En resumen
- En Ecuador no paga impuesto a la renta quien tiene una base imponible de hasta $12.208 al año; desde ahí el impuesto sube por tramos del 5 % al 37 %.
- Con un sueldo de $2.000 al mes, la base es de $21.732 tras el aporte al IESS y el impuesto, de $816,28; con $3.000 de gastos personales baja a $276,28, unos $25,12 al mes de febrero a diciembre.
- La rebaja por gastos personales es el 18 % de tus gastos, con un tope de 7 canastas básicas sin cargas: $5.752,60 de gastos y $1.035,47 de rebaja.
- Con 2 cargas familiares el tope sube a 11 canastas ($9.039,80) y la rebaja máxima, a $1.627,16.
Cómo se calcula el impuesto a la renta en Ecuador
El impuesto a la renta se calcula sobre tu base imponible: lo que ganaste en el año menos el aporte personal al IESS. A esa base se le aplica la tabla progresiva del SRI, y al resultado se le resta la rebaja por gastos personales: el 18 % de lo que gastaste en vivienda, alimentación, salud, educación, vestimenta, turismo y otros gastos personales, con un tope.
Si tu base no pasa de $12.208 al año (la fracción básica de 2026), no pagas nada. Por encima, cada tramo paga un porcentaje mayor, del 5 % al 37 %, pero solo sobre la parte de tus ingresos que cae en ese tramo.
Esta calculadora solo sirve para Ecuador. En otros países el impuesto sobre el sueldo funciona parecido: el ISR de México, la quinta categoría del sueldo neto en Perú o la retención del salario neto en Colombia.
Cómo usar la calculadora
- Qué ingresos tienes. Elige «Un sueldo» si trabajas en relación de dependencia (con rol de pagos). Elige «Otros ingresos del año» si eres profesional independiente, tienes un negocio o cobras arriendos.
- Sueldo al mes. Tu sueldo con horas extra y comisiones, antes del aporte al IESS. No pongas los décimos ni los fondos de reserva: no pagan impuesto a la renta. Si eliges otros ingresos, escribe lo que ganaste en el año ya restados los costos de tu actividad.
- Gastos personales del año. Lo que gastaste con factura en vivienda, alimentación, salud, educación, arte y cultura, vestimenta y turismo nacional (en establecimientos registrados y con licencia única anual de funcionamiento). También cuentan los intereses de préstamos quirografarios e hipotecarios del sistema financiero nacional, los sueldos de trabajadores afiliados al IESS (con sus obligaciones al día, por ejemplo una empleada del hogar) y las pensiones alimenticias. Suma las facturas sin IVA ni ICE.
- Cargas familiares. Cuantas más cargas, más alto es el tope de la rebaja.
En Opciones avanzadas puedes quitar el aporte al IESS, sumar otros ingresos (por ejemplo, tus utilidades o un bono), restar los aportes que pagas como afiliado voluntario y cambiar el valor de la canasta familiar básica. La calculadora trae la de enero de 2026, $821,80, que publica el INEC.
Fórmula del impuesto a la renta
Base imponible = ingresos del año − aporte personal al IESS (9,45 %) Impuesto causado = impuesto de la fracción básica + (base − fracción básica) × % del tramo Rebaja = 18 % × el menor entre tus gastos personales y (canastas × canasta básica) Impuesto a pagar = impuesto causado − rebaja Retención mensual = impuesto a pagar ÷ 11 (de febrero a diciembre)
La rebaja nunca puede ser mayor que el impuesto: como mucho lo deja en cero. En enero tu empleador no te retiene nada: el impuesto del año se reparte en 11 retenciones, de febrero a diciembre, como dice el artículo 104 del Reglamento de la Ley de Régimen Tributario Interno.
La tabla de 2026 la fijó el SRI en la Resolución NAC-DGERCGC25-00000043:
| Desde | Hasta | Impuesto de la fracción básica | % del excedente |
|---|---|---|---|
| $0 | $12.208 | $0 | 0 % |
| $12.208 | $15.549 | $0 | 5 % |
| $15.549 | $20.188 | $167 | 10 % |
| $20.188 | $26.700 | $631 | 12 % |
| $26.700 | $35.136 | $1.412 | 15 % |
| $35.136 | $46.575 | $2.678 | 20 % |
| $46.575 | $62.005 | $4.965 | 25 % |
| $62.005 | $82.679 | $8.823 | 30 % |
| $82.679 | $109.956 | $15.025 | 35 % |
| $109.956 | En adelante | $24.572 | 37 % |
Ejemplo: sueldo de $2.000 al mes
Con $2.000 al mes, sin cargas y $3.000 de gastos personales en el año:
| Paso | Monto |
|---|---|
| Sueldo del año ($2.000 × 12) | $24.000,00 |
| Aporte al IESS ($189 × 12) | −$2.268,00 |
| Base imponible | $21.732,00 |
| Impuesto causado: $631 + ($21.732 − $20.188) × 12 % | $816,28 |
| Rebaja: 18 % de $3.000 | −$540,00 |
| Impuesto a pagar en el año | $276,28 |
| Retención de cada mes, de febrero a diciembre ($276,28 ÷ 11) | $25,12 |
Sin facturas de gastos personales, esta persona pagaría $816,28. Con $3.000 en facturas, se ahorra $540. Si llegara a $5.752,60 de gastos, el tope sin cargas, la rebaja cubriría todo el impuesto.
Con un sueldo de $4.000 al mes la base es de $43.464, el impuesto causado de $4.343,60 y, con la rebaja máxima de $1.035,47, paga $3.308,13 al año.
La rebaja por gastos personales y las cargas familiares
Desde 2023, la rebaja es el 18 % de tus gastos personales, con un tope que depende de tus cargas familiares y se mide en canastas familiares básicas:
| Cargas familiares | Canastas | Tope de gastos | Rebaja máxima |
|---|---|---|---|
| Ninguna | 7 | $5.752,60 | $1.035,47 |
| 1 | 9 | $7.396,20 | $1.331,32 |
| 2 | 11 | $9.039,80 | $1.627,16 |
| 3 | 14 | $11.505,20 | $2.070,94 |
| 4 | 17 | $13.970,60 | $2.514,71 |
| 5 o más | 20 | $16.436,00 | $2.958,48 |
| Discapacidad o enfermedad catastrófica, rara o huérfana | 100 | $82.180,00 | $14.792,40 |
Son cargas tus padres, tu cónyuge o pareja en unión de hecho y tus hijos de hasta 21 años (o con discapacidad, de cualquier edad), si dependen de ti y no tienen ingresos que paguen impuesto. Las 100 canastas valen si tú o una de tus cargas tiene una discapacidad o una enfermedad catastrófica, rara o huérfana. Los gastos cuentan con factura a tu nombre o al de tus cargas.
Para que tu empleador te retenga menos cada mes, entrégale en febrero el formulario de proyección de gastos personales (SRI-GP) con lo que esperas gastar. Al final del año, el SRI cruza la proyección con tus facturas.
Qué ingresos no pagan impuesto a la renta
Si trabajas con rol de pagos, varias cosas que cobras no cuentan para el impuesto:
- El décimo tercero y el décimo cuarto sueldo. Puedes calcularlos con la calculadora de décimos de Ecuador.
- Los fondos de reserva, el 8,33 % de tu sueldo desde el mes 13 con el mismo empleador.
- Si tienes más de 65 años, tus ingresos quedan exentos hasta una fracción básica (12.208 dólares en 2026). Con discapacidad calificada, hasta el doble (24.416 dólares). No se pueden sumar las dos: se aplica la más favorable. Esta calculadora no las resta, así que si estás en uno de estos grupos tu impuesto real puede ser menor.
- El aporte personal al IESS, que se resta antes de calcular.
Las utilidades, en cambio, sí suman a tus ingresos del año: ponlas en «Otros ingresos del año que pagan impuesto».
Si el impuesto te sale alto, ordena tus gastos con un presupuesto mensual y guarda las facturas de todo el año: es la forma más directa de pagar menos dentro de la ley.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tengo que ganar para pagar impuesto a la renta en Ecuador?
En 2026, pagas si tu base imponible pasa de $12.208 al año. Con rol de pagos y aporte al IESS, empiezas a pagar con un sueldo de unos $1.124 al mes: al año son unos $13.488, y menos el 9,45 % del IESS quedan algo más de $12.208. Por debajo, tu empleador no te retiene nada.
¿Cómo se calcula la retención del impuesto a la renta en el rol de pagos?
Tu empleador proyecta tu sueldo del año, resta el aporte al IESS, aplica la tabla del SRI, resta la rebaja por los gastos que proyectaste y divide entre 11, porque en enero no te retiene nada. Con $2.000 al mes y $3.000 de gastos, te retiene unos $25,12 cada mes de febrero a diciembre.
¿Cuánto es la rebaja por gastos personales?
En 2026, el 18 % de tus gastos personales, con un tope de 7 canastas sin cargas ($5.752,60 de gastos). La rebaja máxima sin cargas es de $1.035,47; con 5 o más cargas, de $2.958,48.
¿Qué gastos personales acepta el SRI?
Vivienda, alimentación, salud (también los gastos médicos de tus mascotas), educación (con arte y cultura), vestimenta, turismo nacional en establecimientos registrados y con licencia única anual de funcionamiento, intereses de préstamos quirografarios e hipotecarios del sistema financiero nacional, sueldos de trabajadores afiliados al IESS (con sus obligaciones al día) y pensiones alimenticias, con factura electrónica a tu nombre o al de tus cargas familiares. Las facturas se suman sin IVA ni ICE.
¿El décimo tercero paga impuesto a la renta?
No. El décimo tercero, el décimo cuarto y los fondos de reserva no pagan impuesto a la renta ni aporte al IESS. Las utilidades sí suman a tus ingresos gravados.
¿Cuál es la tabla del impuesto a la renta?
En 2026, la de la Resolución NAC-DGERCGC25-00000043 del SRI: 0 % hasta $12.208 y luego tramos del 5 %, 10 %, 12 %, 15 %, 20 %, 25 %, 30 %, 35 % y 37 % desde $109.956. La tienes completa más arriba y en la calculadora.
