El haber mínimo es el monto más bajo que cobra, cada mes, una persona con una jubilación o pensión del sistema previsional de Argentina. Si lo que te correspondería por tus aportes es menos, el Estado completa hasta ese mínimo. Lo dice el artículo 125 de la Ley 24.241: el Estado nacional garantiza a los beneficiarios del régimen público el haber mínimo del artículo 17.
El artículo 17 dice que la Ley de Presupuesto determina el importe mínimo y el máximo de las prestaciones. El valor de cada mes lo publica ANSES en una resolución. Como la ley manda ajustarlo con la movilidad del artículo 32, cambia todos los meses.
El suplemento del 82 % del SMVM
El artículo 125 bis agrega una garantía para quienes acreditan 30 años o más de servicios con aportes efectivos: el Estado paga un suplemento hasta alcanzar un haber equivalente al 82 % del SMVM. No vale para quienes accedieron a la prestación por una moratoria previsional de las que enumera la ley.
Cómo se calcula el suplemento
haber garantizado = 82 % × salario mínimo, vital y móvil
Ejemplo
Con el SMVM de $ 398.800 de noviembre de 2026:
82 % × 398.800 = 327.016 pesos
Es el mínimo garantizado para quien cumple los 30 años de aportes efectivos, según ese artículo. Si tu haber, sumado el suplemento, queda por debajo de esa cifra, se completa hasta ella. Para estimar tu haber según tu historia de aportes, usa la calculadora de jubilación ANSES.
Preguntas frecuentes
¿El haber mínimo es lo mismo que la PUAM?
No. La PUAM es una pensión no contributiva para mayores de 65 años que no tienen jubilación, y paga el 80 % del haber mínimo.
¿Cada cuánto cambia el haber mínimo?
Cada mes, con la movilidad que fija el artículo 32 de la Ley 24.241, según la variación del IPC del INDEC.
¿Dónde veo el monto de este mes?
En la página de ANSES, que publica el valor de cada mes. Aquí no se muestra para no quedar desactualizado.
