Igual que la muerte (5 a 8) |
| Secuelas del artículo 71 | 5 |
| Discapacidad temporal | El doble del salario de los días de reposo |
| Gran discapacidad temporal | El triple del salario de los días de reposo |
Puedes leer el texto en la LOPCYMAT, Gaceta Oficial 38.236 de 26-7-2005, artículos 129 y 130. Es la copia del texto que pudimos abrir; conviene confirmarlo en la Gaceta oficial.
Cómo usar la calculadora
- Qué le pasó al trabajador. Elige el caso según el dictamen médico de la Seguridad Social.
- Salario integral mensual del último mes. El salario normal más las partes de utilidades y de bono vacacional. Si no sabes tu salario integral, usa la calculadora de salario integral.
- Dentro del rango de la ley. Mínimo, medio o máximo. El medio es la referencia por defecto.
- Días de reposo. Solo aparece en la discapacidad temporal.
Fórmula
Salario diario = Salario integral mensual ÷ 30 Días = Años aplicados × 365 Indemnización = Salario diario × Días En reposo = Salario diario × Días de reposo × 2 (o × 3 si hay gran discapacidad)
Los años aplicados son el mínimo, el máximo o el punto medio del rango. En la discapacidad total permanente, por ejemplo, el medio son 4,5 años.
Ejemplo: Bs. 60.000 de salario integral y discapacidad total permanente
Con los valores de ejemplo de la calculadora (rango medio):
| Paso | Resultado |
|---|---|
| Salario diario (60.000 ÷ 30) | Bs. 2.000,00 |
| Años aplicados (punto medio de 3 a 6) | 4,5 años |
| Días continuos (4,5 × 365) | 1.642,5 días |
| Indemnización (2.000 × 1.642,5) | Bs. 3.285.000,00 |
| Mínimo de la ley (3 años) | Bs. 2.190.000,00 |
| Máximo de la ley (6 años) | Bs. 4.380.000,00 |
De cada 10 bolívares del máximo, unos 7,5 son el medio. Con muerte del trabajador y el mismo salario, el medio (6,5 años) serían Bs. 4.745.000,00.
Lo que conviene saber
- Solo si hubo incumplimiento. El artículo 129 pide que el accidente venga de violar la normativa de seguridad y salud. Si no fue así, no aplica esta indemnización.
- Es aparte del seguro social. Las prestaciones de la Seguridad Social (pensión, pago único, gastos de entierro) se pagan con independencia. Mira la pensión de invalidez del IVSS, la pensión de sobreviviente y la indemnización única del IVSS.
- El daño moral no está incluido. El artículo 129 también habla de daño material y moral según el Código Civil. Esta página no los calcula.
- El reposo del trabajador. Para el pago del reposo por la Seguridad Social, mira la calculadora de reposo del IVSS.
- Si termina la relación laboral. Las prestaciones sociales y demás conceptos se calculan aparte en la calculadora de liquidación.
Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 130 de la LOPCYMAT?
Dice que, si el accidente o la enfermedad vienen de incumplir la seguridad laboral, el patrono paga entre 1 y 8 años de salario según el caso: por ejemplo, de 5 a 8 años por muerte y de 3 a 6 por discapacidad total permanente.
¿Con qué salario se calcula la indemnización?
Con el salario integral del mes de labores inmediatamente anterior al accidente. Incluye el salario normal y las partes de utilidades y de bono vacacional.
¿Cuánto es la indemnización por muerte del trabajador?
Entre 5 y 8 años de salario integral. Con Bs. 60.000 al mes, el mínimo son Bs. 3.650.000, el medio Bs. 4.745.000 y el máximo Bs. 5.840.000.
¿Quién decide si se paga el mínimo o el máximo?
La ley dice que depende de la gravedad de la falta y de la lesión. Por eso la calculadora muestra los dos extremos y un punto medio como referencia.
¿Se paga si el patrono no tuvo ninguna falta?
No. Esta indemnización exige que el accidente o la enfermedad venga de violar las normas de seguridad y salud en el trabajo. Las prestaciones del seguro social son otra cosa y se pagan igual.
¿Cuánto se paga por un reposo temporal?
El doble del salario de los días de reposo; el triple si hay gran discapacidad temporal. Con Bs. 60.000 al mes y 30 días, son Bs. 120.000.
